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20/04/2024. 16:21:39

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Los cuatro pilares de la inteligencia emocional del abogado: la autoconciencia

Abogado. Experto en habilidades profesionales
@oscarleon_abog
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla

La autoconciencia, primer componente de la inteligencia emocional, puede definirse como la capacidad del individuo de comprensión de las emociones, los puntos fuertes, las debilidades, las necesidades y los impulsos de uno mismo. Es por tanto el componente sobre el que se construyen las restantes capacidades de la inteligencia emocional ya que ésta se produce una vez la información afectiva entra en nuestro sistema perceptivo.

Cuatro columnas tras un hombre pensativo

Acorde con los trabajos desarrollados por Daniel Goleman (cuyos planteamientos nos orientarán a lo largo de este post) la autoconciencia, basada en el aforismo "conócete a ti mismo", está íntimamente relacionada con el grado de vigilancia o estado de alerta del sujeto que le permite disponer de una conciencia exacta de lo que nos está pasando (en el cuerpo) o está sintiendo (en la mente), y coincide con la participación del individuo en los acontecimientos y la información del ambiente que le rodea.

Al procesamiento de toda esta información es a lo que llamamos autoconsciencia.

Los efectos de la autoconciencia pueden resumirse en los siguientes:

1º.- Al ser conscientes nuestros sentimientos y comportamiento ante cualquier estímulo y de la percepción que los demás tienen de nosotros, este conocimiento, debidamente procesado, puede influir en nuestras acciones de forma que repercutan en nuestro beneficio. Ello es debido a que, la autoconciencia nos ayuda a comprender como respondemos, nos comportamos, comunicamos y funcionamos en diversas situaciones, lo que nos permitirá escoger la respuesta más adecuada a las circunstancias.
2º.- Al conocer el efecto que producen sus emociones en los demás, la persona autoconsciente sabrá actuar de la forma más propicia, acorde con su propósito.
3º.- La autoconciencia nos permitirá tomar decisiones beneficiosas para nuestro trabajo, pues al ser plenamente conscientes de nuestros puntos fuertes y debilidades, adaptaremos nuestra conducta a dicho marco de habilidades, y buscaremos la solución más eficaz.

Conforme a numerosos estudios realizados sobre la materia, puede afirmarse que las personas autoconscientes disfrutan de una serie de características y rasgos que pasamos a detallar:

  • Saben observarse en la acción y saber qué cosas les importan, como las experimentan, como se sienten y como los perciben, lo que les sitúa en la perspectiva justa para elegir mejor. Dicho de otra forma, saber evaluarse de forma realista.
  • Reconocen como afectan sus sentimientos a ellos mismos, a los demás y a su rendimiento y no le importa hablar a los demás sobre sus emociones.
  • Son francos en sus emociones, de modo que reconocen claramente sus errores y aprenden de los mismos.
  • Al conocer sus puntos fuertes y débiles asumen las críticas constructivas.
  • Saben calcular los riesgos de cualquier actividad que desarrollen, de forma que no suelen exponerse al fracaso.
  • Sus decisiones concuerdan con sus valores y son sinceras consigo mismas y con los demás.
  • Se valoran adecuadamente. Si una persona tiene poca autoconciencia o conocimiento de sí mismo ignorará sus propias debilidades y carecerá de la seguridad que brinda el tener una evaluación correcta de las propias fuerzas.
  • Son buenos trabajadores en equipo.

Una vez examinado el perfil de la persona autoconsciente, no hay duda en afirmar que todos y cada una de los rasgos citados son de plena aplicación al abogado, máxime si tenemos en cuenta la naturaleza y el contenido de la actividad que desarrolla, caracterizada fundamentalmente por la interacción continúa con otras personas (clientes, compañeros de trabajo, otros abogados y miembros de la Administración de Justicia) lo que constituye un foco permanente de un flujo de emociones tanto positivas como negativas.

Por tanto, el abogado debe ser consciente las sensaciones, sentimientos, valoraciones, intenciones y acciones que recibe o emite a modo de información sobre el mismo. Esta información le ayudará a comprender cómo respondemos, nos comportamos, comunicamos y funcionamos en diversas situaciones.

Veamos algunos casos prácticos:

En ocasiones, la interacción con el cliente genera en los abogados las más diversas emociones como frustración, ira, rabia, preocupación, confusión, etc…. Pues bien, el abogado autoconsciente sabrá orientar dichas emociones al conocer el efecto que las mismas tendrán sobre el mismo y sobre su cliente. Ante la frustración del cliente por los retrasos del caso, su desesperación ante un resultado adverso, sus dudas sobre la estrategia adoptada, etc…, el abogado, conocedor del vínculo de confianza que le une con éste cliente, sabrá moderar y adaptar la respuesta a la preservación de dicho vínculo.

Cuando el cliente le solicite una opinión sobre el asunto, el abogado, alejado de toda subjetividad, será honesto y sincero, explicando los riesgos del asunto. Igualmente, cuando el cliente le plantee la defensa de un asunto que el abogado sabe que no está capacitado para defender, así se lo hará saber, pues conocedor de sus limitaciones, actuará en consecuencia.

En relación de los jueces, en algún caso el juez se dirige al abogado de forma desagradable cuestionando con vehemencia (en ocasiones ante el cliente) su forma de tratar determinado aspecto del caso. En este supuesto se generará miedo, vergüenza, culpa y ansiedad que le demandarán dar una respuesta igual de vehemente. El abogado autoconsciente, reconoce de forma inmediata dichos sentimientos, los procesa y modela su respuesta a las circunstancias e intereses en conflicto, todo ello sin perjuicio, naturalmente, del ejercicio de los derechos que procedan en defensa de su dignidad profesional.

Igualmente, en ocasiones, el abogado de la otra parte se muestra retador, soberbio e incluso irrespetuoso con nosotros. En este caso, la rabia e irritación vendrán de la mano. Sin embargo, la conciencia de la situación, nos permitirá gestionar adecuadamente una respuesta que evite entrar en un juego pernicioso para los intereses de nuestro cliente o incluso la ruptura de las negociaciones.

También suelen producirse situaciones emocionales al interactuar con nosotros mismos. Tal es el caso de que después de años de trabajo y esfuerzo, nos llega la sentencia por la que se revoca la dictada anteriormente que nos daba la razón, y ahora tenemos que comunicársela al cliente. Decepción, desánimo, preocupación y ansiedad serán los compañeros de viaje especialmente hasta que se lo comuniquemos al cliente. Si nos conocemos adecuadamente, sabremos cómo gestionar estas emociones de modo inteligente y práctico.

Otro supuesto puede producirse cuando el trabajo nos absorbe y no disponemos de tiempo para sacer los asuntos adelante y cumplir con los vencimientos y señalamientos. En estos casos, en los que la persona está estresada, llegará la ansiedad y desesperación debido a la impotencia en la que se encuentra. Pues bien, el sujeto autoconsciente, conocedor de sí mismo, se organizará y planificará su trabajo para cumplir adecuadamente con los plazos.

En definitiva, como vemos, existen numerosos supuestos en los que el abogado puede hacer uso del conocimiento sobre su mismo, por lo que si poseemos un alto grado de autoconciencia, podremos observarnos mientras actuamos con nosotros y con terceras personas e influir sobre nuestras acciones para que resulten beneficiosas.

Concluyo con una frase y una pregunta:

"La Ley es interacción humana que se produce en climas emocionales. Todo abogado que pueda comprender que emociones están presentes y por qué, dispone de una gran ventaja" Peter Salovey

¿Eres un abogado autoconsciente?

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