LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

29/03/2024. 11:56:35

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Rafael Catalá: “La nueva situación económica nos permite, escuchando las peticiones de la Abogacía, volver adonde estuvimos con las tasas en el 2003”

Legal Today
Rafael Catalá Polo

Frases:

"El Real Decreto-ley aprobado, tendrá eficacia inmediata sin dilatar la entrada en vigor para no generar etapas intermedias que serían difíciles de planificar"

"La mayor parte de los litigios que una empresa de pequeño tamaño pueda tener están ya exentos de las tasas"

"Vamos a desarrollar medidas para mejorar la ejecución de las sentencias"

"No es no sepamos dónde va el dinero de las tasas; va a la caja común desde la que se financian los servicios públicos"

"Fruto de los esfuerzos del conjunto de la sociedad, podemos abordar una reivindicación muy extendida"

"La nueva situación económica nos permite, escuchando las peticiones de la Abogacía, volver adonde estuvimos con las tasas en el 2003"

"Las tasas deben existir en el ámbito de la Justicia porque hay unos usuarios cualificados que usan un servicio público para resolver asuntos propios de su actividad empresarial"

"Vemos paradójicamente que algunos órdenes jurisdiccionales como es el civil o el contencioso, que están sometidos a tasas, se está incrementando la litigiosidad"

"No podríamos concluir que las tasas hayan tenido un impacto directo en la reducción de la litigiosidad"

Al término del Consejo de Ministros del pasado 27 de febrero, el Ejecutivo realizó una exposición pública de las razones que le han llevado a modificar la ley de tasas. En su comparecencia ante los medios de comunicación, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría y el ministro de Justicia, Rafael Catalá, respondieron a una amplia batería de preguntas relacionadas con esta materia formuladas por los periodistas.

Por su interés, les ofrecemos en formato de pregunta respuesta una transcripción de dicha comparecencia, que se resume en el siguiente hilo argumental: la mejora de la situación económica del país se ha traducido en un aumento de los ingresos por parte de la Administración, lo que permite redefinir la política fiscal. Ante este escenario, el Gobierno ha decidido ajustar la cuantía de las tasas judiciales y ampliar los supuestos de exención a todas las personas físicas. En consecuencia y sobre el criterio de que deben seguir siendo de aplicación para "unos usuarios cualificados que usan un servicio público para resolver asuntos propios de su actividad empresarial", en referencia a las personas jurídicas, el Gobierno del PP ha decidido volver al sistema de tasas que aprobó en 2002.

¿Cuáles son las razones que han llevado al Gobierno a modificar la ley de tasas?

Las tasas judiciales son un modelo extendido en toda Europa. Lo que hemos hecho los distintos gobiernos a lo largo de estos años ha sido ir ajustando, modificando, regulando, las tasas, ampliando el ámbito subjetivo, modificando las cuantías… En este momento consideramos que fruto de los esfuerzos del conjunto de la sociedad y de la mejora de la capacidad recaudatoria del Estado, podemos abordar una reivindicación muy extendida. El Gobierno pretende estar cercano a la sociedad y a los profesionales, por lo que hemos adoptado la decisión de suprimir las tasas para las personas físicas en todas las instancias jurisdiccionales y en todos los órdenes. El Real Decreto-ley que hoy – por el viernes- se ha aprobado, tendrá eficacia inmediata sin dilatar la entrada en vigor para no generar etapas intermedias que serían difíciles de planificar.

¿Podrían reconsiderar la decisión de no eximir a las pymes del abono de las tasas?

Hemos trabajado durante las últimas semanas con la CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) para valorar el impacto que las tasas tienen en las personas jurídicas, fundamentalmente en las empresas, y estudiar distintas alternativas. En el caso de las pymes, debemos recordar que  están exentos de tasas los procesos judiciales civiles de hasta 2.000 euros. Por lo tanto, es razonable pensar que la mayor parte de los litigios que una empresa de pequeño tamaño pueda tener están ya exentos de las tasas al ser de menor cuantía. En los litigios en los que la empresa no esté exenta de tasas, en su declaración del Impuesto sobre Sociedades se considera como un gasto y por tanto puede ser también minorado en el impuesto.

