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29/03/2024. 10:07:14

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Sobre la necesidad de un Código legal de la construcción

Abogado.Jefe Asesoría Jurídica Sacyr Infraestructuras, SA

Espero modestamente haber contribuido a poner orden en la materia con las diferentes ediciones de mi obra ‘Manual de Derecho de la Construcción’ Se echa en falta un verdadero código de la construcción que regule el contrato de obra con la precisión que merece

Posiblemente si se pregunta a un ciudadano medio por el estado de la construcción en nuestro país, nos dirá que considera que el referido sector está en auge. Dirá que desde hace algunos años es habitual de nuevo ver por nuestros pueblos y ciudades grúas levantándose, que de nuevo obras paralizadas durante años se están relanzando y colocando casetas de obra, mientras que nuestras calles, paseos y edificios se rehabilitan de nuevo tras años de abandono.

construcción y grúa

No son pocas sin embargo las cautelas. El miedo a una nueva crisis impulsada por la llamada burbuja inmobiliaria que ya causó muchos daños en el sector, el rebrote de la crisis económica, por la lenta recuperación no ya del sector sino de la economía en general, donde se ralentizan los índices de crecimiento y la inestabilidad política no ayudan precisamente a dar mayor luz al panorama. Sin embargo, a pesar de todo ello lo cierto es que la construcción se ha relanzado y estamos en un momento que podríamos calificar como bueno tras la crisis sufrida.

Buena dinámica del sector

Decimos en el sector que nada volverá a ser como antes, pero al menos el sector está mejorando. La buena dinámica del sector de la construcción se demuestra por su crecimiento continuado durante estos últimos años con una previsión de crecimiento cercana al 5 % para el año 2018. La construcción, que podríamos dividir en dos grandes sectores, edificación y obra civil, se ha venido relanzando en estos últimos años, pero gracias al primero de ellos especialmente con la llamada edificación residencial que este año repuntará un 8 %, tras dos años logrando incrementos por encima del 10%. Es indudable un aumento de la edificación residencial gracias a una serie de factores, como son la vuelta de las facilidades para acceder al crédito -se espera un aumento del número de hipotecas concedidas en España en torno al 10% en 2018-, la vuelta de la inversión en "ladrillo" frente a las casi siempre bajas rentabilidades de otros productos del mercado, la necesidad de este tipo de construcción tras varios años de carestía de vivienda nueva por la baja producción, la recuperación de las tasas de empleo a niveles de inicio de la crisis y finalmente, el mantenimiento de España como destino preferido para muchos europeos a la hora de adquirir una  vivienda fuera de su país. Todas estas razones explican la positiva evolución de la construcción residencial. 

Por el contrario, a la obra civil le está costando más recuperar los niveles de normalidad. Las obras de ingeniería civil no han participado del repunte experimentado por la edificación; de hecho, la producción destinada a infraestructuras cerró el ejercicio 2017 al mismo nivel que el 2015. Sin embargo, este mercado está en condiciones de recuperar terreno perdido en los próximos años, de cumplirse la previsión de crecer a ritmos del 4,5% anual durante el bienio 2018-2019, tras el que podría llegar un 2020 más moderado (2,5%). Esto lo convierte en el subsector con mayores expectativas, fundamentadas en la mejora que se espera en las finanzas públicas, que debería permitir que las administraciones reanuden las inversiones y el mantenimiento que han pospuesto durante los últimos años. Este episodio de bonanza para la ingeniería civil se deberá nutrir fundamentalmente de proyectos de transporte, tanto carreteras como ferrocarril. La inminencia de nuevas elecciones autonómicas y locales reforzará seguramente este repunte.

Ley de Contratos del Sector Público

No debemos dejar de poner de manifiesto la importancia de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por la que se transponen a nuestro ordenamiento las Directivas Comunitarias 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, que entró en vigor el pasado 9 de marzo, casi con dos años de retraso debido a los problemas políticos vividos en España y tras una larga tramitación parlamentaria donde se ha logrado una ley muy consensuada.

La Ley de Contratos del Sector Público, entre otras virtudes, beneficia la libre competencia, mejora la transparencia, contiene un gran número de disposiciones de carácter social y medio ambiental, busca prevenir la corrupción, simplifica el procedimiento de licitación e impone la obligatoria utilización de medios electrónicos.        

Con esta nueva ley, con la relativa bonanza en el sector, replanteo de nuevo una cuestión que vengo interesando desde hace ya unos años, como es la adecuada configuración legal de la construcción. A pesar de que desde la aparición de la LOE allá por 1999, han pasado ya casi 20 años, lo cierto es que, desde el punto de vista jurídico, amén de las leyes de contratos del sector público aplicables a una parte muy limitada de los contratos, nos encontramos con que el derecho de construcción se encuentra básicamente regulado en una norma decimonónica como es el Código Civil, que apenas dedica unos cuantos preceptos al desarrollo de la materia constructiva.

Código de la construcción

En ese marco con la importancia retomada del sector de la construcción, se echa en falta un verdadero código de la construcción que regule el contrato de obra con la precisión que merece y acorde con los tiempos que corren. Se hace precisa una legislación que concrete los elementos y los derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes, derivados del contrato de obra, que establezca las clases de contratos y sus especialidades acorde con los nuevos tiempos. La creación de un código de construcción por otro lado, sería una muy buena ocasión para especificar y concretar los múltiples aspectos técnicos que de ella se derivan y trasladar al texto normativo lo que la doctrina y jurisprudencia han ido manifestando sobre los diferentes aspectos de la misma. Me refiero a los aspectos civiles y administrativos, pero también y porque no a cuestiones fiscales, laborales, mercantiles o financieras entre otras. 

Entre tanto y a falta de ese código de la construcción que no se sabe si llegará a ver la luz algún día, no faltan esfuerzos en la doctrina por tratar de poner orden en la materia algo a lo que espero modestamente haber contribuido con las diferentes ediciones de mi obra Manual de Derecho de la Construcción, editado por Thomson Reuters Aranzadi, de la que ahora aparece la cuarta edición. Al respecto siempre he dicho y debo seguir diciéndolo que en ese trabajo no están todos los que son y que sin duda se podrían haber abordado muchas otras cuestiones de grandísimo interés jurídico. Sin embargo, insisto y a pesar del título, tan solo he pretendido y espero haber logrado, estudiar algunas de las figuras más importantes en materia de construcción y que suscitan más problemas ante nuestros tribunales.

Soy consciente también de que las materias que comprende el libro, podrían ser por su densidad, objeto de un manual independiente. No obstante, y a pesar de la dificultad, en una importante labor de síntesis, he querido destacar los aspectos más significativos de cada una de aquellas. Si algún mérito puede tener el trabajo es precisamente ese "seguiremos trabajando para mejorarlo".

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