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18/04/2024. 21:26:08

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Blog sobre Tributación Indirecta

El futuro del IVA y el comercio electrónico

Director y fundador de Spanish VAT Services Asesores

Una de las principales prioridades de la Comisión Europea en materia de fiscalidad es, sin duda, la unificación del mercado europeo en el ámbito del comercio electrónico.

Una persona e iconos de comercio electrónico

Esto afecta principalmente al IVA puesto que es este impuesto el que se aplica a todas y cada una de las ventas que se realizan por internet. Otra cosa distinta es aplicarlo de forma correcta. No me he cansado de repetir que el IVA en operaciones internacionales es un asunto complejo y lo puede ser aún más cuando los servicios involucrados son difíciles de calificar, lo que ocurre en muchos de los casos en los que las nuevas tecnologías juegan un papel fundamental en la realización del servicio.

Como consecuencia de la entrada en vigor de las nuevas reglas de localización para la prestación de servicios de telecomunicación, radiodifusión, televisión y los prestados por vía electrónica, que obligan  a gravar estas operaciones con el IVA del país donde se vayan a consumir los servicios, se puso en marcha un sistema de mini ventanilla única por el cual desde un Estado miembro se pueden declarar las cantidades del IVA que deberán ser ingresadas en cada uno de los otros estados.

El sistema consiste en que una empresa, por ejemplo, española que presta servicios a través de la red a particulares domiciliados en distintos países, estará obligada a ingresar el IVA que corresponda en cada uno de esos países. Con el fin de "facilitar" la gestión de todo esto, la compañía española podrá presentar una única declaración ante la Administración española indicando el importe de las ventas realizadas a particulares en cada país. A partir de este momento, las autoridades fiscales de los distintos estados distribuirán los ingresos fiscales según corresponda, lo que en la práctica consiste en permitir que un Estado miembro recaude los impuestos del otro. A esto se han opuesto de manera frontal desde un principio algunos países como Alemania. Esto obliga a las compañías a conocer el tipo de IVA aplicable en todos los países donde vendan con el fin de poder calcular de forma correcta el precio de venta final al cliente. Con las continuas subidas y bajadas de tipos que están teniendo lugar actualmente, este es el primero de una larga lista de problemas al que las empresas tienen que hacer frente.

Este sistema de mini ventanilla única ha sido un gran quebradero de cabeza para las pequeñas empresas que operan en internet a lo largo y ancho de toda la Unión Europea, siendo las empresas del Reino Unido las que más han dado la batalla hasta el punto de hacer reconsiderar a la Comisión su postura inicial de no permitir la aplicación de ningún tipo de umbral de exención para la aplicación del régimen.

Son muchos los asuntos que siempre han estado en el aire y aun así, la Comisión ha seguido adelante con su plan de llevar a cabo el sistema de mini ventanilla única. Además de los umbrales de exención a los que ya hemos hecho mención, existen otros temas muchos más complejos de resolver, por ejemplo, en muchos casos se hace complicado determinar cuando estamos realmente ante un servicio electrónico o ante otro tipo de servicio en el que la intervención humana pesa más que el componente tecnológico. Prueba de ello es, en mi opinión, el fracaso de este sistema. Para hacerse una idea de esto, podemos decir que en España tan solo se han registrado en este nueva sistema alrededor de 300 empresas, un número similar al de países mucho más pequeños como Dinamarca o Finlandia. El mayor número de registros ha tenido lugar en Reino Unido y Alemania pero aún así está muy por debajo de las expectativas iniciales. Por su parte, el número total de empresas registradas en toda Europa se sitúa alrededor de las 11.000 que es un número muy reducido en comparación con las cientos de miles de empresas que se dedican a la prestación de servicios a través de internet. A pesar de ello, la Comisión se muestra "muy satisfecha" por cómo ha funcionado hasta la fecha este nuevo sistema.

Se pretende extender este sistema de mini ventanilla única a las ventas de bienes por internet, y de esta forma, sustituir el actual sistema de ventas a distancia que se basa en la aplicación de umbrales de exención país por país, sobre el que se ha publicado un post en este blog.

El pasado mes de septiembre la Comisión Europea organizó en Dublín una reunión a la que pudimos asistir las partes interesadas y directamente afectadas por todo este proceso (empresas, organizaciones empresariales, asesores especializados en IVA etc). De la reunión se sacaron principalmente dos conclusiones. La primera y más importante es que no existe ningún tipo de unanimidad entre los Estados miembros sobre cuál es la mejor forma de extender el actual sistema de mini ventanilla única a la venta de bienes a través de internet. La segunda de ellas es que tarde o temprano esto va a ocurrir para lo que (y esto es una opinión personal) más vale solucionar los problemas que el sistema vigente tiene antes de extenderlo al resto de operaciones. De lo contrario, estaremos duplicando el problema y por lo tanto la inseguridad jurídica de ese inmensísimo número de pequeñas empresas y microempresas que a día de hoy continúa sin saber a qué atenerse.

Como se ha dicho más arriba, tarde o temprano esto ocurrirá. En mi opinión, más tarde que temprano y en ningún caso antes de los tres o cuatro años que se plantea la Comisión. Antes de eso será necesario cambiar la mentalidad de las autoridades de algunos estados miembros que no están dispuestas a permitir que sus impuestos sean recaudados por otros. Sin embargo, no todo el trabajo pendiente se sitúa en el lado de los Estados miembros. La Comisión debe facilitar el acuerdo entre ellos y debe solucionar muchas de las incongruencias que existen en el actual sistema. El IVA es una pieza fundamental para las arcas de los estados y en el futuro lo seguirá siendo con un mayor peso que el actual. De ahí que es obligación de todos encontrar un punto de común entendimiento.

En definitiva y en pocas palabras, no es buena idea empezar la casa por el tejado. Se hace necesaria una armonización de ideas y criterios,  así como algo de flexibilidad por parte de algunos Estados miembros y una gran dosis de paciencia por parte de la Comisión Europea. Las prisas nunca han sido buenas.

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Spanish VAT Services

La fiscalidad indirecta, especialmente en operaciones internacionales, puede llegar a ser sumamente sofisticada.

Los tributos indirectos y muy especialmente el IVA, son lo suficientemente complejos y afectan a un número tan amplio de operadores que merecen un trato y un análisis separado y diferenciado del resto de figuras impositivas. Es cada vez más común la diferenciación entre tributación directa e indirecta y el impacto que una y otra figura tiene en los distintos operadores económicos.

A pesar de que la neutralidad está en la propia esencia del IVA, y, por tanto, el Impuesto no debería tener impacto para sus sujetos pasivos,  la práctica nos dice que no siempre es así.

Este blog nace para tratar, comentar o analizar temas controvertidos, las principales novedades normativas y doctrinales o cualquier otro tema de actualidad  que surja en el ámbito de la imposición indirecta.

El blog está desarrollado por SPANISH VAT SERVICES ASESORES (www.spanishvat.es), firma independiente y pionera en España en la provisión de asesoramiento y soluciones en el ámbito de los tributos indirectos.