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28/03/2024. 19:04:43

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Se prorroga la vigencia de la tarifa plana de 100 euros a la contratación indefinida hasta el 31 de marzo de 2015

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La Mesa Interministerial, a propuesta del titular de Hacienda y Administraciones Públicas, aprobó el pasado viernes el Real Decreto-ley de medidas de sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, y otras de carácter económico. La norma prevé la prórroga de la vigencia de la tarifa plana de cien euros para la contratación indefinida de nuevos trabajadores hasta el 31 de marzo de 2015, además de una cobertura económica más amplia y nuevos conceptos de financiación para las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

Soraya Sáenz de Santamaría

La llamada tarifa plana de cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social  para incentivar la contratación estable, establecida en 100 euros a través del Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, empezó a aplicarse el 25 de febrero con previsiones de ceñirla al año 2014. Sin embargo, en el Consejo de Ministros del viernes se aprobó la prórroga hasta el 31 de marzo de 2015. Según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la medida ha incentivado la contratación de 177.731 trabajadores, lo que supone que uno de cada cuatro contratos indefinidos suscritos en este periodo cotiza por este sistema.

Se pueden acoger a esta medida todas las empresas, con independencia de su tamaño, tanto si la contratación es a tiempo completo como si es a tiempo parcial, siempre que suponga creación de empleo neto.

Con carácter general, estas reducciones se aplican durante un período de 24 meses, si bien, y durante los 12 meses siguientes, las empresas con menos de 10 trabajadores tienen derecho a obtener una reducción del 50% de la cotización por contingencias comunes correspondientes al trabajador contratado de manera indefinida.

Para beneficiarse de estas reducciones, el empresario debe cumplir con una serie de requisitos que, con carácter general, se exigen para el acceso a este tipo de incentivos en normas de similar naturaleza, como son: hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, no haber sido excluido del acceso a los beneficios de programas de empleo por la comisión de determinadas infracciones graves o muy graves y mantener el nivel de empleo total e indefinido alcanzado con dicha contratación.

También se exige como requisito que la empresa no haya extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despido disciplinario que hubiesen sido declarados judicialmente improcedentes, o por despidos colectivos. La reducción de cotizaciones por contingencias comunes que supone la tarifa plana de cien euros no es compatible con otras bonificaciones a la Seguridad Social.

La reducción supone un ahorro medio para el empleador de alrededor del 75% de la cotización por contingencias comunes, que se reducirá a cien euros al mes (1.200 euros anuales). Esta medida, aplicada a un sueldo bruto anual de veinte euros, implica que el empleador se ahorrará 3.520 euros anuales de cotización a la Seguridad Social por cada empleo nuevo creado.

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