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28/03/2024. 13:36:06

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Fashion Law o Derecho de la Moda: el caso de la marca

Socio fundador de Avezalia, firma especializada en el asesoramiento jurídico integral TIC

El Fashion Law nace con la intención de quedarse. Todos los sectores de actividad necesitan cada vez más especialistas que provean soluciones ante la complejidad legislativa y las particularidades de cada sector.

Maniquí y balanza

Hoy traemos a colación el caso del diseñador Ángel Fernández, más conocido por su marca Ángel Schlesser, qué el mismo inventó y que ha dirigido durante más de 30 años.

En la edición de la Mercedes Benz Fashion Week de Madrid del pasado año, el diseñador no acudió junto a su colección. Parece que el motivo fue ciertas desavenencias con su socio y la anterior venta del 75 por 100 de las participaciones de su empresa.

Y resulta que su marca formaba parte del activo de su empresa, estando registrada a nombre de ésta, estando vetado su uso por su propio creador, si las consignas de la empresa son distintas a las queridas por el diseñador.

Y es que la Propiedad Industrial da derechos en exclusiva a su propietario, en este caso la empresa, y por el juego de mayorías en las participaciones, resulta que su real creador queda fuera del juego, sometido a las nuevas directrices que marque la empresa que él creo. 

¿Qué es lo recomendable en estos casos?

Nuestra recomendación para todos aquellos diseñadores que empiezan es que registren su marca a su nombre, para de esta manera quede siempre dentro de su ámbito de dominio. Y en el caso que vaya creciendo la misma, no hay inconveniente que forme parte del activo de una empresa, siempre que se realicen clausulas de salvaguarda.

Registrar una marca debe ser visto como una inversión y no como un gasto. Si no se realiza, cualquiera te lo puede quitar, y de nada sirve que puedas demostrar su autoría con su uso anterior.

Incidir que las marcas pueden ser denominativas (solo el nombre), gráfica (logotipo que debe contener rasgos distintivos que identifiquen el producto o servicio que se pretende proteger) y mixta (conjunción de las dos anteriores).

Para no incurrir en gastos innecesarios, es conveniente hacer una búsqueda de posibles marcas parecidas a la que se pretende registrar, lo que resulta fácil si es denominativa, complicándose respecto a marcas gráficas.

En el mundo de la moda es muy común acudir a anglicismos, por lo que es recomendable realizar también una búsqueda por semejanza fonética, que la propia OEPM se encarga, siempre previo pago.

El tiempo de protección que confiere la marca lo es por diez años. Llegada la fecha de expiración, la OEPM te avisa para que la puedas renovar con antelación. Hasta entonces, el diseñador solo debe preocuparse de lo que mejor sabe, crear.

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