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Blog Novedades tributarias

Nuevas retenciones del Impuesto sobre la Renta 2015

Doctor en Derecho. Ponente del TEAC

La Ley 26/2014, de 27 de noviembre, ha establecido una reducción de la carga tributaria soportada por los perceptores de rendimientos del trabajo, rebaja que se intensifica en los contribuyentes con menores recursos o con mayores cargas familiares.

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Esta minoración es consecuencia de la nueva configuración de la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo, de la elevación del importe del mínimo personal y familiar y de la nueva escala de gravamen en la que se reducen tanto el número de tramos, de los siete actuales a cinco, como los tipos marginales aplicables en los mismos, minoración que se intensificará en 2016 mediante una segunda rebaja de los tipos marginales contenidos en dicha escala.

El efecto de la citada minoración implica una elevación en los importes que configuran el umbral de tributación, y, por lo tanto, de retención, lo que conllevará la correspondiente disminución de las retenciones o ingresos a cuenta efectivamente soportados por esta fuente de renta. Reducción que también resulta aplicable en determinada medida al resto de rentas.

Para atemperar el sistema de retenciones a cuenta a la nueva tributación, el Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo, procede a realizar la necesaria adaptación a partir de 1 de enero de 2015. El nuevo Real Decreto eleva los umbrales de retención e incorpora una nueva escala de retención con tipos marginales inferiores, suprime la deducción por obtención de rendimientos del trabajo, incorpora la nueva reducción general aplicable al efecto, y la incidencia de las anualidades por alimentos satisfechas a favor de los hijos por decisión judicial, al mismo tiempo que se regulan los requisitos para acceder al nuevo tipo fijo de retención minorado para administradores de entidades de menor tamaño, al tiempo que se desarrolla el pago a cuenta a efectuar en el caso de extinción, antes del transcurso de cinco años, de los denominados planes de ahorro a largo plazo.

La nueva Ley del IRPF ha aprobado igualmente tres nuevas deducciones en la cuota diferencial, de operativa análoga a la actual deducción por maternidad, que serán aplicables cuando el trabajador por cuenta propia o ajena tenga ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo, o forme parte de una familia numerosa, pudiendo solicitarse, igualmente, su percepción de forma anticipada.

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