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25/04/2024. 11:43:46

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Puerto Rico me lo regaló (pero con withholding taxes)

International tax advisor
Head of tax at Soltec.

Corría el año 2013, los españoles sufríamos lo peor de la crisis financiera, el diario El País publicaba los “papeles de Bárcenas” y en algún rincón de Madrid se firmaba el protocolo que modifica el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal respecto de los impuestos sobre la renta y de forma concomitante un Memorando de entendimiento (MoU como el tabernero de los Simpsons). Los amantes se prometían fidelidad y exenciones en dividendos, intereses y royalties por doquier, todo apuntaba a una relación idílica y sincera que sacara de la ecuación a las amantes holandesas y luxemburguesas que habitualmente EEUU invitaba a los frecuentes escarceos amorosos entre ambos.

Palabra TAX

No obstante, la ratificación por el senado de EEUU se hizo esperar. Un solo senador, llamado Rand Paul, bloqueó la aprobación del convenio con España. No por tener algo en contra de nuestro, por otra parte, awesome país, sino por entender que se debía proteger la información de los ciudadanos americanos que no debía ser compartida en virtud de las previsiones de intercambio de información. Valiente hipocresía viniendo del país del FATCA FATCA motherfucka'.

Por fin este pasado 27 de agosto el senado estadounidense (me niego a llamarlo americano por ser este el adjetivo que define a todos los habitantes del continente y por tanto, por respeto a mis compatriotas hispanos) desbloqueó la tramitación del convenio. El mérito no es de las presiones diplomáticas del gobierno en funciones en la playa de vacaciones de Sánchez, sino del senador Mitch McConell que le ha comido la tostada a Rand Paul y a permitido que este año se hayan ratificado los protocolos que modifican los convenios con Suiza, Japón, Luxemburgo y por supuesto, el nuestro.

Pero no vengo a este blog a contaros lo que podéis leer en cualquier tax alert de turno de big four. Hay una cuestión que me ha llamado más la atención al estudiar la letra menua del convenio de 1990 y la de los textos (protocolo y MoU) que acaban de ver la luz, aunque ya son viejovenes. No alcanzo a comprender qué sucede con la isla Borinquén.

El convenio de 1990 recogía en su artículo 3.1 la siguiente definición de EEUU:

"La expresión «Estados Unidos» significa los Estados Unidos de América y, en sentido geográfico, sus estados, el Distrito de Columbia, su mar territorial y cualquier zona exterior a su mar territorial en la que, de acuerdo con el Derecho internacional y su legislación interna, los Estados Unidos puedan ejercer jurisdicción o derechos de soberanía respecto del suelo y subsuelo marinos y aguas suprayacentes, y de sus recursos naturales"

Y a su vez el protocolo en su punto 3ero rezaba:

"Las Partes han acordado comenzar, tan pronto como sea posible, la negociación de un Protocolo para extender la aplicación del presente Convenio a Puerto Rico, tomando en consideración las características particulares de la imposición aplicada por Puerto Rico"

Como os podéis imaginar el protocolo nunca llegó y Puerto Rico y España, antaño provincia y estado, hija y madre, territorio con representación en la carrera de San Jerónimo y metrópoli, se quedaron sin capitulaciones tributacionales que regulasen el amor que se profesan.

De nuevo, el memorando de entendimiento, firmado en 2013 y recién ratificado, incluye en su punto segundo (nada más y nada menos), otra preciosa declaración de intenciones:

"En relación con el apartado 3 del Protocolo al Convenio, los Estados contratantes se comprometen a iniciar conversaciones tan pronto como sea posible y sin agotar el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Protocolo de 2013, respecto de la conclusión de un acuerdo adecuado para evitar la doble imposición en las inversiones entre Puerto Rico y España."

¿Y yo me pregunto… no será que no interesa una excesiva presencia española en la isla de San Juan Bautista? La isla fue cedida mediante el tratado de París a la potencia emergente del momento, sin tomar en consideración la opinión de los boricuas que constituían una autonomía mucho antes de que los estatutos de Cataluña y País Vasco en la segunda república y guerra civil respectivamente vieran la luz.

Recientemente ha resurgido en la isla un movimiento reunificacionista (Reunificacionistas.org) que persigue la plena integración de vuelta de Puerto Rico en la España de las autonomías y, por ende, como territorio de ultramar de la UE. Música para mis oídos. La comisionada por Puerto Rico en el senado de EEUU Jennifer González Colón (con voz, pero sin voto en el mismo) envió una carta a los secretarios de Estado Mike Pompeo y del Tesoro, Steve Mnuchin solicitando que se pusieran en marcha los trámites para dar cumplimiento a la provisión del MoU. Silencio por respuesta.

Algo me dice que pasarán otros 30 años y seguiremos sin acuerdo que favorezca los intercambios entre la isla y la península… no vaya a ser que San Juan acabe cayendo en viernes.

 

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Actualmente, los estados son cada vez menos soberanos para implementar medidas fiscales de calado internacional. Los sistemas fiscales son muy similares y sus novedades prácticamente uniformes. Principalmente porque necesitan contar con un consenso supranacional, la Unión Europea en el caso de España, o es necesaria una unidad de actuación y coordinación de intereses comunes como es la OCDE. Por lo tanto, todo lo que acontece fuera de nuestras fronteras, en mayor o menor medida, acabará influenciando la normativa española y su interpretación.

Por lo tanto, este blog nace con la idea de tratar desde un punto de vista práctico, crítico y ameno todas aquellas novedades fiscales que tienen lugar en el ámbito internacional que afecten o puedan acabar afectando a nuestro sistema fiscal español, y por tanto, a empresas españolas con presencia internacional o empresas extranjeras con presencia en España. Igualmente, el propósito de este blog es comentar y compartir con todos los lectores aquellos trabajos, estudios o artículos preparados por universidades y periódicos extranjeros especializados en fiscalidad internacional que aporten un punto de vista adicional y diferente a las fuentes tradicionales.