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Cómo ser imparcial en mediación: no pero SÍ, sí pero NO

Mediadora y abogada, consultora experta en resolución de conflicto

Mediador y psicólogo, consultor experto en resolución de conflictos y diseño de estrategias colaborativas

“Se puede hacer mucho con la diplomacia, pero, desde luego, se puede hacer mucho más si la diplomacia está respaldada por la imparcialidad”. Kofi Annan

Una mano señalando la casilla si

Uno de los principios básicos que configuran la mediación es la imparcialidad, y así lo reconoce la Ley de 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que establece, en su artículo 7, que "en el proceso de mediación se garantizará que las partes intervengan con plena igualdad de oportunidades, manteniendo el equilibrio entre sus posiciones y el respeto hacia los puntos de vista por ella expresados, sin que el mediador pueda actuar en perjuicio o interés de cualquiera de ellas".  

También, la mayoría de legislaciones, tanto nacionales, como internacionales, y códigos éticos para la práctica de la mediación en el ámbito europeo, norteamericano y latinoamericano incluyen, como pilar fundamental, la imparcialidad.

Pero, ¿en qué consiste? La imparcialidad hace referencia directamente al mediador, a su posición como tercero, a su relación con las partes, y está asociada al derecho a la igualdad de las partes, y a la necesidad de que sean acogidas por igual en el proceso.

Entender, practicar y expresar la imparcialidad resulta vital para poder llevar a cabo la medicación, ya que la convicción de las partes en la imparcialidad del mediador, está directamente relacionada con la confianza que depositarán en el profesional y, por tanto, con el éxito o fracaso del proceso.

En este sentido, varios autores señalan que la imparcialidad es un medio, no un fin, en el proceso de mediación. El objetivo final sería, pues, la autodeterminación, o favorecer que se den las circunstancias necesarias para que el diálogo entre las partes pueda tener lugar.

▪ La imparcialidad como "NO".

Tradicionalmente, la imparcialidad se ha definido -especialmente, en el ámbito jurídico-, en negativo, es decir, como la obligación de "no tomar partido", "no tener favoritismos", no expresar inclinación ni preferencia hacia alguna de las partes o no actuar en perjuicio o en interés de cualquiera de las partes.

En este sentido, la mencionada Ley 5/2012, dispone que comprometen la imparcialidad las siguientes circunstancias: "todo tipo de relación personal, contractual o empresarial con una de las partes, cualquier interés directo o indirecto en el resultado de la mediación y que el mediador o un miembro de su empresa hayan actuado anteriormente a favor de una o varias de las partes en cualquier circunstancia, con excepción de la mediación."

En cualquiera de estos supuestos, el mediador deberá informar a las partes, y sólo podrá continuar el proceso de mediación cuando "asegure poder mediar con total imparcialidad y siempre que las partes lo consientan y lo hagan constar expresamente.

▪ La imparcialidad como "SÍ".

La imparcialidad también puede definirse en positivo, ya que exige al mediador una actitud activa que algunos autores han definido como multiparcialidad. De este modo, el mediador ha de actuar favoreciendo la acción hacia las dos partes, el compromiso con el proceso y con todas las partes de manera equilibrada y equitativa, con respeto a las opiniones, valores, y puntos de vista de las mismas, conduciendo el proceso con una actitud simétrica, en la escucha y legitimación de todos los participantes. Parafraseando al juez Pascual Ortuño, la imparcialidad lleva al mediador a ser "esquidistante y equipróximo" con las partes.

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Este blog nace con la ilusión de crear y compartir un espacio de reflexión sobre la mediación. Durante algunos años hemos formado equipo de mediación, participando en más de 1000 procesos de resolución de conflictos.  De esta experiencia conjunta  hemos obtenido inspiración y múltiples aprendizajes que nos gustará compartir, así como, también explorar los nuevos retos y replanteamientos que vayamos encontrando en nuestro camino. Félix es psicólogo y Mónica abogada, ambos somos mediadores y consultores en resolución de conflictos.