LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

29/03/2024. 02:27:05

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Blog ECIJA 2.0

¿Revisión o supresión de la financiación televisiva obligatoria al cine?

asociada senior de media y propiedad intelectual de ECIJA

El pasado 5 de diciembre se reunieron en la Secretaría de Estado de Cultura a instancias del ministro de Educación, Cultura y Deportes José Ignacio Wert, todos los sectores y sujetos de la industria cinematográfica y televisiva (productores, exhibidores, distribuidores y cadenas de televisión) con representantes de los ministerios en este mercado, además de Cultura, Hacienda, Industria, Economía, Vicepresidencia y Presidencia del Gobierno con el objetivo de sentar las bases para el estudio de un nuevo modelo de financiación del cine y un calendario para tener en el mes de mayo de 2013 un proyecto de ley de cine que presumiblemente esté aprobada para enero de 2014.

Varios cubos rojos con símbolo de %

Desde el año 1999 las televisiones son una de las principales fuentes de financiación del cine español, año en que se hizo obligatoria por ley la inversión del 5% de los ingresos brutos de las cadenas de televisión en obras audiovisuales europeas y, desde la implantación de esta tasa, éste tema, ha sido una fuente continua de controversia y enfrentamientos que ha llegado incluso a los tribunales.

Es cierto que la crisis económica, la subida del IVA (del 8% al 21% en el cine) y un drástico recorte del 20% en los presupuestos de cultura para el 2013 han dejado al sector del cine en una situación de letargo peligroso. Los productores de cine mantienen que la norma del 5% es equilibrada dado que las televisiones programan cine en sus emisiones y que además son concesionarias públicas y, si se suprimiese tal ayuda, el cine no podría sobrevivir en ningún caso.

Pero la crisis afecta de igual modo a las televisiones que han experimentado en los últimos años una revolución de la industria con la fragmentación televisiva, reformas legislativas importantes y el descenso y diversificación de la inversión publicitaria.

Para las televisiones, la obligación legal de invertir el 5% de sus ingresos (que no beneficios) en la producción de cine no es más que una "exacción parafiscal" y no ven ninguna razón que justifique que deban estar obligadas a invertir en una rama económica distinta de la suya propia. Con esta obligación legal de inversión, se puede provocar incluso la paradoja de que una televisión en pérdidas tuviera que destinar parte de sus ingresos a financiar otro sector diferente al suyo. El Tribunal Constitucional está revisando la cuestión de inconstitucionalidad que en este sentido planteó el Tribunal Supremo en relación al derecho de libertad de empresa contenido en la Carta Magna.

El asunto comenzó en septiembre de 2004 con la interposición por UTECA de un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo frente al Real Decreto 1652/2004, de 9 de julio, que regula la inversión obligatoria para la financiación anticipada de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y películas para televisión, europeos y españoles, en desarrollo del articulo 5.1 de la ley 25/1994, de 12 de julio por la que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 89/552/CEE (directiva de Televisión sin Fronteras).

Opinaba el Tribunal Supremo que la medida de financiación obligatoria en cine no responde a ninguna transposición de la directiva comunitaria sobre Televisión sin Fronteras, sino que fue una norma creada por España al margen de las exigencias de la UE.

Sobre estas cuestiones el TJCE, y particularmente en relación a la norma de que al menos el 60% de ese 5% se invirtiera en obras de lengua española u otra lengua oficial de España, resolvió en Sentencia del 5 de marzo de 2009, que la medida legislativa adoptada por España constituía una "restricción a varias libertades fundamentales, concretamente a la libre prestación de servicios, a la libertad de establecimiento, a la libre circulación de capitales y a la libre circulación de trabajadores", restricciones que solo pueden estar justificadas si se dan "razones imperiosas de interés general". Según el Gobierno español, la disposición se basa en razones culturales de defensa del multilingüismo español", y así lo entendió el TJCE entendiendo pues que la norma cumplía dicho objetivo, dando por tanto finalmente la razón a los cineastas, aunque su criterio no es vinculante.

Asimismo, en opinión del Tribunal Supremo, "la imposición por ley a una o varias empresas del destino obligatorio que han de dar a sus inversiones, con la consiguiente vinculación de una parte de sus recursos propios  -concretamente un determinado porcentaje de sus ingresos no de sus beneficios- constituye una restricción de la libertad que les garantiza el articulo 38 de la Constitución. No obstante este parecer, el Supremo no cierra la puerta a la posibilidad de que las cadenas contribuyan con su dinero a fortalecer el cine pero quizás a través de formulas diversas (incluso fiscales) pero no mediante la merma de la libertad de inversión de un sector paralelo, pero diferenciado.

En otro orden de hechos, el pasado mes de noviembre durante la apertura de la jornada anual de UTECA la vicepresidenta del Gobierno Sáenz de Santamaría anuncio la necesidad de revisar y modificar el modelo actual pero no ha declarado en qué sentido. Por tanto, supresión no parece que vaya haber y tampoco queda claro si esa modificación supondrá un aumento o disminución del porcentaje de inversión obligatoria. Pero lo que sí dejó claro la Vicepresidenta es que la contribución de las televisiones se va a mantener, dice, porque entre otras cosas, gracias a ello se han podido realizar "grandes producciones cinematográficas que no hubieran sido posible de otra manera".

En efecto, algunas grandes producciones financiadas por las televisiones han sido grandes éxito de taquilla, tales como por ejemplo a "Las aventuras de Tadeo Jones" (Telecinco cinema); "Lo imposible" (Mediaset); "El cuerpo" (Antena 3 films), pero se trata de producciones a las que solo pueden acceder los dos grandes grupos de comunicación televisivos que acaparan el 90% de la inversión publicitaria, esto es,  Mediaset y Grupo Atena 3. No es esta la situación del resto de televisiones de TDT con audiencias en torno al 1% o menos, a las que se les aplica de igual modo la norma y sin embargo sus contenidos son, principal y básicamente periodísticos más que de entretenimiento, y que no pueden permitirse mucho más, debido a sus bajos presupuestos y cada vez más escasa inversión publicitaria.

Por esta razón, incluso dentro de UTECA no todas las televisiones tienen la misma postura frente a la obligación del 5%. Grupo Antena 3 y Mediaset pueden permitirse crear industria del cine mediante la financiación de películas cuyo éxito permite devolver a esas televisiones el capital invertido y les permite seguir ampliando sus actividades en el cine. El resto de televisiones solo opta a participar en reconocimientos de festivales minoritarios, si acaso. 

Son ya 13 años de financiación directa de las televisiones al cine que suman más de 1.000 millones de euros y el polémico tema vuelve a plantearse sobre la mesa de las negociaciones por lo que será uno de los puntos que debatirá la comisión mixta que estudiará una nueva ley del cine y los cambios en la financiación de esta industria.

La decisión que se tome tiene un importantísimo calado en el sector audiovisual español estando en la actualidad siendo revisado por el propio Tribunal Constitucional, ya que en opinión del Tribunal Supremo la capacidad de decidir de modo autónomo dónde y en qué invertir los recursos propios es parte del núcleo indisponible de la libertad empresarial.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.