El placer de leer… ¡sentencias!

Un mazo y un portátil

Vivimos tiempos veloces. La abogacía se ha convertido casi en modalidad atlética en la que los Letrados corren de reunión en reunión; de juicio en juicio; en la que se escribe vertiginosamente, se requiere asesoramiento inmediato, se legisla en plan “fast law” y se imparte justicia con sentencias que no siempre superan los requisitos mínimos, técnicos y gramaticales.

Un mazo y un portátil

Seguro que los laboralistas sabrán de qué les hablo. Con ese panorama, resultan dignos de loa y aplauso los esfuerzos que todavía hacen muchos Magistrados para fundamentar y razonar exhaustivamente sus resoluciones -y que conste que eso no sólo consiste en refugiarse en el "corta-pega" de larguísimos párrafos de otras sentencias sino en explicar con detalle el por qué de su fallo- y por utilizar una prosa correcta, culta y técnicamente adecuada.

Soy de los que siempre me he opuesto a los que abogan a favor de un lenguaje jurídico "popular" porque considero que es abrir la puerta, o abrirla de par en par, a la definitiva vulgarización de una profesión altamente especializada. Pero ya volveremos a eso en otra ocasión pues ahora quiero subrayar tres recientes sentencias que han inspirado este comentario.

En primer lugar, la Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 11 de febrero de 2014 (Autos nº 356/13 – Asunto Unipost), en la que se aborda un magnífico análisis sobre la constitucionalidad del arbitraje obligatorio en los procesos de descuelgue del artículo 82.3º ET. Después, la Sentencia de la misma Sala de lo Social de 05 de mayo de 2014 (Autos nº 63/14 – Asunto Alten Spain), en la que se efectúa un apabullante recorrido histórico-legislativo sobre los conceptos de "condición más beneficiosa" y "modificación sustancial". Y, por último, la conocida Sentencia, también de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, de 12 de junio de 2014 (Autos nº 79/14 – Asunto Coca Cola), donde a lo largo de sus casi cien páginas se diseccionan con detalle varios aspectos fundamentales de los procedimientos de impugnación de despidos colectivo del artículo 124 LJS.

Las tres sentencias han sido dictadas por el mismo ponente (D. Rafael López Parada), y me permito afirmar que deberían ser de lectura obligada en cualquier despacho dedicado al derecho laboral

No se trata de compartir o discrepar del fallo sino de comprobar cómo una resolución judicial puede ser también un magnífico vehículo para aprender derecho, para reflexionar sobre cuestiones concretas planteadas por la nueva legislación y, al final, para gozar con su lectura pausada al igual que con un manual doctrinal.

Ciertamente, hay que reconocer que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional está viviendo un momento técnicamente esplendoroso, en el que sus resoluciones constituyen la mejor brújula, con el permiso del Tribunal Supremo, claro, para ir recorriendo los nuevos caminos abiertos a partir de la reforma laboral de 2012. Pero, además, hay que reconocer a los Magistrados que forman su Sala de lo Social el talento que están demostrando a la hora de redactar y fundamentar sus resoluciones (cualquier que haya leído las tres sentencias indicadas lo entenderá enseguida) y para configurar un cuerpo de doctrina realmente muy interesante. Y a todo ello hay que añadir el aplauso por una redacción cuidada, donde cada palabra ha sido medida, y que pueden convertir su lectura en algo parecido a un placer.

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