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28/03/2024. 13:40:49

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¿Para qué sirven los ‘Smart Contracts’?

Abogado de ECIJA

Símbolo de Internet

¿Qué son?

Los "Smart Contracts" o contratos inteligentes, son contratos escritos en lenguaje de programación que sustituyen a los contratos tradicionales o pueden complementarse con los mismos. La característica principal de éstos, es su peculiar redacción y funcionamiento. En cuanto a la primera, podemos decir que sustituyen la compleja redacción jurídica por simples cláusulas que consisten en describir un supuesto de hecho, y una consecuencia, es decir, se redactan siempre con fórmulas que contienen "if/then" o "si ocurre esto, ocurrirá lo siguiente", que al final es el objetivo final de un contrato tradicional. Son contratos autoejecutables, sin necesidad de terceros, esto quiere decir, una vez se ejecute el código completo, y se dé la condición o condiciones -el "if"- tendrá lugar la consecuencia -el "then"-, sin necesidad de que medie voluntad de acción de las partes, la cual sólo se ha requerido para la formulación del contrato.

Un apunte más, dichos contratos son ejecutados en blockchain o cadena de bloques. Las redes blockchain, no tienen un concepto determinado, pero podría decirse que son redes P2P, descentralizadas, en las que se almacena información y se ejecutan operaciones, sin que quepa la posibilidad de hackear, modificar, copiar, o tergiversar una operación; pues en todo momento blockchain dispone de la habilidad para realizar un análisis continuo de la información que se almacena o sube y de compararla con la ya existente, de forma que la posibilidad de que un contrato sea duplicado o tergiversado o una información manipulada, es realmente difícil, máxime si tenemos en mente que los "validadores" de esa información que es subida a la cadena (comúnmente denominados como "nodos" o "mineros") están repartidos por todo el mundo y son totalmente anónimos.

¿Están permitidos?

El artículo 1278 del Código Civil español nos aclara la duda. En principio, no hay impedimento legal, ya que "los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez". Cuestión diferente sería que no concurriesen los requisitos de consentimiento (válido), objeto (lícito) y causa. A ello ha de sumarse que desde la entrada en vigor de la Ley 34/2002 de Servicios de Sociedad de la Información y a Comercio Electrónico, junto con las preceptivas modificaciones en el Código Civil, el contrato electrónico tiene reconocida la misma capacidad vinculante que cualquier otro contrato tradicional.

¿Para qué sirven o podrían servir?

En principio, a todos aquellos que hayamos tocado el tema de los contratos inteligentes antes, nos vendrán a la cabeza las cripto-monedas y las transacciones financieras. Efectivamente, desde la aparición de blockchain en 2009, uno de los principales usos que se les ha otorgado es el de realizar transacciones financieras con cripto-monedas a través de redes blockchain.

Además de usos financieros, tienen otros usos ya reconocidos, y crecientemente populares como operaciones de transporte internacional, liquidación de deuda, compraventa de mercaderías y otros más. Ello quiere decir, que actualmente además de para transacciones eminentemente financieras, se están utilizando para otros usos más cotidianos y en los que un contrato de tan simple redacción -recordemos que sus cláusulas se constituyen principalmente por fórmulas programables de "if/then"- no produciría un estado de inseguridad jurídica o incertidumbre respecto del objeto y posible ejecución del contrato; aunque recordemos que la posible ejecución puede estar afectada por diversos factores que no tiene porque haber sido previstos en el código de programación del contrato inteligente en cuestión.

Sin dejar de olvidar que estamos ante contratos autoejecutables en una cadena de bloques  -"blockchain"- formados por códigos de programación que efectúan las acciones previstas si la condición interpuesta tiene lugar, sin interpretación humana alguna, o posibilidad de que sea modificado si el contrato deviene imposible de ejecutar por cualquier hecho imprevisto -como eventos de fuerza mayor o causa ajena- cabría la posibilidad de utilizarlo para otros usos menos comunes y complejos, como podrían ser garantías de deuda, transacciones comerciales, transporte internacional, o incluso podrían ser usados para liberar primas en caso de que el interés o riesgo asegurado en un contrato de seguro ocurra bajo las condiciones programadas en el script o código de programación.

Merece nuestra atención el uso de los contratos inteligentes en el transporte internacional, combinado con el uso de los Incoterms. Éstos son cláusulas predefinidas que distribuyen los costes y aseguramiento de la carga transportada dependiendo de la cláusula elegida y de las partes que intermedien. Dichas cláusulas combinadas con contratos inteligentes y pagos en cripto-monedas permitirían que tanto cláusulas como liquidación de pagos fueran automáticamente ejecutadas, permitiendo no solo una mayor tranquilidad para exportador e importador, sino además poder prescindir de generar costes extras como gastos por la emisión de cartas de pago o cuotas de interés por los intercambios de moneda.

Por último, otra de las cuestiones para la que se está previendo la utilización de éstos, es la gestión de la privacidad por los propios usuarios, a través de la utilización de las llaves privadas, y públicas, así como una multiplicidad de contratos inteligentes de diferentes tipos. A este respecto ya hay desarrolladores que están manos a la obra, como son uPort (https://www.uport.me) y Blockstack (https://blockstack.org).

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