Con “I” de “Inmediato”

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El pasado 30 de julio de 2015 se publicó en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas –para dar cumplimiento al trámite de información pública que finalizó el 11 de septiembre- el texto de un Proyecto de Real Decreto, que recoge fundamentalmente el desarrollo reglamentario que hará posible la regulación de un nuevo sistema de llevanza de los libros registros del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT. Este nuevo sistema, conocido como Suministro Inmediato de Información (S.I.I.), será de aplicación a partir del 1 de enero de 2017.

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Más allá de las numerosas críticas que el Proyecto de Real Decreto ha recibido, plasmadas en las observaciones presentadas por diversas asociaciones y agentes económicos, lo que sí resulta evidente, a nuestro juicio, es que, pese al esfuerzo realizado por la Administración tributaria de exhibir el nuevo sistema de llevanza de los libros registros del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT como un nuevo modelo de gestión del Impuesto que supondrá para las empresas "un ahorro de costes" y "reducir sustancialmente las cargas administrativas asociadas al suministro periódico de información" (véase, a estos efectos, el Preámbulo del Proyecto de Real Decreto), de lo recogido en el mismo, lo cierto es que tal ahorro y reducción significativa de costes no se atisba por ningún lado. Y es que las exigencias que el nuevo sistema impondrá a las empresas que vayan a aplicarlo (de forma obligatoria, todas aquéllas que presentan sus autoliquidaciones del IVA con periodicidad mensual y, de manera voluntaria, aquellas otras que opten por su aplicación) exceden -con mucho- el ahorro que se pueda derivar de la exoneración en la presentación de los modelos 347, 340 y 390.

No cabe duda de que lo propuesto en el Proyecto de Real Decreto supone un importante cambio en la gestión del IVA. De hecho, no hay nada parecido en los demás países de nuestro entorno. Ahora bien, este nuevo modelo de gestión del Impuesto pivota, fundamentalmente, en una mayor exigencia para las empresas en cuanto al contenido de datos e información a suministrar respecto de los actualmente requeridos en los libros registros del IVA y, sobre todo, requiere de una extrema rapidez por parte de éstas en el suministro de dicha información (con carácter general, cuatro días naturales, a computar bien desde la fecha de expedición de la factura, o bien desde el registro contable de la factura recibida), lo que se traduce en un suministro de información prácticamente instantáneo.

Por lo tanto, el nuevo sistema de gestión plantea a las empresas afectadas exigencias adicionales a las actuales, cuya respuesta requerirá -en la mayoría de los casos- de la adopción de un nuevo marco de gestión contable y fiscal, cuyas principales directrices deberían ser las siguientes:

a)      Parametrización del tratamiento fiscal de las operaciones más habituales.

b)      Alto grado de automatización de los procesos de gestión.

c)      Coordinación eficaz de las áreas contable, fiscal y legal.

d)     Definición e implantación de controles internos que aseguren la integridad y calidad de los datos e información a suministrar.

e)      Adecuada gestión de las incidencias que se produzcan.

Nos equivocaríamos, sin embargo, si pensásemos que este nuevo modelo de gestión sólo tendrá impacto en el IVA. La importante cantidad de datos e información que será suministrada, junto con su inmediatez, hace prever que sea significativa la incidencia que pueda tener en otras áreas impositivas, tales como el Impuesto sobre Sociedades o las políticas de "transfer pricing" de los grupos empresariales.

En definitiva, el S.I.I. supone un cambio radical en la gestión del IVA de las empresas, con implicaciones también en otras figuras impositivas, que va a requerir, en muchos casos, de la modificación de los sistemas informáticos y de gestión contable y fiscal para adecuarse a la nueva realidad. Una realidad en la que conceptos como los de "parametrización de las operaciones" y "automatización de los procesos" pasarán posiblemente a formar parte de nuestro vocabulario habitual.

Y para todo ello no dispondremos de mucho tiempo: salvo sorpresa, el nuevo modelo de gestión deberá estar en perfecto funcionamiento el 1 de enero de 2017, por lo que será durante el próximo año 2016 cuando las empresas y demás obligados deberemos trabajar en él.  

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