Además, hemos creado un grupo entre la CEOE y el Ministerio de Justicia para trabajar sobre la ejecución de las deudas, un asunto que le preocupa a las sociedades en general y a las pymes en particular: cuando se obtiene una sentencia favorable se hace muy difícil cobrar en determinadas circunstancias cuantías como las costas, en las que se incorporan las tasas. Por este motivo vamos a mejorar los sistemas de ejecución, colaborando con la Agencia Tributaria para tener mejor información que permita hacer efectivo lo que es tan razonable; que cuando haya una sentencia se acabe ejecutando. Por tanto, las pymes tienen ese tratamiento singular de 2.000 euros exentos, la posibilidad también de un tratamiento singular en el Impuesto sobre Sociedades y las medidas que vamos a desarrollar para mejorar la ejecución.

¿Dónde ha ido el dinero recaudado por las tasas, más de 500 millones?

En referencia a lo que he leído estos días en algún medio de comunicación sobre la respuesta parlamentaria, he de decir que no es no sepamos dónde va el dinero de las tasas. Por supuesto que lo sabemos, fundamentalmente porque lo recauda la Agencia Tributaria; va a la caja común desde la que se financian los servicios públicos. Por tanto, las tasas no están afectadas a un fin; lo que se dijo es que estarían vinculadas -a financiar la Justicia Gratuita-, para lo que el Ministerio de Hacienda ha creado este año en el presupuesto del Ministerio de Justicia una partida presupuestaria de 6 millones de euros para formalizar convenios con las CCAA para mejorar las asistencia jurídica gratuita. Pero, insisto, la tasas como cualquier ingreso público, se destina a financiar el conjunto de los servicios públicos.

¿Se puede decir que se vuelve a la situación previa del PP?

Hoy la situación económica permite redefinir la política fiscal, como hemos hecho con una serie de impuestos, y la tasa que no deja de ser un tributo. Dicha situación también nos permite en este momento, escuchando las peticiones de la Abogacía en particular y de los operadores jurídicos, en general, volver adonde estuvimos con las tasas en el 2003. Creemos que las tasas deben existir en el ámbito de la Justicia porque hay unos usuarios cualificados que usan un servicio público para resolver asuntos propios de su actividad empresarial, Por tanto, parece razonable que quien hace ese uso de la justicia también contribuya y no sean solamente los impuestos de los españoles quienes lo financien.

¿Cree que en este tiempo que ha estado en vigor se ha dificultado el acceso de los ciudadanos a la Administración de Justicia?

Durante estos meses hemos estado revisando el sistema de tasas. Como es lo lógico en cualquier política pública, que se aprueba por un gobierno, se implanta, se evalúa el impacto y, o bien se continúa en su aplicación, o se modifica. Hemos evaluado el impacto de las tasas y con la información que nos facilita el CGPJ y el CGAE, no podríamos concluir que las tasas hayan tenido un impacto directo en la reducción de la litigiosidad. Estamos analizando años de crisis económica y por tanto de conflictividad en algunos temas. Vemos paradójicamente que algunos órdenes jurisdiccionales como es el civil o el contencioso, que están sometidos a tasas, se está incrementando la litigiosidad pese a la tasa y en otros como el orden penal, que no tienen tasa, ha bajado, Por lo tanto, el impacto directo de la tasa sobre la litigiosidad no está acreditado. Lo que sí hemos hecho es una política de consolidación de las cuentas públicas y de búsqueda de mejora de los ingresos.

¿Cuándo afirman que la actual situación económica permite adoptar esta exención a las personas físicas, quiere decir que las tasas que se impusieron tenían un mero carácter recaudatorio?

El fin último de las tasas es diverso. Desde el inicio el orden penal y el orden social han estado siempre excluidos de tasas, al entender que la defensa de derechos fundamentales y de derechos del ámbito laboral no debería estar sometido a una tasa. Por lo tanto, no tiene un objetivo recaudatorio. Ni la cuantía de las tasas, en torno a 300 millones de euros anuales recaudados, ni el número de declaraciones que se producen al año -unas 650.000-, acreditarían una política tributaria en ese sentido. Es verdad que el volumen más importante de las tasas, tanto en cuantía como en número de declaraciones, corresponde a las personas jurídicas y por lo tanto, en una visión global, entendemos que debe haber una contribución de esos usuarios cualificados, que hacen un uso singular de la justicia. Ese es el enfoque en el que ahora hemos valorado la conveniencia y la oportunidad de suprimir las tasas a las persona físicas.

Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social

 

Este jueves 5 de marzo Rafael Catalá responde a tus preguntas en Legaltoday

 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.