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29/03/2024. 00:10:31

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Reconocen la pensión de orfandad a los hijos de una víctima de violencia de género recurrida por el INSS en Andalucía

EP

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido el derecho a los dos hijos de una mujer que fue asesinada por su expareja sentimental a recibir una pensión de orfandad después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) recurriera el fallo original al entender que la víctima no estaba en situación alta o asimilada de alta así como tampoco acreditados 500 días cotizados en los cinco años anteriores o 15 años de cotización de vida laboral.

Un montaje con un dibujo de una familia y otro de un símbolo de euro sobre una mano

El fallo, consultado por Europa Press, estima parcialmente el recurso de la Seguridad Social a la hora de establecer el momento en el que debe reconocerse la prestación, que fue solicitada en octubre de 2012. En este sentido, revoca esta parte de la sentencia original dictada en noviembre de 2015, que fijaba la prestación desde el momento en el que la mujer fue asesinada, en mayo de 2011, y la sitúa tres meses atrás desde el momento de su petición, en julio de 2012.

Cabe recordar que la Audiencia Provincial de Almería condenó a 21 años de prisión a V.F.C. por el asesinato de su excompañera sentimental y madre de sus dos hijos –cuya tutela han asumido los abuelos paternos– tras abordarla en la calle Vinaroz, en Almería, y propinarle 21 cuchilladas después de esperar durante horas a que saliera de casa para pasear al perro.

Ahora el Alto Tribunal andaluz señala en su sentencia, sobre la que cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que la víctima estaba considerada en situación asimilada al alta en la Seguridad Social por su situación personal, como víctima de violencia de género, de cara al acceso a determinadas prestaciones en virtud de una disposición adicional única incluida en el Real Decreto 1335/05 por el que se regulan las prestaciones familiares de la Seguridad Social.

"En el caso de la demandante, la misma estaba inscrita sin interrupción, salvo apenas una quincena, como demandante de empleo (…) lo que evidenciaba una evidente intención de reintegrarse en el mundo laboral como trabajadora por cuenta ajena, extremo que también nos permite considerarla en situación de asimilada al alta al objeto de obtención de la prestación postulada por sus hijos", indica el TSJA.

Con esto, la Sala valida el fallo de origen y reconoce la prestación de 166,86 euros contemplada para cada uno de los hijos de la mujer que había sido negada por la Seguridad Social, si bien fija el momento de su prestación en tres meses antes de la solicitud administrativa y no desde el momento de la muerte de la víctima.

"Muerte natural"

El tribunal también reprocha al INSS que trate de ubicar "absurdamente" el fallecimiento de la víctima como "muerte natural" para justificar su decisión, y se muestra conforme al planteamiento del juez del Juzgado de lo Social número 2 de Almería que encuadra la muerte en un "accidente no laboral" a efectos económicos para fijar la fecha del inicio de la prestación.

El sindicato UGT ha tachado de "incomprensible" que el INSS denegara la pensión de orfandad, "llegando incluso a argumentar que se trataba de muerte natural, cuando la víctima había sido asesinada por su cónyuge, delito por el que ya había una sentencia en la que se reconocía al padre de los menores como autor del mismo".

UGT ha celebrado el fallo en una nota al tiempo que ha censurado que el Instituto Nacional de la Seguridad Social "haya requerido que la madre de los niños estuviera en alta o situación asimilada al alta y carencia suficiente en la fecha de su muerte, obviando las circunstancias personales de la víctima".

UGT ha valorado esta sentencia con la que "se echan abajo definitivamente los argumentos esgrimidos por el INSS y se protegen los intereses de estos dos menores" puesto que cree que "no se pueden obviar, tal y como recoge la sentencia, las especiales dificultades de empleabilidad de las víctimas de violencia de género".

"Si el acceso al mercado de trabajo está complicado para las mujeres en general, y más aún para aquellas que están en dificultad social, esta situación se agrava aún más cuando las mujeres son víctimas de la violencia de género", han indicado desde el sindicato, cuya asesoría jurídica ha sido la encargada de llevar todo este proceso legal iniciado por los abuelos paternos de los dos menores.

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