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19/03/2024. 09:00:34

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¿Cómo puede el abogado refutar los argumentos adversos?

Abogado. Experto en habilidades profesionales
@oscarleon_abog
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla

En nuestro anterior post examinamos la primera fase de la argumentación del informe oral, llamada igualmente “argumentación”. Hoy vamos a tratar sobre la segunda fase del proceso argumentativo, más conocida como la refutación. Con su análisis, dispondremos de un conocimiento completo de este proceso, esencial en la elaboración y ejecución del alegato del abogado.

Dos abogados discutiendo delante del juez

Refutar, palabra procedente del verbo latino refutare, viene a significar rechazar, destruir o desbaratar, definiéndose en nuestro diccionario como contradecir impugnar con argumentos o razones lo que otros dicen, por lo que la refutación supone primero, una negación u objeción, para, posteriormente, pasar a esgrimir las razones que justifican dicha oposición.

Centrados en nuestra profesión, a través de la refutación, el abogado demuestra que los razonamientos y pruebas empleados por su adversario para sustentar su pretensión son inciertos, inaplicables, improcedentes o inútiles.

La refutación, sin ser tan importante como la argumentación, constituye un elemento esencial del informe, puesto que, como complemento de aquella, la refutación a través de un proceso de «destrucción argumental» evita que los argumentos y pruebas del adversario queden incólumes y sin contradicción alguna, riesgo éste que no puede correr el buen abogado. Además, la propia refutación constituye un elemento de refuerzo de la valoración probatoria que sostenemos, pues es ésta a la que inevitablemente debe llevar el proceso de refutación.

La refutación, que podrá ser anticipada (si el contrario no ha usado anteriormente el uso de la palabra) o posterior (cuando el adversario informó con anterioridad), requiere, previo al juicio,  un trabajo de estudio muy importante.

Efectivamente, durante este estudio, tendremos que seguir las siguientes fases:

1ª.- A través del estudio del asunto, descubriremos cuales son los argumentos, hechos y prueba con los que probablemente contará el adversario en su informe ordenándolos por importancia (en tal sentido, nos remitimos al proceso de preparación de la argumentación ya expuesta con detalle en nuestro anterior post)

2º.- Una vez conocidos los argumentos, tendremos que identificar las debilidades, contradicciones de dichos argumentos y sistematizarlos debidamente. Ojo, es conveniente limitarse a los más importantes, desechando aquellos accesorios o que, de una u otra forma, carecen de relevancia o que, incluso, admitimos.

3º.- Preparar todos nuestros argumentos que dispongamos contra los argumentos adversos, argumentos que lógicamente deberán encontrarse corroborados por la prueba (nuevamente, nos remitimos al proceso de elaboración argumental ya estudiado)

Con esta información, ya en el acto del juicio, nuestra refutación tendrá por objeto, con el apoyo de nuestros argumentos y a través siempre del correspondiente razonamiento, evidenciar la debilidad del planteamiento adverso y la solvencia del nuestro, siempre, insistimos, respecto de los argumentos principales, pues destruidos estos, quedarán igualmente los accesorios.

Ahora bien, puede ocurrir que durante el acto del juicio (especialmente si nos precede en la palabra el contrario) detectemos argumentos no descubiertos, bien porque no los percibimos con anterioridad o porque son nuevos. En estos casos, el abogado deberá emplear la habilidad de la improvisación y «construir para destruir». Por ello es muy recomendable que durante el informe de su adversario, lápiz en mano, vaya chequeando los argumentos que se van exponiendo de adverso.

Durante la refutación el abogado debe mantener un verdadero equilibrio emocional, manteniéndose tranquilo y en calma, transmitiendo seguridad y confianza en sí mismo. Perder los papeles y los nervios durante la refutación creará en el auditorio una penosa impresión contraria a nuestro objetivo. Esto es fundamental para actuar de forma técnica y razonada en la destrucción de los argumentos adversos. No obstante, ello no impide, como indica MAJADA, un estilo más vehemente que el del examen de la prueba, pues en natural el enardecimiento del lenguaje cuando el abogado se apresta a destruir las objeciones que se le hicieron.

Para concluir, señalar que la técnica de la refutación exige una formación y preparación constante por parte del abogado, conociendo las técnicas argumentativas y la forma de combatir los argumentos falsos y falacias, por cierto, muy habituales en el foro.

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