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Nuevo régimen de ayudas a la agricultura y ganadería

Doctor en Derecho. Ponente del TEAC

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, que regula la aplicación, a partir de 2015, de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como la gestión y control de estos pagos y de los correspondientes al desarrollo rural. Se trata de una norma que abarca la práctica totalidad de las ayudas directas a la renta de los agricultores y ganaderos en el marco de la Política Agrícola Común (PAC), además de la ayuda nacional para los frutos de cáscara, y regula la solicitud, gestión y control de éstas y otras ayudas al desarrollo rural, con un presupuesto que para el período 2014-2020 ascenderá a 35.705 millones de euros.

Tres billetes de cincuenta saliendo de la tierra

La PAC renovada está más sensibilizada con el medio ambiente, da un mayor impulso a la incorporación de los jóvenes y promueve una reducción de las diferencias individuales en el nivel de ayuda, derivadas de la utilización de referencias históricas en el cálculo de las ayudas en el periodo anterior.

Ayudas agrarias incluidas

El término "pagos directos" agrupa a varias tipologías de ayudas agrarias, todas ellas estrechamente vinculadas, que en este nuevo periodo estarán integradas, como medida fundamental, por el Régimen de pago básico, que aglutina algo más de la mitad del presupuesto anual de pagos directos, para cuya aplicación la superficie agraria de España se ha dividido en cincuenta regiones con un potencial agrario similar.

En cada una de esas regiones se llevará a cabo hasta 2020 un acercamiento, progresivo y limitado, de los valores medios de ayuda por hectárea de cada agricultor con respecto a la media de la región en que se encuentra.

Dentro de los pagos directos se incluyen también los Pagos complementarios al pago básico, que contemplan dos tipos de ayudas como el pago por prácticas beneficiosas para el medioambiente -también conocido como "greening", capítulo al que se dedica el 30 por 100 del presupuesto nacional- y el pago para jóvenes agricultores, al que se destina el 2 por 100 de ese presupuesto.

Por último, se engloban en este capítulo las ayudas asociadas a sectores con especiales dificultades. Estas ayudas tienen carácter voluntario para el Estado miembro y España ha optado por destinar a este tipo de apoyo un 12,08 por 100 de los fondos anuales.

Los sectores apoyados son, particularmente, los ganaderos, pero también algunas producciones agrícolas como el arroz, los cultivos industriales como el tomate o la remolacha, o los cultivos proteicos para la alimentación del ganado.

"Agricultores activos"

Tal como se recoge en la nueva norma, los pagos se destinan a los "agricultores activos", es decir, aquellos que tienen una actividad económica mínima de la que obtienen ingresos agrarios, aparte de las propias ayudas, o, en su caso, que demuestren que realizan directamente y bajo su responsabilidad una actividad agraria, que consista en cultivar o criar ganado o en mantener en buenas condiciones las superficies de su explotación.

Además, como medida de simplificación, se implantará un régimen para pequeños agricultores que facilitará la tramitación de las solicitudes de menos de 1.250 euros de ayudas anuales.

A partir del próximo 1 de marzo se abrirá la ventanilla para que agricultores y ganaderos presenten sus solicitudes correspondientes a la campaña de ayudas 2015.

Cuenta con un presupuesto de 35.705 millones de euros para el periodo 2014-2020 e incluye los regímenes de pago básico y de pagos complementarios que contemplan dos tipos de ayuda: el pago por "greening" y el destinado a los jóvenes agricultores.

Los pagos se destinan a "agricultores activos" que realizan una actividad agraria de cultivo o cría de animales o de mantenimiento de su explotación en condiciones adecuadas. Las solicitudes de la campaña de 2015 se podrán pedir a partir del 1 de marzo.

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