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Elecciones generales en 2016 y políticas fiscales internacionales

Head of Tax Ops en Sandoz
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No solamente España está atravesando un periodo electoral intenso en 2016. También lo han estado o estarán otros territorios de nuestro entorno: economías más pequeñas como Portugal o Irlanda y economías mucho más grandes como Reino Unido (Brexit y locales) o Estados Unidos.

Papeletas preparadas para votar

Y lo habitual durante los procesos electorales y en los programas de cada partido es que haya referencias (promesas?) electorales en lo que a impuestos se refiere, siendo muy pocas las que hacen referencia a la fiscalidad internacional. Los párrafos siguientes desgranan resumidamente estas menciones fiscales con el objetivo de determinar si existen paralelismos entre todas ellas.

Irlanda

Las elecciones general en Irlanda tuvieron lugar en Febrero de 2016 en las cuales no hubo cambio de gobierno, pero si apoyos por parte del partido político en la oposición.

Hay que recordar que Irlanda fue uno de los países rescatados por la Troika y el aspecto más controvertido durante las negociaciones fue el aumento del tipo del impuesto sobre sociedades desde el actual 12,5%. Igualmente, existe cierta presión desde las principales instituciones mundiales sobre los esquemas fiscales agresivos que tienen o han tenido Irlanda como protagonista.  

No obstante lo anterior, las promesas fiscales se redujeron principalmente  al impuesto sobre renta de las personas físicas y a ciertas deducciones relacionadas con la agricultura. Ninguna en relación a la fiscalidad internacional más allá de mantener el tipo del impuesto sobre sociedades en dicho 12,5%, como así se defiende desde el Departamento de Finanzas del Gobierno en su informe anual. Aunque es cierto que hay detractores exclusivamente respecto a la calidad del valor añadido de los servicios generados por las grandes corporaciones establecidas en el país por los bajos tipos fiscales (servicios llamados "non sense accounting").

Portugal

Las elecciones generales en Portugal ocurrieron el 24 de enero de 2016 en donde sí hubo un cambio de gobierno. Probablemente es el país con menos modificaciones en materia fiscal en donde las novedades se aprobaron en Mayo de 2016 con la publicación de los presupuestos generales del estado para el ejercicio 2016. Los únicos cambios en términos de fiscalidad internacional se refieren a una pequeña modificación del régimen de "participation exemption" y la introducción de los requisitos de documentación de Precios de Transferencia – CbC. El resto de cambios se refieren al IVA.

Reino Unido

En el caso de Reino Unido, las elecciones no han sido generales, si no locales. Pero lo importante se centra en el caso del Brexit y sobre las implicaciones fiscales que su eventual salida de la Unión Europea puede acarrear. En este sentido, parece que todas las opiniones, las del sector público y las del sector privado, coinciden en que la salida de Reino Unido de la Unión Europea conllevará subidas de impuestos generalizadas. Hasta la OECD se ha pronunciado al respecto.

No sabemos todavía el resultado de esta votación, pero parece claro que, entre otras, estas medidas quedan en el aire (i) decisiones de la Comisión Europea sobre evasión fiscal (ii) aplicación de aranceles hasta la renegociación de un nuevo tratado de libre comercio (iii) IVA a la importación en todas las compras así como la ausencia de armonización de materia indirecta (iv) inaplicación de determinadas directivas como la Directiva Matriz Filial y la Directiva de Fusiones con la doble imposición que puede suponer en la recepción de beneficios de filiales europeas. Aunque sí existen otras corrientes que explican ciertas ventajas si finalmente existe Brexit.

Estados Unidos

Los candidatos a las elecciones presidenciales ya han presentado sus propuestas fiscales. Por un lado, Hillary Clinton propone (i) un "exit tax" que suponga una penalización o bloqueo de las operaciones fiscales (fusiones internacionales) para des-localizar las reservas en situadas en el extranjero. Por otro lado Donald Trump propone (i) reducción del tipo del impuesto sobre sociedades del 35% al 15% (ii) repatriación de beneficios al 10% y (iii) eliminación de los famosos "tax loopholes".

España

En nuestro país, no ha habido un debate puramente fiscal fuera del conocido impuestos a los más ricos y la redistribución de la carga tributaria así como la lucha contra el fraude fiscal.

Desde un plano puramente internacional, existen medidas con clara vocación internacional como es la armonización de medidas en favor de la transparencia fiscal y en contra de la utilización de los paraísos fiscales. Pero los conceptos anteriores son los que han centrado todo el debate sobre impuestos.

Paralelismos y la rueda sigue girando

Así, el único paralelismo que reflejan todas las elecciones anteriores es que no hay detalles concretos sobre temas de fiscalidad internacional, incluido detalles concretos por parte del gobierno sobre las consecuencias del Brexit. Es de suponer que las alusiones al fraude fiscal y a la utilización de paraísos fiscales es suficiente para "demostrar" al electorado el compromiso de los partidos con las cuestiones que pueden afectar a cuestiones internacionales.

Parece que con promesas o sin ellas, la Comisión Europea sigue su camino hacia una mayor armonización en temas de fiscalidad directa y en términos de fiscalidad europea como lo demuestra la reciente aprobación de la Directiva de Cooperación Administrativa el 3 de junio sin necesidad de que los partidos políticos hagan referencia a ella.

Así, la maquinaria de la fiscalidad internacional no necesitas muchas promesas locales mientras todo sigue su curso. Veremos qué pasa hasta la publicación de un nuevo post. Va a haber bastante "emoción" a nivel local para España y a nivel internacional con el Reino Unido. 

Actualización anterior post: Continúan las propuestas de reducción de tipos en las distintas jurisdicciones de nuestro entorno. Luxemburgo planea reducir el tipo impositivo a 19% (desde el 21%), Noruega al 23% (desde el 27%) y Reino Unido ha mejorado la reforma inicial y planea reducir el tipo hasta el 17% en 2020 (desde el 21% actual).

Disclaimer: La opinión expresada en este artículo es exclusiva de su autor y no imputable a Perkinelmer ni a ninguno de sus empleados.

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Actualmente, los estados son cada vez menos soberanos para implementar medidas fiscales de calado internacional. Los sistemas fiscales son muy similares y sus novedades prácticamente uniformes. Principalmente porque necesitan contar con un consenso supranacional, la Unión Europea en el caso de España, o es necesaria una unidad de actuación y coordinación de intereses comunes como es la OCDE. Por lo tanto, todo lo que acontece fuera de nuestras fronteras, en mayor o menor medida, acabará influenciando la normativa española y su interpretación.

Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.