Reforma fiscal en los Territorios Históricos prevista para 2014

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Gráfico

En las últimas semanas estamos asistiendo a un proceso de reforma en la normativa fiscal foral que lleva tiempo ideándose. La reforma, prevista para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2014, tiene como principal objetivo el Impuesto sobre Sociedades, aunque otros impuestos, como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sufrirán modificaciones sustanciales.

Gráfico de colores

Actualmente, la reforma se encuentra en fase de Proyecto pendiente de aprobación en Juntas Generales. En esta fase, la intención es unificar al máximo la reforma en los tres Territorios Históricos y así queda reflejado en la redacción de los Proyectos publicados por Bizkaia y Álava.

Empezando por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, como novedades fiscales relevantes contempladas hasta ahora, destacamos:

  • Ampliación de la escala de gravamen de la base general hasta el 49% y la del ahorro hasta un 25%.
  • Reducción proporcional de la cantidad máxima de 60.100€ acogible a exención en los rendimientos del trabajo por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, en función de los días de trabajo realizado en el extranjero; lo que supondrá para nóminas altas una minoración sustancial del importe exento de tributación.
  • Limitación de la exención de las indemnizaciones por despido a 180.000€.
  • Supresión del método de estimación objetiva.
  • Nuevo mecanismo de tributación para las ganancias derivadas de la transmisión de valores admitidos a negociación, cuando su precio global no supere los 10.000€, pudiendo optar por tributar exclusivamente por el 3% de los precios de venta totales.
  • Limitación a 300.000€ del importe acogible a integración reducida para las rentas irregulares.
  • Reducción máxima de 5.000€ anuales para las aportaciones individuales a sistemas de previsión social, eliminando las reducciones adicionales para mayores de 52 años. Además, la integración reducida de las prestaciones en forma de capital sólo se aplicará a la primera percepción, tributando al 100% las sucesivas.
  • Nueva deducción por inversión en empresas de reciente creación del 20% de las cantidades invertidas hasta 50.000€ anuales.

Por su parte, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se prevé la derogación de la exención de las sucesiones entre familiares en línea recta y entre cónyuges o parejas de hecho, asimilando su tributación a las donaciones dentro de este mismo colectivo, que ya pasaron a tributar en abril de 2012 al 1,5% de forma temporal hasta diciembre de 2013 y que ahora ven prorrogada esta medida de manera indefinida.

Las novedades relativas al Impuesto sobre Sociedades, dada su transcendencia, serán tratadas en próximos artículos de este blog, entre las que avanzamos i) la generalización del mecanismo de exención para evitar la doble imposición en dividendos y plusvalía respecto a entidades residentes y no residentes, ii) tres nuevos incentivos en forma de reducción de la base imponible para fomentar la capitalización de las empresas, iii) penalización de la financiación externa vía subcapitalización y iv) tributación mínima del 13% de la base imponible. Seguiremos de cerca la evolución de la reforma.

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