De la mano con Hacienda: suministro inmediato de información

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Billetes y monedas

El pasado 20 de octubre de 2014 conocíamos las intenciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de implantar un novedoso sistema de gestión del IVA basado en la información en tiempo real de las transacciones comerciales.

Billetes y monedas

El llamado Suministro Inmediato de Información (S.I.I.) afectará, principalmente, y obligatoriamente, a grandes empresas, grupos de IVA y sujetos pasivos inscritos en el régimen de devolución mensual, pudiendo adscribirse al mismo, voluntariamente, el resto de contribuyentes.

El cambio anticipado por Tributos, cuya entrada en vigor se prevé en enero de 2017, supone la obligación de remitir la información principal y el detalle tanto de las facturas expedidas como de las recibidas a la AEAT, de manera telemática y cuasi instantánea.

Supone, en cierta medida, una suerte de sustitución de los libros de IVA tradicionales por un sistema de volcado de datos sobre la base informática online de la Administración Tributaria, volcado con el que se irá elaborando automáticamente dichos libros registro.

Lo primero que puede ocasionar este sistema es la dificultad de gestionar y cargar en la red todas las facturas recibidas y expedidas por el contribuyente en el plazo de cuatro días previsto para subir dicha información a la base de datos "online" de la Administración Tributaria.

Un estricto plazo que, entendemos, Tributos suavizará en el momento en el que observe como, en la práctica, por ejemplo, las facturas recibidas por los contribuyentes, antes de pasar al Departamento Financiero correspondiente, pasan por distintos departamentos internos (por ejemplo, el Departamento de Compras), donde se solventan cuestiones varias, en números ocasiones distintas del ámbito jurídico-tributario.

En la nota publicada por la AEAT, haciendo eco de la venidera implantación del sistema S.I.I., la Administración Tributaria señala que, efectivamente, el sistema, además de reducir las cargas indirectas (se verán reducidas las obligaciones formales, al suprimirse la obligación de presentación de las declaraciones informativas correspondientes a los modelos 347 -información de terceros-, 340 -operaciones en libros registro- y 390 -resumen anual de IVA-), permitirá una comprobación más selectiva y rápida por parte de la Administración Tributaria, al obtenerse la información prácticamente en tiempo real.

Efectivamente, la cara buena de la moneda de este sistema es que agilizará y potenciará la relación binomial administración-administrado. Asimismo, permitirá a los propios contribuyentes disponer de los datos facilitados por terceros a la Administración Tributaria lo que podría incrementar la seguridad jurídica de determinadas operaciones que, en ocasiones, resultan complejas desde el punto de vista de tributación indirecta.

La otra cara, quizás, vendrá de la dificultad de los contribuyentes para reaccionar en plazo ante una duda, jurídicamente razonable, del tratamiento de determinadas operaciones a efectos de IVA y, obviamente, del incremento de los procedimientos de comprobación que serán, además, más efectivos al ampliarse, notoriamente, la información en poder de la Administración.

Este novedoso sistema en nuestro Ordenamiento Jurídico se implantará, previsiblemente, a partir de 1 de enero de 2017 por lo que, de momento, el plazo es amplio para ver cómo encamina nuestro legislador su desarrollo y para empezar a enfocar toda la actualización de los sistemas informáticos que, inevitablemente, supondrá este nuevo sistema para todos los contribuyentes afectados de manera obligatoria (unos 62.000, según la información de la AEAT) y aquellos que los suscriban voluntariamente.

Lo que sí que parece que podemos afirmar es que, probablemente, con la implantación del sistema S.I.I. los empresarios o profesionales, sujetos pasivos de IVA, van a ver cómo la Administración Tributaria va a incrementar sus relaciones con los administrados hasta llegar al punto de tener que "ir de la mano", día a día, con la misma incluso para contabilizar y registrar una simple factura.

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