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19/03/2024. 04:00:55

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Segundo intento en medio año para adjudicar el servicio integral de seguimiento por medios telemáticos

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El pasado 8 de septiembre el Consejo de Ministros otorgó la autorización para contratar el servicio integral de prestación del Servicio integral del sistema de seguimiento por medios telemáticos (pulseras) del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación en materia de violencia de género. El valor estimado del contrato es de 27,45 millones de euros en 6 años. El concurso quedó sin embargo desierto, ya que no recibió ninguna oferta, lo que ha obligado a revisar al alza el importe y a sacar de nuevo la licitación a un concurso.

El ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, y el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Así, el pasado viernes el Consejo de Ministros dio luz verde al nuevo contrato del servicio integral del sistema de seguimiento por medio de pulseras destinado a maltratadores tiene un valor estimado de 28,36 millones de euros, lo que supone un incremento en algo más de 900.000 euros con respecto al contrato que se publicó en septiembre. La duración del contrato será de dos años y seis meses prorrogables hasta un máximo de cinco.

Según informó el Gobierno el nuevo procedimiento de licitación para este contrato se publicará en los próximos días. El portavoz del Ejecutivo, Íñigo Méndez de Vigo, señaló que el objetivo de este contrato, es mejorar y dar continuidad a este servicio, que está contemplado en la Ley Integral de Violencia de Género.

Además recordó que el centro de control que vigila las tareas relacionadas con la monitorización, operación e instalación de los dispositivos está operativo "las 24 horas al día, los 365 días del año". Las pulseras están dotadas con un mecanismo de detección por sistema GPS

El servicio está contemplado en la Ley Integral de Violencia de Género. Esta norma establece en su art. 64.3 que el juez "podrá prohibir al inculpado que se aproxime a la persona protegida, lo que le impide acercarse a la misma en cualquier lugar donde se encuentre, así como acercarse a su domicilio, a su lugar de trabajo o a cualquier otro que sea frecuentado por ella. Podrá acordarse la utilización de instrumentos con la tecnología adecuada para verificar de inmediato su incumplimiento. El Juez fijará una distancia mínima entre el inculpado y la persona protegida que no se podrá rebasar, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad penal".

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