LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/03/2024. 08:53:11

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Los principios esenciales del arte y técnica del interrogatorio

Abogado. Experto en habilidades profesionales
@oscarleon_abog
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla

Todo interrogatorio requiere de fluidez y espontaneidad en su desarrollo Estos principios nos ayudarán a ser más conscientes de la trascendencia del interrogatorio

El interrogatorio de testigos constituye un proceso estratégico, en el que arte y técnica influyen de igual forma en su preparación, planificación y ejecución. Partiendo de esta idea, la presente colaboración pretende destacar aquellos principios que informan la práctica del abogado cuando aborda una de las fases procesales vitales de todo procedimiento judicial.

Arte y técnica del interrogatorio

1º.- Asimetría en los interrogatorios: el interrogatorio directo y el contrainterrogatorio

En el ordenamiento jurídico español, si bien no se destaca de forma expresa, la práctica del interrogatorio se divide en dos modalidades de interrogatorios: el directo y el contrainterrogatorio. Interrogatorio directo, es el interrogatorio que realiza una parte procesal a un interrogado que sostiene una versión propicia de los hechos y contrainterrogatorio es aquél al que somete una parte procesal al interrogado ,que mantiene una versión de la historia contraria a los intereses de quien interroga.

Por ello, a la hora de interrogar al testigo, las partes tienen un verdadero papel asimétrico, en el que los roles de cada interrogador que variarán en función del tipo de interrogatorio que vayan a efectuar. La asimetría se extiende a numerosos aspectos que configuran la preparación y ejecución de los interrogatorios, de tal forma y manera, que el tipo de interrogatorio va a condicionar ampliamente los roles del interrogador y la configuración de los propios interrogatorios.

2º.- Versiones parciales de los testigos

Los testigos que aporta cada parte a juicio son generalmente testigos que tienen una predisposición favorable respecto a la defensa que esa parte sostiene, en cuanto a que la versión de ese testigo es consistente con la del abogado que lo propone como prueba.

Esto no significa que ese testigo de parte esté dispuesto a mentir, sino precisamente, porque la  versión del testigo es consistente con la defensa del abogado, es por lo que éste decide proponerlo como prueba testifical. El testigo va a contar su verdad, su versión de los hechos, lo que él cree que ocurrió, pero que de alguna forma (total o parcial), respalda la tesis del abogado que lo propone.

3º.- Existen preguntas de distinta naturaleza y su empleo durante el interrogatorio variará en función del tipo de interrogatorio (directo o contrainterrogatorio) que estemos realizando

Para la práctica del interrogatorio, el abogado dispone de diversas modalidades de preguntas que se emplearán en función del tipo de interrogatorio a desarrollar (directo o contrainterrogatorio) o del tipo de testigo. De forma general, podíamos distinguir entre preguntas en función del grado de información que suministran al testigo al realizarse la pregunta (abiertas y cerradas) y preguntas impugnables, o lo que es lo mismo, preguntas que de acuerdo con el ordenamiento español, estarían prohibidas y pueden ser objeto de impugnación de contrario (sugestivas, capciosas, coactivas, poco claras, inútiles, impertinentes, por opiniones o conclusiones, repetitivas, tergiversadoras y compuestas).

4º.- El abogado tiene la obligación de conocer profundamente al testigo que va a declarar y el contenido de las declaraciones ya realizadas en la causa. En el interrogatorio directo, la preparación del testigo es esencial

Para adoptar la decisión de realizar el interrogatorio, lo primero que hemos de hacer es decidir si vamos a proceder a interrogar. Para ello es fundamental que conozcamos al testigo, su testimonio y la coherencia de éste con el resto de la información fáctica y probatoria del caso.

El conocimiento del testigo abarcaría la información sobre aquellos elementos que pueden guardar relación directa o indirecta con el caso. Sus antecedentes, relación o vínculos de filiación o amistad con la otra parte, intereses de todo tipo, capacidades físicas, psíquicas, de percepción, participación en los hechos, etc. En definitiva, todo aquello que nos permita situarlo adecuadamente en el marco del procedimiento. Con dicha información, a continuación hay que analizar el testimonio ya prestado en las actuaciones, con especial consideración de su integración con el resto del material probatorio, determinándose así la relevancia de su testimonio para nuestros intereses.

