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29/03/2024. 16:12:57

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Una nueva norma derogará la Ley de Firma Electrónica de 2003

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Íñigo Méndez de Vigo

Ley de Firma Electrónica del 2003 requería de una revisión a fondo tras la aprobación del Reglamento (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior. Para adaptar dicho Reglamento al ordenamiento jurídico español, el Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó el Anteproyecto de Ley de Servicios Electrónicos de Confianza.

Según informó el Gobierno en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, este Anteproyecto de Ley "afecta a los prestadores de servicios electrónicos de confianza, en especial, la firma y sello de tiempo electrónicos, la autentificación de sitios web seguros o la entrega electrónica certificada". Añadió además que esta nueva Ley, al dotar de mayor seguridad jurídica a la prestación de estos servicios, "contribuirá a crear un clima de confianza en las relaciones telemáticas de ciudadanos, empresas y Administraciones Públicas". El ministro portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, señaló además que la futura ley "complementa las obligaciones a las que están sometidos según el Reglamento comunitario".

Prestadores cualificados y no cualificados

La página web del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, detalla la relación de prestadores de servicios cualificados y no cualificados. Según se informa en la citada web, el Reglamento (UE) Nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE (eIDAS), es de aplicación desde el 1 de julio de 2016.

Por su parte, la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica establece en su artículo 30 que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital publicará en su dirección de Internet la información remitida por los prestadores de servicios de confianza con la finalidad de otorgarle la máxima difusión y conocimiento. En consecuencia, la información mostrada en la página web del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital en relación con los prestadores cualificados de servicios de confianza se estructura en las siguientes categorías de servicios cualificados, previstas en el citado Reglamento eIDAS (más información sobre las categorías). 

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