LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

28/03/2024. 09:42:21

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Blog ECIJA 2.0

El Tour de Google comienza en Francia

Logo de Google y una persona andando en bici.

El gigante de internet Google está siendo obligado a revisar sus “Google cars” en cuanto al tratamiento y captación de datos se refiere para el servicio “Street View”. La carrera no ha hecho más que comenzar y, el pistoletazo de salida lo acaba de dar nuestro país vecino.

Si mezclamos la cartografía llevada a la modernidad con las nuevas tecnologías e internet, obtenemos como resultado el buscador de geolocalización más famoso del mundo: "Street view" de Google. ¿Quién todavía no sabe lo qué es?

Esta herramienta de gran utilidad, pensaremos muchos, ha entrado en nuestras vidas de una forma muy cómoda, pues ofrece al usuario facilidad en el acceso, rapidez y gratuidad del servicio, lo que le permite localizar de una forma visual, en tres dimensiones y con imágenes reales, dónde se encuentra el sitio al que quiere ir a cenar, cómo es la calle donde se le ha citado, así como todas las preguntas y/o variantes de la curiosidad geográfica.

"Street View" ha hecho aumentar en los últimos años la popularidad de la compañía, pero Google se está viendo obligada a revisar la forma de prestar este servicio, debido a la polvareda que están levantando algunos organismos dedicados a la seguridad en la red.

Así, la semana pasada, Google recibía el primer varapalo por este servicio: la Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL), organismo encargado de velar por las libertades en la Red en Francia, hacía público, a través de su página web, un comunicado oficial anunciando que Google sería sancionada con una multa de 100.000 euros, récord en el país galo para una sanción de ese tipo, habiéndose considerado, además, como agravante el hecho de que Google no hubiera cooperado durante las investigaciones efectuadas por la CNIL.

Y la pregunta siguiente cuando uno ve este titular es: ¿Qué ha hecho Google para merecer tan fuerte sanción? Pues bien, la respuesta es el asunto que trae de cabeza a la compañía desde hace meses.

A lo largo del año 2010 y lo que va de 2011, diversos organismos nacionales ubicados en varios continentes, han puesto de manifiesto públicamente que se ha verificado la captación por Google, a través de los "Google cars" utilizados para prestar el servicio de Street View, de datos de localización de redes WiFi con identificación de sus titulares, datos personales del contenido de las comunicaciones de diversa naturaleza, como direcciones de correo electrónico (con nombre y apellidos), mensajes asociados a dichas cuentas y a los servicios de mensajería, códigos de usuario y contraseñas con datos personales, accesos a cuentas de redes sociales, e incluso, en algunos casos, parece ser que se ha llegado a la captación de datos que permiten el acceso a datos especialmente protegidos.

Países como Francia, España, Países Bajos, Irlanda, Nueva Zelanda y Corea del Sur han abanderado las investigaciones a las que la compañía y sus filiales nacionales están siendo sometidas.

En el comunicado hecho público en Francia, el secretario general de la CNIL ha manifestado que Google alega que recogió los datos "por error" a partir de "redes inalámbricas (WiFi) no protegidas" y que una vez cerrado el caso, el gigante de Internet procederá a la destrucción de esos datos, pues han sido obtenidos de manera ilícita.

En España, durante el mes de mayo de 2010, la AEPD comenzó a realizar investigaciones a Google en relación con una denuncia realizada por el gobierno alemán que alertaba de esta captación de datos personales. De manera paralela, no obstante, la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa archivaba en septiembre del mismo año sus investigaciones por estos mismos motivos, al considerar que la captación de información había sido aleatoria y fragmentaria, y que los datos guardados no habían sido objeto de ningún tipo de tratamiento, de modo que al no haber sido utilizados ni analizados las actuaciones de Google no eran constitutivas de delito.

Sin embargo, y tan solo un mes después del archivo de las investigaciones por la Fiscalía, en octubre de 2010, la AEPD, tras constatar la existencia de indicios de comisión de dos infracciones graves y tres muy graves de la LOPD, por la captación y almacenamiento de datos personales sin consentimiento, por parte de Google Spain e Inc. (matriz del grupo), dio traslado al Juzgado de Instrucción Nº 45 de Madrid del informe final de inspección, suspendiendo, conforme a la legislación de Procedimiento Administrativo, la tramitación del expediente sancionador hasta que el órgano judicial dicte resolución.

Por consiguiente, y, una vez que recaiga resolución judicial, la AEPD reanudará el procedimiento administrativo en la fase de instrucción del mismo, para valorar si Google Spain e Inc. deben ser sancionadas por varias infracciones de la LOPD.

No cabe plantearse, por tanto, que la AEPD tenga en cuenta, como alternativa a las astronómicas multas para las infracciones graves, la figura del apercibimiento recogida en la actual Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, pues sólo sería aplicable como alternativa a la multa, y de forma excepcional, cuando no se hubiera iniciado el procedimiento sancionador.

A juzgar por las conclusiones de la instrucción del procedimiento sancionador seguido contra Google Spain y Google Inc., la AEPD se ha tomado este asunto muy en serio, si bien, no podemos olvidar que una sanción así sería también para nuestro organismo nacional la mayor sanción económica impuesta hasta la fecha (recordemos que las 5 infracciones que se les imputan implican sanciones graves y muy graves que podría suponer para la compañía, en caso de quedar demostradas todas ellas, el pago de una cantidad superior al millón de euros, en el mejor de los casos, cifra muy superior a la sanción francesa).

En cualquier caso, la polémica está servida y, sin duda, este caso despierta, cuanto menos, el interés para todos los que somos usuarios de "Street View".

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.