5º.- Sólo se procede a interrogar cuando se tiene un objetivo que desde el punto de vista probatorio resulta relevante y que, en la práctica, tiene visos de ser alcanzable

Efectivamente, si a la hora de decidir si interrogar  no contamos con un objetivo en mente que podamos lograr durante el interrogatorio, la mejor decisión es no hacer ninguna pregunta, pues de lo contrario el interrogatorio no sólo no alcanzará objetivo alguno, sino que fracasará perjudicando nuestra posición y beneficiando a la contraria. De hecho, habitualmente, los malos interrogatorios se producen debido a que el letrado se siente obligado a interrogar sin haberse planteado objetivo alguno y, por tanto, improvisando a medida que avanza el mismo.

6º.- Para una ejecución sobresaliente del interrogatorio, es esencial realizar una esmerada planificación del mismo (orden, secuenciación, tipos de preguntas a emplear, duración y ritmo etc.)

Una vez decididos a realizar el interrogatorio, es fundamental llevar a cabo una exquisita y completa, -yo diría que obsesiva-, preparación del interrogatorio, o lo que es lo mismo, planificar cómo voy a ejecutar el mismo.

La preparación del interrogatorio consistirá, por tanto, en decidir aspectos tan relevantes como la estrategia a seguir (naturalmente partiendo del objetivo ya determinado), orden cronológico o temático que seguiremos, ritmo y empleo de los diversos tipos de preguntas, intensidad del tono a emplear, determinación de las evidencias con las que contamos, elaboración escrita del texto del interrogatorio, etc.

7º.- Jamás perder la compostura y el respeto frente al testigo durante el interrogatorio

No es infrecuente observar en sala cómo se genera una agria discusión entre el abogado y el testigo al que se está interrogando. En todos estos supuestos, es común en el abogado observar una pérdida de compostura y serenidad, ausencia que se materializa en nerviosismo, excitación, agresividad y cierta desconcentración.

El abogado que pierda la calma durante esta fase, verá aminorada la fuerza persuasiva de su defensa, ya que esta actitud se percibe por el juez como un modo de encubrir las debilidades derivadas de una falta de preparación del interrogatorio. Efectivamente, caer en conductas agresivas basadas en la confrontación y la embestida al testigo, transmite generalmente carencias en los recursos disponibles del abogado para encarar este trámite, que actuará tratando, a través de una especie de imposición verbal, de obtener su propósito. Por otro lado, todo interrogatorio requiere de fluidez y espontaneidad en su desarrollo.

8º.- Adaptar el interrogatorio a las características del testigo y al efecto que éste vaya a causar en los jueces

Todo abogado sabe que no existe un testigo ni un testimonio cuyas circunstancias sean iguales, pues en aquel influirán factores tan dispares como el conocimiento de los hechos (presenciales o referenciales); sus conocimientos técnicos; su tendencia a dar un testimonio imparcial o parcial; su faceta de colaborador de la Justicia; la intención o falta de ella de decir la verdad; su experiencia testificando; su desventaja a la hora de testificar: menores, personas ancianas, discapacitados, etc. Ello nos lleva a que en función de la categoría en la que ubiquemos al testigo, el abogado, al planificar su intervención y llevarla a cabo, decidirá emplear una u otra estrategia.

En definitiva, estos principios nos ayudarán a ser más conscientes de la trascendencia del interrogatorio y de los numerosos conocimientos teórico-prácticos existentes en torno al mismo, esenciales para dar ese primer paso y avanzar en el objetivo de ser cada día un mejor abogado litigante.

¿Quieres empezar a leer "Arte y técnica del interrogatorio"? Recuerde: Acceda al sumario navegable proview para ver todo el contenido.

Si quieres disponer de toda la información y la opinión jurídica para estar al día, no pierdas de vista a Actualidad Jurídica Aranzadi

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.