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16/04/2024. 21:54:47

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¿Cuándo hay que cumplir con la LOPD?

Socio fundador de Avezalia, firma especializada en el asesoramiento jurídico integral TIC

Todo el mundo ha oído hablar, en mayor o menor medida, de la famosa LOPD, de la legislación de protección de datos, de la Agencia Española de Protección de Datos y de las importantes multas que pueden imponerse. Sin embargo, la mayoría piensa que estamos ante un tema muy lejano y que son otros los que deben cumplir con esta normativa.

Ley de Protección de datos

No obstante, si continuáis leyendo, os sorprenderéis de los casos en los que no sólo hay que conocer esta normativa sino también en la que hay que cumplirla.

Empresas y profesionales, decididamente sí.

Todas las empresas están obligadas a cumplir con la LOPD y su Reglamento en el desarrollo de su actividad empresarial siempre que traten datos personales durante la misma. Además, debemos entender el término empresa en un sentido amplio, como sinónimo a persona jurídica, esto es, sociedades, asociaciones, fundaciones… Del mismo modo, también están obligados a cumplir con la legislación de protección de datos los empresarios que empleen datos personales en el desarrollo de su actividad profesional.

¿Qué pasa con l@s fashion bloggers?

En muchas ocasiones, aunque no se lo hayan planteado previamente, l@s bloggers cruzan la difusa raya entre el amateurismo y el profesionalismo y pasan a formar parte de la industria de la moda. Es en este momento cuando se tienen que plantear si deben o no cumplir con la normativa de protección de datos.

¿Cómo saber si hay que cumplir la LOPD?

El elemento esencial para saber si hay o no que cumplir con la LOPD es si, en el ejercicio de su actividad, el blogger recoge y usa datos personales.

Sí la respuesta es afirmativa, habrá que cumplir. Si la respuesta es negativa, no será necesario cumplir.

No obstante, dadas las especiales características que tiene esta industria y la necesidad de crear una comunidad de usuarios y gestionarla con la finalidad última de promocionar la venta de prendas y accesorios, se antoja complicado que haya bloggers que no traten datos personales, máxime cuando una cuenta en una red social se valora por las empresas atendiendo, casi en exclusiva, al número de followers.

Si a ello unimos las interacciones individuales con los mismos (respuesta a comentarios o mensajes directos, por ejemplo), la posible existencia de newsletters en el blog o la realización de concursos o sorteos… se confirma tanto la recogida como el tratamiento de los datos personales que determinar la obligación de cumplir tanto con la LOPD como con su Reglamento.

Moraleja…

Si eres fashion blogger, ganas dinero o reciben pagos en especie (regalos, básicamente) y cuentas con una comunidad de followers con la que interactúas, has de saber que debes cumplir con la legislación sobre protección de datos y todo lo que ello conlleva.

Fuente: Avezalia

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