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Planificación fiscal internacional: retos para el año 2016

Head of Tax Ops en Sandoz
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¿Qué nos depara el año 2016 en términos de planificación fiscal internacional? ¿Es mejor esperar a conocer el impacto final en la legislación doméstica que tendrá BEPS para hacer o deshacer estructuras fiscales? ¿Acabará mi empresa haciendo frente a más impuestos antes o después de este impacto final?

Una bola del mundo con el símbolo del euro

Inauguramos este Blog de Fiscalidad Internacional intentando dar respuesta a estas y otras preguntas así como comentar los retos a los que las empresas españolas se enfrentan en este nuevo año 2016.

Con bastante probabilidad, este año 2016 será un ejercicio de cierta incertidumbre fiscal. En primer lugar, el proyecto BEPS continuará siendo un área de especial atención, más teniendo en cuenta la eventual implementación en la legislación doméstica que vayan a hacer los estados miembros de la OCDE, incluido España. En segundo lugar, la Unión Europea con la y modificación y actualización de las directivas europeas a la corriente BEPS para hacer frente a recientes abusos fiscales entre países miembros y con la nueva puesta en marcha de la base consolidada común. Y, en tercer lugar, Estados Unidos como el principal motor de la economía mundial y su approach frente a todas las novedades anteriores, su impacto en las relaciones bilaterales e inversión directa e indirecta en dichos países.

BEPS

El año 2015 se ha cerrado con la publicación de los deliverables definitivos de las 15 acciones de este proyecto. El año 2016 debería ser el año en el que deberían consolidarse todas estas acciones en las legislaciones domésticas. No obstante, existen más mitos que realidades sobre si este esfuerzo inicial se verá finalmente implementado. De momento, estos deliverables tienen la calificación de soft law y no son jurídicamente vinculantes. Así, los países han optado únicamente por implementar la medida que supone una herramienta más de control para las agencias tributarias como es la obligación CbC Reporting. ¿Cuántas inspecciones fiscales se derivarán de la primera oleada de datos proporcionados? Es bastante probable que por este motivo antes o después todas las compañías pasen por caja en mayor o menor medida. Esto sin contar con los gastos de adaptación e implementación iniciales de estas obligaciones.  

El resto de medidas son de mayor calado y necesitan de una voluntad y coordinación política a nivel internacional que está por ver. Desde luego, aquí es donde radica la mayor de las incertidumbres. Cada empresa estará más o menos expuesta individualmente a cada una de estas 15 acciones, pero el mensaje del conjunto de ellas es claro: cada unidad de renta tributará en su justa medida en (al menos) la jurisdicción donde se genere su valor. Si esto no ocurre en su empresa, esa incertidumbre es más probable que se torne en lo contrario, aunque esta vez para mal.  Si esto ocurre, podemos esperar atentos.

Unión Europea

Siguiendo la anterior corriente BEPS, la Unión Europea quiere tener su protagonismo e influir en las reglas finales. En enero de 2016, la presidencial del Consejo Europeo rota y Luxemburgo deja su sitio a Holanda. Durante la presidencia de Luxemburgo, la Unión Europea ha sido muy activa en atacar y denunciar estructuras fiscales de multinacionales, principalmente, americanas derivadas de prácticas pasadas del país saliente de esta presidencia como el Luxleaks.

La Unión Europea publicó en Junio de 2015 presentó un plan de acción con una serie de medidas encaminadas principalmente a reformar la fiscalidad directa europea. Son medidas diversas en la misma línea que BEPS a diferencia de la más difícil de todas ellas: la CCCTB o Common Consolidated Corporate Tax Base. Este proyecto se antoja muy complicado por mucha voluntad política que exista.

Así, la Unión Europea es el conjunto de países entre los que no existen fronteras para los negocios, parece que para la austeridad tampoco y para libertades capitales, pero entre los cuales hay una competencia fiscal feroz para atraer el mayor número de inversiones. Empezó Irlanda con un 12,5% en su  momento (defendido a uñas y dientes en su rescate), le sigue de cerca recientemente el Reino Unido con una hipotética reforma para reducir su tipo al 18% en dos años, Finlandia al 20%, etc. La guerra ya ha empezado y algún país se puede quedar fuera de juego. ¿Hasta cuándo podrán Alemania, Italia y Francia mantener sus tipos cercanos al 30%? Seguramente sean estos países los que no quieran que esta CCCTB salga adelante.

Estados Unidos

Y llegamos al tercer jugador en liza (con permiso de una China todavía pendiente de abrirse plenamente a los mercados). Estados Unidos ha  mantenido un rol mas o menos activo durante las negociaciones en la OCDE, pero bastante dubitativo a la hora de aplicar sus acciones más allá del CbC Reporting.

Estados Unidos está sumido en un debate más profundo que BEPS. Mientras que el resto de paises del G-20 hace la guerra por su cuenta con la rebaja de tipos mencionada arriba, Estados Unidos quiere unirse a esa lucha, reformar profundamente su sistema fiscal y no quedarse en ese fuera de juego. Aunque algunos lo dudan. No será fácil reformarlo y mucho menos en plenas elecciones a la presidencia del País recién comenzadas.

Dicho todo lo anterior, las respuestas a las preguntas iniciales tendrían que ser más claras, pero parece que lo único claro es que tenemos que seguir esperando mientras las empresas se preparan lo mejor posible para que las reglas finales afecten lo menos posible al bolsillo. También parece que lo que nos quitarán por un lado vía inspecciones nos lo darán por otro vía rebajas del tipo. Lo que sí que queda claro es que nos encaminamos más rápidamente a un gran hermano fiscal en donde cada vez más se valorarán más los acuerdos previos de valoración o APAs. 

Feliz año 2016 a todos! 

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Actualmente, los estados son cada vez menos soberanos para implementar medidas fiscales de calado internacional. Los sistemas fiscales son muy similares y sus novedades prácticamente uniformes. Principalmente porque necesitan contar con un consenso supranacional, la Unión Europea en el caso de España, o es necesaria una unidad de actuación y coordinación de intereses comunes como es la OCDE. Por lo tanto, todo lo que acontece fuera de nuestras fronteras, en mayor o menor medida, acabará influenciando la normativa española y su interpretación.

Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.