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29/03/2024. 13:11:40

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APROBADOS DOS REGLAMENTOS FUNDAMENTALES DE LA LEY DEL JUEGO ON LINE

Ya se pueden pedir las licencias para el juego on line a nivel estatal

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Nueva oportunidad de abrir línea de negocio en los despachos de abogados.

Según datos del iGamming Summit ’11, celebrado a finales de octubre, los beneficios netos para los sitios web que ha explotado sin autorización el juego online en España supera los 500 millones de euros, según los estudios sectoriales más solventes, lo que daría un volumen de más de 10.000 euros jugados en 2010: dos reglamentos recién aprobados meten en vereda la alegalidad -y “afiscalidad”- del juego on line a nivel estatal.

Una mesa de juego con un portatil

Tal y como se dijo en el iGamming Summit '11, los sitios en Internet de juegos y las apuestas online cuentan con centenares de miles de usuarios registrados, una actividad que con su legalización ofrecerá a partir de 2012 grandes expectativas económicas para los operadores de juego remoto, los proveedores tecnológicos, las empresas de seguridad y pagos en la red, bufetes de abogados, firmas de marketing y publicidad en Internet, operadoras y medios de comunicación. Pero sobre todo también para el Estado, que recibirá sus ingresos vía tributaria: hasta un 25% del beneficio neto de esta actividad, según la fiscalidad aplicada a estos juegos remotos en la Ley de Regulación del Juego, cuyo desarrollo reglamentario ya está en la calle.

Reglamentos

Por una parte se regula, como preveía la Ley, todo lo relativo a la obtención de licencias, el régimen de autorizaciones para operar en las diferentes actividades de juego y las relaciones entre operadores y jugadores; por otra, lo referente a los requisitos técnicos que deben cumplir los operadores y a los mecanismos de control y supervisión sobre las diferentes actividades de juego recogidas en la Ley.

El primero de estos Reales Decretos viene a dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 9, 10, 11, 12 y 14 de la Ley de Regulación del Juego y desarrolla todo lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego, con el fin de facilitar a los distintos operadores el acceso al ejercicio de las actividades que son objeto de dicha Ley.

Solicitud de licencias

El texto regula el régimen de solicitud de los distintos tipos de licencias (generales y singulares), los requisitos exigibles, los plazos de vigencia, así como las condiciones de extinción y transmisión. Asimismo, determina el procedimiento de autorización para las actividades de juego sujetas a autorización específica y la documentación necesaria para su obtención.

Finalmente, establece una serie de garantías para el desarrollo de las actividades reguladas en la Ley. En este sentido, el Real Decreto determina el contenido del "contrato de juego" y las obligaciones que se derivan del mismo tanto para el operador, como para el participante, y regula lo relativo a la participación en los juegos, el pago por participar en las distintas actividades o el abono de los premios.

Controles y supervisión sobre el juego on line

El segundo Real Decreto establece los requisitos técnicos y de seguridad que han de ser cumplidos por los operadores en el desarrollo y explotación de las actividades de juego objeto de la Ley, a excepción de los relacionados con la comercialización de Loterías, que serán regulados en una norma específica. No obstante, en tanto no se apruebe la citada normativa especifica, este Real Decreto será de aplicación supletoria para las entidades autorizadas para la comercialización de las loterías incluidas en el ámbito de la Ley de regulación del juego, sin perjuicio de las especialidades que pueda establecer la Comisión Nacional del Juego derivadas de la naturaleza del juego de las loterías.

El texto presta particular atención a exigir aquellos requisitos necesarios para permitir la función de monitorización y supervisión que la ley reserva a la Comisión Nacional del Juego. De este modo, se establece la obligación para los operadores de implantar un sistema de control interno que capture y registre la totalidad de las operaciones de juego y las transacciones económicas que se realicen con los participantes.

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