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24/04/2024. 23:10:44

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¿Protegemos o no protegemos al internauta?

Socio fundador de Avezalia, firma especializada en el asesoramiento jurídico integral TIC

¿Protegemos o no protegemos al internauta?

El tema que me planteo hoy sobre si debemos de proteger al internauta o ha de ser la propia red la que ha de protegerse a sí misma, viene motivado por la iniciativa norteamericana de obligar a los blogueros, bajo pena de multa, de informar a sus usuarios de las relaciones que tengan con las empresas de cuyos productos o servicios escriben.

Información blog-empresa-producto posteado.

A partir del 1 de diciembre del presente año, los blogs deberán informar de forma conveniente sobre las relaciones que puedan tener con las empresas o profesionales de cuyos productos o servicios blogueen en sus posts.

Al respecto, se aclara que los blogueros podrán cumplir con la obligación de información de la forma que estimen oportuna siempre que se haga de modo claro y evidente y resulte clara la vinculación comercial blog-empresa-producto posteado.

Multas por falta de información.

En caso de incumplimiento de dicho obligación de información, la FTC podrá imponer multas de hasta 11.000 dólares, a los titulares de las bitácoras infractoras.

Del mismo modo, los blogueros se arriesgan a sanciones en los casos de que efectúen críticas inapropiadas de productos que conlleven pérdidas financieras para los consumidores.

La sempiterna cuestión… ¿legislar o no legislar la blogosfera?

Estamos ante un tema que nos vuelve a la eterna tensión sobre la regulación de la red en general y de la blogosfera en particular, y en la que son evidentes dos grandes bloques claramente enfrentados.

Dentro de la primera corriente de opinión se encuentra Enrique Dans, que ha calificado la medida de "espectacular error", y que aboga por dejar que sea la propia red la que ponga a cada uno en su sitio, evitando el desarrollo legislativo.

Del otro lado se encuentran aquellos que abogan por un férreo control de todas las actividades que tengan tintes económicos con la finalidad de evitar perjuicios a la parte más débil: los consumidores (en este caso internautas).

Siempre que las opiniones surjan y se defiendan bajo la única premisa de dar una solución definitiva al problema de la defensa del internauta de a pie, considero loables ambas corrientes.

No obstante, en mi opinión de letrado (por aquello de que tenemos los colmillos retorcidos por la deformación profesional y la mente sucia de tanto pensar en eventuales situaciones problemáticas) considero que la solución a adoptar ha de tener en cuenta, cuanto menos, los siguientes parámetros:

  1. A pesar de que los grandes del mundo de las bitácoras tengan y mantengan una ética profesional fuera de toda duda, no es descartable la existencia de otros personajes de no tantos escrúpulos.
  2. Los blogs que generan con sus posts cantidades dinerarias dejan de estar en la esfera meramente amateur y pasan a convertirse no sólo en medios de influencia muy poderosos, sino también en lucrativos negocios.
  3. El destinatario último de cualquier tipo de regulación ha de ser la parte más débil, en este caso, el usuario o internauta, a los que es necesario proteger, hasta cierto punto, de prácticas que distorsionen la libre competencia.

Con todo ello, será cierto aquello de que en la red es más rápido coger a un mentiroso que un cojo, pero no es lo menos que, a pesar de que al final caigan los tramposos, en el ínterin algunos ganas mucho dinero y otros muchos se pueden sentir perjudicados, cuando no engañados.

Con todo ello, siempre mantendré la misma postura: en el punto medio está virtud.

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