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24/04/2024. 22:21:46

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Guía práctica sobre comercio electrónico: lo que hay que saber sobre el e-commerce

Socio fundador de Avezalia, firma especializada en el asesoramiento jurídico integral TIC

Si nos quitamos el cliché de que lo electrónico es diferente y, por ende, más complejo, podemos observar como no difiere mucho de lo que ya conocemos. Como es lógico, el campo normativo es más amplio, que no más complejo, pues el e-Commerce o Comercio Electrónico sobresale el ámbito local e incluso nacional, para traspasar fronteras a golpe de un clic.

Concepto de comercio electrónico

Hay quienes aun no confían mucho en aquello de comprar por Internet. Y no les faltan razones, si bien lo único que hay que seguir son unas pautas de conducta que aseguren nuestra compra. Para empezar, hay que dudar de aquellas webs extranjeras (fuera de la UE), pues solo en Europa y Estados Unidos se cumplen con unos criterios de seguridad jurídica altos, y a veces ni eso, por lo que una buena recomendación es la de comprar en webs españolas, no solo por seguridad, sino también porque fomentándolas conseguimos un mayor impulso económico de nuestro país.

Pero, ¿qué debemos saber del comercio electrónico? Para empezar es conveniente identificar a la empresa o profesional que está detrás de la web a la que accedemos para comprar –aviso legal-. Si no encontramos los datos por ninguna parte, no es que haya que sospechar, hay que correr. Importante es tener acceso a las condiciones de compra, las cuales no está de más leerlas, ya sea a grosso modo, pues luego no podemos alegar lo que no hemos leído. Si bien las Condiciones Generales de la Contratación son aceptadas sin que el consumidor pueda modificarlas en parte, sí que serán nulas aquellas que se tengan por abusivas, definiéndose como tales según el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aquellas cláusulas no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes.

También es importante que la web nos ofrezca un canal de comunicación con el vendedor, que no sea especialmente gravoso, y que facilite mayor información o sirva de apoyo para cualquier posible reclamación.  

Al igual que la publicidad en cualquier medio, una web mercantil es otra vía más de dar a conocer un producto o servicio, por lo que le es de aplicación plenamente la Ley General de Publicidad. Así, cualquier oferta que aparezca en dicha web, vincula al anunciante, por lo que dicha publicidad deberá ser fiel reflejo de la realidad y, por supuesto, no ser ilícita (que atente contra la dignidad de la persona; la dirigida a menores incitándoles a la compra de un bien o servicio; la publicidad subliminal; la que infrinja lo dispuesto en la normativa que regule la publicidad de determinados productos, bienes, actividades o servicios, como los productos sanitarios; la publicidad engañosa, desleal y la agresiva, a la que se la aplica la Ley de Competencia Desleal).

Una vez nos decidimos por adquirir el producto o servicio, debemos formalizar el contrato, para lo que tenemos que dar nuestro consentimiento. Aquí rige diversas normas, desde el Código Civil, el Código Mercantil y, más específicamente, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, conocida por sus siglas LSSICE, que confiere ésta última que el contrato electrónico tenga la misma validez que lo tendría off-line. En este apartado es importante saber cual es el lugar de celebración del contrato, ya que el comprador puede estar en Gijón y el vendedor en Sevilla. Pues bien, si interviene un consumidor, se presume celebrado en el lugar en que éste tenga su residencia. Si el contrato se celebra entre empresarios o profesionales, el lugar en que tenga su establecimiento el prestador de servicios, salvo pacto en contrario.

Para formalizar la compra hay que dar parte de nuestros datos personales, por lo que otro requisito que debe cumplir la web es su adecuación a la normativa sobre protección de datos –política de privacidad-, dándonos traslado de la forma en la que ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Si la web es extranjera, debemos comprobar que el país de origen de la misma cumple con la normativa (en la UE sin problemas).

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