LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

28/03/2024. 17:02:38

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Un juez pondrá a prueba a toda la banca por las polémicas ‘cláusulas suelo’ de las hipotecas

Un tablero de damas que en vez de fichas tiene monedas y encima de ellas las figuras de unas casas

El sector financiero prácticamente al completo tendrá que dar la cara ante el juez a cuenta de las polémicas 'cláusulas suelo', que impidieron a numerosos hipotecados españoles beneficiarse de la fuerte bajada de los tipos de interés experimentada desde finales de 2008.

Ayer se conoció que el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha admitido a trámite la mayor demanda colectiva presentada en España contra 45 bancos y cajas de ahorros españoles.

Interpuesta por la asociación de consumidores Adicae, ha sido presentada en nombre de unos 400 clientes, aunque la cifra podría aumentar en los próximos días ya que al tratarse de una acción colectiva, el Tribunal ha acordado la suspensión del proceso durante dos meses para que puedan sumarse nuevos afectados. El plazo para incorporarse a esta primera demanda se ha ampliado al menos hasta final de marzo.

En un un informe del Banco de España elaborado a petición del Senado en mayo de 2010, se estimaba que en España existen 3,8 millones de personas con este tipo de cláusulas en sus contratos hipotecarios.

Son cláusulas legales

Los famosos suelos son cláusulas incluidas por las entidades en muchos contratos de préstamos hipotecarios que establecen un determinado nivel a partir del cual el tipo de interés no se revisa a la baja aunque el euríbor -principal referencia de las hipotecas en España- continúe su descenso. Dicho nivel suele situarse por encima del 3%, aunque varía mucho de una entidad a otra. Puede llegar incluso al 5%.

Estas cláusulas, legales y negociables, pero cuya existencia desconocía o decía desconocer una gran parte de hipotecados, provocó y sigue provocando la indignación popular, ya que muchos de ellos han asistido en los dos últimos años a una caída constante de los tipos de interés -desde el 4,25% en octubre de 2008 hasta el 1% en mayo de 2009- sin que ello se haya traducido en una rebaja de sus cuotas mensuales.

Entre las entidades demandadas se encuentran la mayor parte de bancos y cajas españolas. BBVA, Banco Popular, Banco de Galicia, Banco Guipuzcoano, Banco Pastor, Banco Vasconia, y Banco Gallego, además de CAI, Caixa Galicia, Caja Castilla La Mancha, Caixa Girona, Caixa Nova, Caixa Manresa, Caixa Ontinyent, Caixa Penedes, Caixa Sabadell, Caixa Rural de Balears, Caixa Tarragona, Caja Círculo, Caja de Ahorros de Cataluña, Caja Extremadura, Caja Badajoz, Caja Duero, Caja España, Caja Canarias, Caja Granada, Caja Insular de Ahorros de Canarias, Multicaja, Caja Rural de Asturias, Caja Rural de Cuenca, Caja Rural de Navarra, Caja Rural de Granada, Caja Rural del Sur, Caja Segovia, Caja Sol, Caja Sur, Cajalon, Cajamar, Ipar Kutxa, Unicaja, Caixa destalvis Unio de Caixes de Manlleu, Sabadell i Terrassa, Caixa destalvis de Catalunya, Tarragona i Manresa o Caja de Arquitectos. La asociación ha anunciado que ampliará su demanda hacia otras entidades como Santander o La Caixa.

Piden la nulidad de las cláusulas

En la demanda, Adicae pide la nulidad de estas cláusulas por desproporción manifiesta entre los suelos y los techos de tipos de interés fijados en los contratos hipotecarios.

La eliminación de estos suelos tendría un impacto tremendo en el sector, ya que, tal y como ya adelantó Cotizalia, contraería de forma radical los márgenes de los bancos y cajas hasta tal punto que no podrían generar el suficiente beneficio para cubrir las fuertes provisiones derivadas de la morosidad, traduciéndose, a su vez en pérdidas para numerosas entidades.

Por lo pronto, existe un antecedente bastante reciente al respecto. En octubre de 2010, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla dictó la primera sentencia en España que declaró abusivas las cláusulas de suelo de las hipotecas de BBVA, Caja de Ahorros de Galicia, Cajamar y Cajamar Caja Rural, a quienes obligó a eliminarlas y a abstenerse de utilizarlas en los sucesivos contratos. La entidad que preside Francisco González recurrió la resolución judicial, que calificó de "aislada".

El Banco de España, por su parte, se puso del lado de las entidades financieras en mayo de 2010 tras publicar un informe sobre los suelos solicitado por el Senado. El citado informe cifraba en el 29% las hipotecas concedidas a las familias españolas sometidas a estos suelos. En él se afirmaba los topes que limitan el impacto de los tipos de interés en las hipotecas "constituyen, desde el punto de vista jurídico, una parte más del precio del préstamo", por lo que "siempre que se incluyan en cláusulas redactadas de manera clara y comprensible, deben considerarse libremente pactadas", y "no cabrá catalogarlas como abusivas".

No obstante, el supervisor sí admitía la inexistencia de una simetría entre lus suelos y los techos (cláusulas que frenan la subida de los intereses a partir de otro nivel): "En la mayoría de los casos, los techos no ofrecen una protección efectiva para los clientes particulares del riesgo de subida de los tipos, debido a los altos niveles que alcanzan". De hecho, las familias no estarán protegidas mientras el interés de las hipotecas no supere de media el 13,56%.

Otra polémica: la entrega del piso ¿salda o no salda la deuda?

La polémica de estas cláusulas resurge apenas una semana después de que se pusiera sobre la mesa un viejo debate sobre el mercado hipotecario: la dación en pago o lo que es lo mismo, la posibilidad de saldar la deuda hipotecaria con la entrega de la vivienda.

Otra batalla que también se está librando en los juzgados. Hace dos semanas, un fallo judicial de la Audiencia Provincial de Navarra ponía en cuestión la Ley Hipotecaria española al considerar que la devolución de la vivienda es suficiente para saldar la deuda con el banco y apenas una semana después, otro magistrado de de la Audiencia de Navarra sentenciaba justamente lo contrario.

La primera sentencia puso, sin embargo, en cuestión la Ley Hipotecaria española. De hecho, se ha abierto el debate sobre las ventajas e inconvenientes de su modificación. Desde las asociaciones de consumidores son favorables al cambio. "Con la fórmula actual, la banca siempre gana al tasar a un precio, en muchas ocasiones hinchado a sabiendas, y posteriormente diciéndole al consumidor que con entregar la vivienda no es suficiente", aseguraba recientemente Rubén Sánchez, portavoz de Facua.

Desde el Gobierno, por su parte, se ha descartado acometer cambios "bruscos" en las condiciones de las hipotecas porque ello perjudicaría el sector financiero. "Nuestras hipotecas están fundadas en unas condiciones. Los cambios bruscos de un día para otro serían perjudiciales para nuestro sector financiero y para futuras hipotecas y eso es algo que debemos tener en cuenta", dijo la semana pasada la vicepresidenta económica, Elena Salgado.

En cualquier caso, el debate y la polémica está servida.

¿Le ha interesado este artículo? También puede leerlo en su portal económico.   

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.