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19/03/2024. 04:57:05

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A vueltas con el fútbol

Hace unas semanas estalló la noticia de que Telefónica había adquirido a Mediaproducción, S.L.U. (más conocido como Mediapro) los “derechos del fútbol”, concretamente, los derechos de emisión de la Liga de Fútbol Profesional (LFP), la UEFA Champions League y la UEFA Europa League.

Balón en estadio de futbol

En otras palabras, Telefónica pasaría a ser el único operador en España que ostentaría derechos de retransmisión de fútbol.

Naturalmente, este asunto tiene consecuencias en materia de competencia, especialmente teniendo en cuenta que estaríamos hablando de la aglutinación de derechos futbolísticos por parte de una única entidad mercantil.

Así las cosas, como ha venido dictando la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) a lo largo de varios años, Telefónica adquiriría el compromiso de llevar a cabo una "oferta mayorista de canales propios de Telefónica". Y es que Telefónica estaría obligada a poner a disposición de otros operadores de televisión de pago en España una oferta de canales propios premium. Así, cada operador de televisión podrá adquirir hasta un máximo del 50% del número total de canales que integren la oferta.

Dicho esto, para analizar qué canales propios podrían entrar en la "oferta mayorista" debemos atender a la definición propuesta en la resolución de la CNMC al Expediente citado anteriormente. Por tanto, se considerará canal premium "aquel que cuente con contenido de estreno en exclusiva de las Majors cinematográficas o eventos deportivos en directo de la Liga de Primera División de fútbol, Copa de S.M. el Rey de fútbol, Champions League, Europa League, Campeonato del Mundo de Fútbol, Campeonato Mundial de Baloncesto, Fórmula 1, Moto GP y los Juegos Olímpicos".

Sensu contrario, quedarían excluidos de lo que se entiende por canal premium aquellos canales cuyo contenido se limite a eventos futbolísticos de segundo orden o de competiciones extrajeras (por ejemplo, Liga de Segunda División de fútbol o cualquier competición nacional de clubes no española).

De lo anterior se deduce que Telefónica quedaría obligada a permitir que otros operadores de televisión accedan a la oferta mayorista, adquieran y emitan en sus propias plataformas ciertos canales del actual MOVISTAR+.

Para llevar a efecto la adquisición de dichos canales, el tercer adquirente interesado deberá presentar a Telefónica una solicitud formal, estando Telefónica obligada a dar una respuesta en el plazo de 1 mes.

En orden a presentar la solicitud formal, así como para conocer los términos y condiciones específicos de cada canal ofertado, Telefónica tiene la obligación de publicar en su página web unas "Condiciones Tipo de Referencia". Esta obligación viene impuesta con la finalidad de dar cumplimiento a los fines de transparencia y no discriminación a los que se compromete Telefónica. No obstante, estas Condiciones Tipo no son tan fácilmente accesibles como cabría imaginar.

No obstante todo lo anterior, parece que Telefónica podría albergar los canales de beIN SPORTS como contenido ajeno, evitando que la compra se pudiera producir por terceros. Así es como se está publicitando MOVISTAR+, que ha informado a sus usuarios que "Esta temporada disfruta gratis de toda la UEFA Champions League y la UEFA Europa League con beIN SPORTS en MOVISTAR+ en el dial 50".

Si bien entendemos que el acuerdo entre Telefónica y Mediapro se ha configurado con estricto respeto a la legislación vigente, tendremos que esperar al pronunciamiento de la CNMC para identificar las consecuencias que tal acuerdo tendría para la libre competencia.

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