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19/03/2024. 12:22:41

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Artículo sobre los cambios que modificará parcialmente la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, del 28 de abril de 2010

consultor de ECIJA

El objetivo de esta nueva ley que modificará en parte la ley vigente que databa del año 2010, es en primer lugar el de adaptar a España a la normativa europea, cuya última directiva 2015/849 del 20 de mayo tenía como plazo de transposición límite la fecha del 26 de junio de 2017. Además el Gobierno aprovechará para incluir algunas de las novedades de la quinta directiva de Blanqueo cuya publicación se prevé en el primer semestre de este año 2018. Esta nueva ley contribuirá a reforzar la lucha contra las distintas formas de delito económico mediante el Blanqueo de Capitales y el freno a la financiación de actividades terroristas.

Blanqueo capitales

Principales cambios

Se incorporarán nuevos colectivos afectados por la ley a los que ya figuraban en el artículo 2.1 de la ley 10/2010, estos nuevos sujetos obligados deberán aplicar todas las medidas dispuestas contra el Blanqueo de Capitales, y  serán aquellos que intermedien en alquileres cuya renta mensual supere los diez mil euros y también las plataformas de financiación participativa conocidas como crowdfunding.

Esta nueva ley también quiere desarrollar mecanismos para poder facilitar las denuncias de los incumplimientos de la normativa de prevención del blanqueo de capitales. Así, las sociedades/entidades sujetas a la legislación deberán crear canales de denuncia interna o mecanismos similares. De igual modo, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) tendrá un sistema para recibir, canalizar y analizar las denuncias.

Especial mención merecen los abogados y otros profesionales y sociedades que se dediquen a la prestación de servicios de asesoría a empresas, pues estarán obligados a su inscripción en el registro mercantil. El no cumplimiento de la obligación descrita podría llegar a estar sancionado hasta con multas de más de 6.000 euros. También deberán proceder a su registro todos los profesionales que ejerzan funciones de fideicomisario en un fideicomiso o cualquier otro instrumento jurídico de similares características. 

Se modificará igualmente el contenido del fichero de titularidades financieras, cuya creación tenía la finalidad de poder prevenir e impedir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Este fichero en la actualidad contiene los datos de aperturas o cancelaciones de cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas de valores y de depósitos a largo plazo y con la reforma se pretende incluir en este fichero las cuentas de pago y las cajas de seguridad.

La nueva ley también contempla reforzar los controles que se llevan a cabo para las personas con responsabilidad pública, equiparando los dos grupos que la Ley anterior clasificaba, siendo toda persona de responsabilidad pública (ya sea nacional o extranjera) considerada como cliente de riesgo alto.

La nueva ley también proveerá de un nuevo sistema y metodología que consistirá en el establecimiento de nuevas bases comunes de almacenamiento de datos recabados por los sujetos obligados en los diferentes procesos de identificación llevados a cabo. Novedad encaminada a clarificar la interacción entre la normativa de protección de datos y la normativa de prevención del blanqueo de capitales, para aclarar la interacción que existe entre ambas normas y precisar con mayor exactitud las obligaciones de los sujetos obligados en función del tipo de datos a tratar.  

La nueva legislación modifica también el régimen sancionador por incumplimiento de la normativa de prevención de blanqueo de capitales y de  financiación del terrorismo, siendo los principales cambios que las multas pasan del 5% del patrimonio neto que tenga la sociedad al 100% del volumen de negocio tanto de la sociedad como si esta forma parte de un grupo consolidado pudiendo hacerse efectiva al grupo. Así mismo las sanciones mínimas no se ven afectadas al considerarse que dicho importe es adecuado.

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