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28/03/2024. 15:28:28

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El correo electrónico como prueba

Socio fundador de Avezalia, firma especializada en el asesoramiento jurídico integral TIC

A raíz del caso Urdangarín, se ha puesto muy de moda la cuestión planteada en el titulo de este post: el correo electrónico como prueba. Hace ya más de diez años debatía con entonces un cliente informático, hoy amigo, sobre la validez del correo electrónico como prueba en juicio. Él me comentaba que los correos electrónicos eran fácilmente manipulables. Todo surgía a razón de un procedimiento donde las únicas pruebas que teníamos eran, precisamente, correos electrónicos. Fue un asunto bastante interesante, no ya por la novedad, que también, sino por la solución final que encontramos para dar validez a los correos, y que la otra parte no nos lo pudiera impugnar por esa facilidad de manipulación de la que hablamos. Y funcionó.

Símbolo de correo electrónico

La cuestión hoy en día es de vital importancia, pues el uso del email está completamente extendido, no solo para uso privado. Tanto es así que incluso los contratos se celebran a través de este medio, lo que ha traído como consecuencia el haber dejado a un lado a la figura del tercero de buena fe creada por la Ley de Internet para dar validez a los contratos celebrados telemáticamente (que buenas ideas de negocio se vieron en su día y que el devenir frustró).

El email es otro medio de prueba más, admitido como tal por la ley. Su manipulación es posible, y algunos por esto se ponen las manos en la cabeza y se preguntan si deben ser válidos en juicio. Señores, también es manipulable cualquier otra prueba, y no por eso nos ponemos las manos en la cabeza. La cuestión es otra. Estamos ante una prueba electrónica, y como tal debe ser tratada. La admisión de la impresión del email en papel debe estar respaldada por el soporte electrónico donde quedó alojado. El uso de la firma digital en los correos electrónicos no es que no sea viable, sino que es incómodo para el usuario, que quiere inmediatez, motivo por el que no se cristaliza en la sociedad. Y hoy más con los Smartphone. Por tanto, y hasta que eso ocurra, es decir, ante la falta de veracidad del correo por su inalterabilidad, debemos estar a lo que tenemos, y lo que tenemos no es otra cosa que servidores y discos duros. Vale, lo sé: aun así, sigue siendo posible su modificación.

Comentaba este amigo-cliente que se puede modificar todo, hasta la firma electrónica. Esto si que me produce inseguridad y agobio. Como él decía, si son capaces de entrar en el Pentágono, ¿no va a ser posible modificar una firma electrónica? Sí, tiene razón. Menos mal que son pocos los que saben realizar tal hazaña, y por suerte para ellos hoy están trabajando dentro del edificio de cinco puntas.

Desde entonces fui escrupuloso a la hora de presentar emails como prueba, aportando a tal efecto el código fuente de los mismos, y dejando constancia de los servidores, si es que aun estaban en ellos, o en el disco duro en caso contrario (o ambos, para mayor adveración). Pero como la protocolización del código fuente era muy cara, por lo extenso del mismo, muchos preferían arriesgarse y presentar la fotocopia, cosa que era admitida!!, para mi asombro. Nunca estuve en el lugar de poder impugnar dicha prueba, pues bien lo hubiera hecho. Ahora, y después del polémico caso del yerno de marras, seguro que se dejarán de presentar la fotocopia sin más, y en algunos casos hasta veremos cómo son inadmitidos per se los emails. Tiempo al tiempo.

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