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16/04/2024. 20:32:58

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Revender un teléfono móvil robado ya no será tan fácil

abogado de Information Technology de ECIJA

El pasado mes de noviembre el presidente de la Federal Communications Commision norteamericana realizaba unas declaraciones que mostraban, una vez más, su firme postura de llevar a cabo un plan para conseguir, mediante su bloqueo permanente, que los teléfonos móviles robados acaben inutilizables con cualquier compañía. Con esta medida, se trata no de dar de baja un número telefónico o un contrato de telefonía, sino de inhabilitar el terminal, mediante el bloqueo del denominado código IMEI que identifica de manera inequívoca a cada teléfono móvil.

Teléfono móvil

Dicha iniciativa no es única en el mundo, habiendo sido implementada ya en otros países como Australia, donde si bien no se ha erradicado cien por cien el problema, sí se ha logrado una gran disminución de las ventas ilegales en el mercado negro de teléfonos móviles. Por su parte, Canadá, siguiendo la estela de su vecino Estados Unidos, ha anunciado la creación de la una "lista negra" de códigos IMEI que impida la activación de terminales robados con otras compañías.

No obstante, debemos ser conscientes de que, para que iniciativas como éstas tengan éxito, será necesario que todas las operadoras de telecomunicaciones, a nivel mundial, colaboren en la creación de una base de datos común donde se incluya el IMEI de todos aquellos teléfonos móviles robados a sus clientes con el fin de impedir que el resto de las compañías presten un servicio de telecomunicaciones a través de los citados terminales móviles.

Es importante reseñar que dicha solución disminuirá el robo de terminales móviles pero lo hará, a día de hoy, sólo parcialmente puesto que la creación de la base de datos de IMEIs robados se propone a nivel nacional. En este sentido, es evidente que gran parte de los móviles robados se quedan en el país donde fueron robados, sin embargo, muchos de ellos forman parte de un complejo entramado de exportaciones e importaciones ilegales de carácter transfronterizo donde el móvil robado en el país de origen se reutiliza en otro país distinto. Por tanto, una operadora de telecomunicaciones española tendrá pleno desconocimiento de si un teléfono móvil extranjero ha sido robado o no.

Esta iniciativa no ha sido planteada en España aunque, desde el punto de vista jurídico, la misma no supondría, "a priori", un problema en el ámbito de la protección de datos de carácter personal. En este sentido, si la Audiencia Nacional en su sentencia de 17 de septiembre de 2008 señaló que el número de teléfono por si solo no puede considerarse un dato de carácter personal, mucho menos debe considerarse el IMEI como tal dado que

  • lo que identifica y vincula es un producto, esto es, a un teléfono móvil en particular, y
  • aunque se haya celebrado un contrato de servicio de comunicaciones electrónicas entre el usuario y la operadora de telecomunicaciones, la inclusión del IMEI en dicho contrato, en principio, no sería necesaria.

En esta línea de interpretación ya se ha pronunciado alguna agencia de protección de datos de nuestro entorno europeo, que han considerado que el IMEI, de manera aislada, no tiene la consideración de dato de carácter personal, por lo que es probable que la Agencia Española de Protección de Datos se pronuncie, llegado el caso, en idéntico sentido.

En definitiva, aunque es cierto que sería muy efectiva (y ajustada a Derecho) la creación de bases de datos nacionales, parece que la falta de cooperación internacional deviene insuficiente ante la rápida "fuga de móviles" a países extranjeros. No obstante, la idea del presidente de la Federal Communications Commision es buena, tanto que, pone una vez más en evidencia la necesidad de armonizar, a nivel internacional, todas las herramientas, técnicas, organizativas y legales, de todos los productos y servicios relacionados con las telecomunicaciones y las tecnologías de de la información.

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