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28/03/2024. 11:21:53

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Cómo ser youtuber y no morir en el intento

Socio fundador de Avezalia, firma especializada en el asesoramiento jurídico integral TIC

Las redes sociales padecen las modas. Hoy se lleva ésta y mañana estará de moda otra. Lo cierto es que cada vez escribimos y leemos menos. Nos gusta la inmediatez, y claro, YouTube cumple todas esas premisas. Que queremos saber cómo se hacen unos huevos fritos, pues en lugar de leer grandes e ilustrativas recetas, mejor ponemos un tutorial en YouTube que, cuanto más breve, mejor. Y así nacen los Youtubers, que a base de seguidores terminan haciéndose profesionales y ganan dinero subiendo videos.

Logo Youtube

Pero como todo en la vida, no están exentos de asumir la ley, por mucho que siga pareciendo a la fecha en la que estamos que Internet sea un mundo sin ley. Que no señores, que hay que cumplir la ley aquí y en Pekín.

Así, es primordial para aquellos youtubers españoles cumplir con la normativa de los servicios de la sociedad de la información, recogido en la Ley 34/2002, ya conocida por todos como LSSI. Así, los youtubers deben identificarse a fin de que los usuarios puedan comunicarse con ellos. Si el youtuber cuenta con una web (lo que ocurrirá en los casos de youtubers profesionales), con la remisión a dicha web donde conste los datos, es más que suficiente. Si no es así, deberá mostrar los datos en algún momento del video, a modo de título de crédito, que animo a meter algo de creatividad al estilo de las mejores películas de cine, que todo suma a la hora de conseguir followers.

Si el youtuber es ya un profesional y tiene web propia, además de lo anterior deberá tener una política de privacidad, adecuar su actividad a la normativa sobre protección de datos personales, y una política de cookies.

En Internet se debe tener respeto por el contenido de terceros. Tendemos a creer que todo lo que está en Internet es de libre acceso y puedo disponer de ello como me plazca. Flaco error amigo. Hay que obtener el permiso de sus autores para poder disponer del contenido, a no ser que expresamente digan lo contrario. A algunos les gusta que les copie, a otros no tanto. Y a estos últimos los juzgados les da la razón, y no sin motivos.

Otras de las normas que se debe cumplir es la Ley General de Publicidad, es decir, que no sea engañosa, ilícita, etc. Es precisamente en la publicidad donde los youtubers sacan tajada a su trabajo, al recomendar marcas y productos y recibir por ello una contraprestación, ya sea en efectivo o en especie.

Y cuidado con desprestigiar a la competencia de la marca o producto que anunciamos, ya que las personas jurídicas también tienen honor, pues bien caro le habrá costado tener una buena reputación en el mercado para que un influencer venga a calumniarla. Y eso se cuantifica, y bien caro.

El youtuber, al estar realizando una actividad económica, debe darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y, lógicamente, en Hacienda, donde como mínimo va a tener la obligación de llevanza de los libros contables y la declaración trimestral de, al menos, el IVA.

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