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Una mirada atrás a tres años de tramitación, polémica y reformas de la Ley de tasas

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A punto de cumplirse tres años desde que el Gobierno iniciara la tramitación de la Ley de tasas, la polémica norma acaba de ser objeto de modificación, que ha adoptado carta de naturaleza a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2015.

Un mazo sobre billetes de euro

Hacemos un repaso de cuáles han sido los aspectos clave en la evolución de la norma.

2012

  • En marzo el Gobierno aprueba un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley por el que se revisan las tasas judiciales vigentes desde 2002 y reguladas por Ley de Medidas Fiscales, administrativas y del Orden Social (Ley 53/2012).
  • El 31 de mayo,  el Pleno del CGPJ aprueba un informe contrario a las nuevas tasas judiciales: aunque reconoce la legitimidad del Ejecutivo para llevar a cabo la reforma de las tasas, sugiere algunas dudas sobre su constitucionalidad, como la vulneración de la tutela judicial efectiva
  • Un mes después, el 27 de julio, el Consejo de Ministros aprueba la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley por el que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de  Justicia y del Instituto Nacional Toxicológico y Ciencias Forenses.
  • Tras una breve tramitación parlamentaria, la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprueba el 31 de octubre el Proyecto de Ley de Tasas Judiciales. Tras el rechazo de enmiendas parciales, los grupos de la oposición abandonan la sesión en protesta por la celeridad en la tramitación de la norma.
  • El 14 de noviembre  la Ley queda aprobada definitivamente: El Senado rechaza las enmiendas de la oposición, que se concretaban en: la supresión de la tasa en el orden Social;  la exención del pago para las personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro y  una rebaja generalizada de las tasas propuestas.
  • El 22 de noviembre de 2.012 entra en vigor  la Ley 10/ 2012. La de día siguiente, fue una jornada sin precedentes: cientos de jueces y fiscales se concentran en toda España contra la reforma que, con el respaldo de abogados y procuradores, piden el cambio de la Ley. El Ejecutivo  afirma que no dará marcha atrás.
  • 27 de noviembre, la Agencia Tributaria publica el proyecto de Orden que contiene el Modelo 696 de Autoliquidación y el Modelo 695 de solicitud de devolución de las tasas.
  • El 4 de diciembre, el CGAE, las Asociaciones de consumidores y los sindicatos CSI-F, CCOO, UGTE, STAJ, inician una campaña de recogida de firmas contra la Ley.
  • El BOE publica el 15 de diciembre la Orden Ministerial HAP/2662/2012 de 13 de diciembre, que aprueba los modelos de autoliquidación de solicitud de devolución de la tasas. Dos días después, dicha orden entra en vigor y por tanto se hace efectiva la obligación de abonar  las tasas judiciales.

2013 

  • En febrero, tan solo tres meses después de la entrada en vigor de la Ley, el Gobierno modula las tasas judiciales para adelantar los efectos de la Ley de Justicia Gratuita. Principales  cambios:
  • Rebaja la cuota variable que debe pagar una persona física del 0,5% del total de la cuantía de la pretensión al 0,010%.
  • Reconoce la exención a todos los supuestos de ampliación de los beneficiarios de la futura Ley de Justicia Gratuita.
  • Respecto a los recursos contencioso-administrativos, contra resoluciones sancionadoras, no podrá exceder de la mitad de su importe.
  • Quedan  fuera de la condena en costas las tasas en los procedimientos de ejecución hipotecaria de vivienda habitual.
  • Exoneración del pago en determinados trámites (separaciones y divorcios de mutuo acuerdo).
  • El Tribunal Constitucional admite a trámite el 12 de marzo los recursos de Inconstitucionalidad presentados por el Grupo Parlamentario Socialista,  por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña y por  la Junta de Andalucía.
  • La Audiencia Nacional dicta un auto, de fecha 30 de julio, en el que  advierte  de la posible inconstitucionalidad del art. 8.2 de la Ley 10/2012.
  • En septiembre la Audiencia Nacional dicta un auto planteando cuestión de inconstitucionalidad ante el TC.

2014

  • En marzo el Tribunal Supremo dicta un auto en el que se establece la improcedencia de las tasas judiciales en la revisión de sentencias firmes. Ese mismo mes,  el TJUE dicta sentencia  declarando su incompetencia sobre la petición de decisión prejudicial del Juzgado de lo Social 2 de Terrassa sobre la legalidad en el ámbito del derecho comunitario de la Ley.
  • En mayo el TC dicta sentencia  declarando  inconstitucional la imposición de tasas judiciales por la Generalitat de Cataluña.
  • El 18 de septiembre la Audiencia de Pontevedra notifica sentencia que exime a un recurrente del pago de tasas por considerarla excesivas. Cuatro días después dimite Alberto Ruiz Gallardón, impulsor de la ley.
  • El 2  de octubre, Rafael Catalá anuncia, durante el acto de posesión de  su cargo como nuevo ministro Justicia, la reforma de la Ley de tasas sin especificar detalles de la misma.

2015

  • Rajoy anuncia el 24 de febrero en el Debate sobre el Estado de la Nación que la reforma de la Ley de tasas es inminente.
  • El 26 de febrero el Consejo de Ministros da luz verde al Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
  • El 28 de febrero de BOE publica el Real Decreto-ley 1/2015.
  • El 1 de marzo entra en vigor la reforma de la Ley de tasas, que incluye a las personas físicas entre las exenciones subjetivas de las tasas. A tal efecto, modifica el artículo 4 de la Ley 10/2012.

Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social

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