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28/03/2024. 18:42:55

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Privacy on demand

asociada senior de Information Technology de ECIJA

Recientemente han sido publicadas varias noticias relacionadas con la privacidad de los usuarios que no han pasado desapercibidas.

Símbolo de candado en todas las teclas de una teclado

En primer lugar, el gigante social Facebook anunciaba un importante cambio en su política de privacidad según el cual sus usuarios podrán decidir qué información personal de sus cuentas desean o no compartir con las aplicaciones que se descarguen en el ámbito de la famosa red social. Si bien es cierto, que esta nueva opción que ahora se ofrece a los usuarios llega bastante tarde, pues ya era demandada en el año 2009 por el Grupo de Trabajo del Artículo 29[1], Facebook sale con ella al paso de la creciente preocupación de sus usuarios por su privacidad y el uso que esta red hace de sus datos personales. Dicho de otro modo, parece que trata de recuperar la confianza de todos aquellos usuarios preocupados por su privacidad tras conocerse determinadas vulneraciones y usos de la información con respecto de las cuales la red social no había sido del todo transparente.

Por otro lado, son muchas las aplicaciones de reciente aparición cuyo valor añadido para atraer usuarios ha sido precisamente el respeto por la privacidad. Primero fue la aplicación de mensajería móvil Telegram, que trató de ganar puntos sobre la aplicación Whatsapp, líder en el mercado, ofreciendo determinadas opciones como la posibilidad de destruir las conversaciones, aprovechándose así de las preocupantes noticias publicadas sobre la falta de cifrado de las conversaciones de los usuarios y determinadas brechas en la seguridad de Whatsapp que afectaban al contenido de las mismas.

Recientemente, ha aparecido en el mercado una nueva aplicación de mensajería instantánea, Chadder, que da un paso más en este sentido anunciándose como la app de mensajería cuyo estandarte comercial es la privacidad. Mediante una alianza estratégica con McAfee, conocido por su software de seguridad, esta aplicación móvil garantiza a los usuarios no sólo lo que Whatsapp no ofrecía, el cifrado de sus comunicaciones, sino que les permite diseñar los accesos a la información almacenada en sus terminales de forma personalizada. Así, el usuario que la descargue, no se verá en la obligación de permitir el acceso de la app a toda su agenda de contactos, sino que podrá elegir uno a uno los contactos con los que desea interactuar en el marco de dicha aplicación y, por tanto, a los que podrá acceder dicho software. Una vez más, debemos señalar que este requisito ya fue demandado o recomendado por el Grupo de Trabajo del Artículo 29 en su Dictamen sobre Apps Móviles[2], si bien han sido muy pocas, las aplicaciones que tomaron en serio e implementaron dicha recomendación.

Que la privacidad se haya convertido en un activo empresarial aprovechado por grandes y pequeñas compañías para ganar cuota de mercado, es un gran avance para los usuarios. La preocupación de éstos por el uso de su información personal es un factor de presión para los desarrolladores, que los competidores también han sabido aprovechar como estrategias de marketing, denunciando los abusos de aquéllas y mejorando sus productos precisamente en este aspecto en el que los demás no han mostrado, a juicio de los usuarios y autoridades de control, la preocupación e implicación apropiadas.

Sin embargo, otras noticias recientes chocan aparentemente con las que acaban de exponerse. Así, se ha sabido que varios usuarios han subastado o vendido sus datos personales a grandes empresas a cambio de contraprestaciones económicas.

No llama tanto la atención el hecho de que exista una contraprestación económica, pues es notorio el valor que la información personal tiene para cualquier empresa. Por ese motivo hace tiempo que son conocidas y utilizadas multitud de técnicas de captación de datos personales a cambio de determinados privilegios e incluso cantidades económicas, técnicas conocidas como "pay for privacy". 

Lo realmente llamativo de estas noticias es que no han sido iniciativas de ninguna compañía, sino del propio usuario que, consciente de este valor, ha decidido ponerle precio a sus datos y facilitarlos voluntariamente.

La privacidad es en estos momentos un crisol de visiones, mientras algunas empresas comienzan a darle a la privacidad el valor que merece alertados por la creciente preocupación de los usuarios y, sobre todo, preocupados por su reputación corporativa, otras siguen ignorándola o considerándolo un tema menor. Y, en cuanto a los usuarios, siguen siendo muchos los que aún desconocen el valor de su información y no se preocupan en exceso de su protección y respeto y, por otro lado, no todos aquellos que sí son conscientes de su privacidad le otorgan el mismo valor.

Lo que para unos usuarios es de vital importancia, parece no serlo para otros y así lo demuestra la práctica diaria, en la que comprobamos cómo triunfan tanto aquellas aplicaciones que muestran su compromiso con la privacidad como las que no lo hacen y, aún así, son utilizadas fielmente por millones de usuarios. En la privacidad, como en los gustos, no hay nada escrito.

En resumen, si bien los estándares mínimos de protección de la información personal deben ser cumplidos y respetados por constituir la garantía legal de un derecho fundamental de las personas, a partir de ahí, cada usuario tiene un concepto propio y personal de su privacidad que tiene derecho a poner en práctica. Eso es en esencia el derecho a la autodeterminación informativa.

Privacidad a la carta para el usuario o privacy on demand, puede ser la respuesta para conjugar todos los intereses en juego en esta partida.



[1] Dictamen 5/2009 sobre las redes sociales en línea. Disponible en: http://ec.europa.eu/justice/policies/privacy/docs/wpdocs/2009/wp163_es.pdf

[2] Dictamen 2/2013 sobre las aplicaciones móviles en los dispositivos inteligentes. Disponible en: http://ec.europa.eu/justice/data-protection/article-29/documentation/opinion-recommendation/files/2013/wp202_es.pdf

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