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25/04/2024. 23:40:54

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Cómo asegurarse de que el juez recuerda el alegato: las leyes de la memoria al servicio del abogado

Abogado. Experto en habilidades profesionales
@oscarleon_abog
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla

Podríamos definir la memoria como el sistema de procesamiento de la información que nos permite organizar experiencias pasadas y hacerlas accesibles cuando lo necesitamos, lo que se logra a través de procesos de almacenamiento, codificación, reconstrucción y recuperación de la información .

Una cabeza abierta

La memoria constituye una herramienta fundamental para el abogado, ya que a la hora exponer su discurso o interrogar a un testigo deberá evocar datos de diferente naturaleza necesarios para una exposición fluida del alegato o para formular preguntas adecuadamente, lo que no implica que éste deba exponerse de memoria, sino que dicha fluidez requiere que el orador pueda servirse de su memoria para evocar aquellas ideas, hechos o argumentos que le permitan construir adecuadamente el discurso.

La memoria se rige por diversas leyes, que son fundamentales para su más exacta comprensión. A continuación, vamos a examinar algunas de las más importantes, puesto que son numerosas las que se han formulado al respecto:

  • La Ley de la atención: Recordamos mejor en la medida en que mostramos mayor atención y concentración en el proceso de observación de la persona u objeto que deseamos memorizar. Se recuerda mejor en la medida que haya mayor atención y concentración.
  • Ley de la afectividad: Es más fácil recordar aquello que nos resulta más agradable, puesto que mostramos un mayor interés o deseo de conocerlo, lo que facilita su memorización.
  • Ley de la asociación o asimilación: Es más fácil recordar ideas en la medida que se asocien a otras existentes y consolidadas en la mente, ya que la evocación de estas «ideas base» podrán permitirnos arraigar la nueva idea en nuestra mente. Efectivamente, los recuerdos se reproducen mejor si van asociados a formas visuales o gráficas, determinadas experiencias o vivencias como los sonidos u olores, o a un lugar frecuentado, una persona, etc… Esta ley, centro de todos los sistemas mnemotécnicos, es quizás la más importante de todas ya que a través de la asociación comprendemos, y mediante la comprensión recordamos.
  • Ley de la repetición: La memorización de una idea se incrementa a medida que la repetimos, o lo que es lo mismo, la repetición de la percepción facilita que memoricemos más.
  • Ley del olvido o también conocido como ley de la latencia: Lo aprendido se olvida a un ritmo progresivo, digamos logarítmico. Si bien depende de diversas circunstancias, existe una progresión muy rápida del olvido en las primeras horas, más lenta a medida que transcurre el tiempo y, finalmente, queda un residuo que resiste al tiempo y que será el responsable de la eficacia de la ley de la asociación. Por lo tanto, evocaremos más y mejor una idea en la medida en que menos espacio temporal se produzca entre la percepción y la evocación.
  • Ley de extensión y de la codificación: Se memoriza más fácilmente si lo hacemos en unidades de elementos más pequeños y especiados en el tiempo.

Una de las aplicaciones prácticas más interesantes de la memoria consiste en aprovechar el conocimiento de sus leyes para asegurarnos de que nuestro alegato queda grabado en la memoria del auditorio, cuestión ésta ciertamente compleja, ya que dependerá de múltiples factores: la atención que esté prestando el juez; la hora de celebración del juicio; el momento de nuestra intervención, etc…, si bien podemos considerar como técnicas más adecuadas las siguientes:

En relación con la ley de la asociación o asimilación es conveniente realizar un informe bien coordinado en el que las ideas se encuentren muy bien organizadas, de modo que los argumentos estén en coherencia con hechos y pruebas. De esta forma, facilitaremos al auditorio que las ideas se recuerden con mayor facilidad por virtud de esta ordenación y coherencia.

Respecto de la ley de la repetición, debemos preocuparnos de repetir las ideas o argumentos fundamentales de nuestro alegato a lo largo del informe, de forma que por razón de dicha repetición, las ideas queden grabadas en la mente del juez. Por ello es altamente recomendable el empleo del exordio y la peroración, para reiterar las ideas básicas objeto de nuestra alegación.

La ley del olvido nos enseña que tras la exposición una parte considerable de nuestro informe se olvidará, si bien siempre quedará un residuo en la mente del juez de nuestro informe. Es precisamente nuestra labor asegurarnos que este residuo se componga de las ideas y argumentos principales, por lo que además de la repetición señalada anteriormente, deberemos ser breves, precisos y concisos en nuestra exposición.

En cuanto a la ley de extensión y de la codificación, qué duda cabe que nuestra exposición deberá realizarse de forma estructurada en la que se resalten las ideas principales de forma clara y precisa, con el fin de no transmitir un mensaje extenso e indivisible. Para ello, nos serviremos de un informe bien estructurado siguiendo las reglas propias de la división del informe.

En definitiva, aunque todo lo anterior pueda resultar lógico y de sentido común, lo cierto es que la memoria se rige por diversas leyes que los abogados debemos conocer y aprovechar, máxime cuando aquella juega un papel fundamental en nuestra actividad profesional, y muy especialmente en el momento culminante de la defensa de nuestros clientes: la exposición del informe oral.

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