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19/04/2024. 05:53:22

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Un juez califica de “compleja, insuficiente y equívoca” la información de un swap del Banesto

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"La entidad se aprovecha para colarles un producto que sabían que les perjudicaba", señala la sentencia. Declara nulo el contrato, obliga a Banesto (hoy Santander) a devolver las cantidades cobradas y condena a la entidad a costas Recuerda que la CNMV declaró el 17 de septiembre de 2012 que los swaps eran productos"inadecuados" para los clientes minoristas

El juzgado nº 1 de Vila-Real (Castellón) declara la nulidad de unos swaps del Banesto colocados a una pequeña empresa industrial local. Obliga a Banesto (hoy Santander) a devolver las cantidades cobradas y condena a la entidad a las costas.

Juez utilizando el mazo

El magistrado deja claro que el cliente es minorista aunque se trate de una compañía. Recuerda que la CNMV resolvió el 17 de septiembre de 2012 que los swaps eran productos "inadecuados" para los clientes minoristas. En esta caso concreto queda acreditado los "nulos conocimientos financieros" de su representante legal, asesor contable, no experto financiero, aclara la sentencia.

Además, el fallo también censura que Banesto no practicara el test de idoneidad al que obliga la directiva MiFID para los clientes minoritarios a los que se presta un servicio de asesoramiento. Sin dicho test, la entidad no pudo valorar la idoneidad del producto para su cliente. "No ha quedado acreditado que Banesto dispusiera de información suficiente de la sociedad para concluir que fuera adecuado", concluye el juez.

"El producto se contrató por la confianza que unía al asesor contable de la empresa con el apoderado del banco; en el juicio el apoderado lo negó, pero se trata una vez más de un caso de libro de abuso de confianza", lamenta Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho que ha dirigido la defensa.

El juez también afea el déficit de información recibida por la pyme. No se informó de los riesgos en que incurría ni se explicaron los diferentes escenarios. "La información facilitada se encuentra en el polo opuesto a lo que debería haberse explicado a la hora de vender un producto financiero complejo", señala la sentencia. "La información fue insuficiente y equivoca", concluye el fallo.

Pero donde el fallo hace mayor hincapié es en la cláusula de rescisión que califica de "complicada, amén de vaga e imprecisa". Añade que su referencia a los precios de mercado "resulta a todas luces indeterminada y confusa". Con todo ello concluye que hubo un error esencial, sustancial y excusable que generó vicio en el consentimiento y nulidad en el contrato. Banesto (hoy Santander) deberá devolver las cantidades irregularmente cobradas y abonar las costas.

"La entidad se aprovecha para colarles un producto que sabían que les perjudicaría generándose ellos mayores ganancias", concluye la sentencia. "Lamentablemente muchas empresas se encuentran al borde de la quiebra debido a malas praxis bancarias como estas; y no es tolerable que destruyamos tejido empresarial y empleo porque las entidades financieras no cumplen con su importante función social: canalizar el ahorro en inversión mediante un cuidadoso análisis de riesgo", concluye Navas.

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