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19/03/2024. 10:03:05

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Youtube restringe la publicidad – ¿censura o condiciones de uso?

Asociado de ECIJA

Desde hace unos días, se ha generado una significativa polémica en torno a la red social Youtube, debido a que la compañía ha comenzado a aplicar sus políticas de manera más estricta. De esta forma, varios usuarios influyentes dentro de esta red social han puesto de manifiesto que han recibido notificaciones según las cuales no pueden seguir beneficiándose del servicio de inserción de publicidad que ofrece Youtube, al menos, en algunos de sus vídeos. Esto significa que, al no disponer de publicidad, no obtendrán ningún tipo de remuneración económica derivada de aquellos vídeos que resulten afectados.

Logo Youtube

Como consecuencia de la denuncia pública de muchos usuarios a través de las redes sociales, se ha propagado el rumor de que esto ha tenido lugar a raíz de una modificación de los Términos y Condiciones del Servicio por parte de Youtube. Sin embargo, esto no sería del todo cierto, puesto que la última revisión de los textos legales de la plataforma tuvo lugar mucho tiempo atrás. Lo que realmente ha cambiado es que ahora Youtube ha comenzado a aplicar más estrictamente estos Términos y Condiciones, de forma que está impidiendo que algunos vídeos cuyo contenido no se considera "apropiado" sigan beneficiándose del servicio de publicidad. De esta manera, de acuerdo con las "Directrices de contenido adecuado para anunciantes" publicadas por Youtube, se consideraría inapropiado, a efectos de incorporar publicidad, cualquier vídeo que incluya:

  • Escenas de carácter sugerente, incluidos desnudos parciales y humor verde.
  • Violencia, incluidas imágenes de lesiones graves y acontecimientos relacionados con el extremismo violento.
  • Lenguaje inapropiado, incluido el acoso, las obscenidades y el lenguaje vulgar.
  • Incitación a la venta, el consumo o el abuso de drogas y sustancias reguladas.
  • Acontecimientos y asuntos controvertidos y delicados, como conflictos bélicos o políticos, desastres naturales y tragedias (aunque no aparezcan imágenes explícitas).

Como se puede observar, uno de los elementos determinantes que sustentan la polémica gira en torno al hecho de que estas restricciones podrían estar sujetas a cierta subjetividad. De esta manera, sería Youtube la que, bajo su completa discreción, decidiría qué vídeos se catalogan dentro de estas prohibiciones, inhabilitando el servicio de publicidad en tales supuestos. Esto se ve acrecentado si se tiene en cuenta la enorme influencia de muchos de los usuarios de la red social afectados, que cuentan con millones de suscriptores. Cabe mencionar, en cualquier caso, que Youtube otorga al usuario la oportunidad de "apelar" frente a su decisión, si bien, la velocidad y eficacia en la respuesta, por parte de Youtube, pueden variar notablemente según los casos.

Ahora bien, ¿puede legítimamente Youtube hacer esto o se trataría de un acto de "censura"? En este sentido, muchas personas entienden que Youtube estaría vulnerando su derecho fundamental a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 20 de nuestra Constitución Española. Sin embargo, no parecería que la actuación de la empresa llegase a tal extremo, ya que ha de tenerse en cuenta que Youtube no está eliminando los vídeos, sino que simplemente impide monetizarlos. Es decir, el usuario podrá seguir publicando videos, si bien no podrá utilizar el servicio de publicidad ni, por ende, obtener rendimiento económico con los vídeos que Youtube considere que incumplen sus políticas. Es la empresa la que establece las condiciones a estos efectos y, en caso de que el usuario las acepte, ha de saber que se expone a estas consecuencias. En definitiva, sería muy complicado considerar, desde un punto de vista jurídico, que se esté vulnerando el derecho a la libertad de expresión de los usuarios por este motivo.

Entonces, ¿el usuario no puede hacer nada para impedir esto? A estos efectos, pudiera parecer arbitrario el hecho de que se esté impidiendo la monetización de algunos vídeos y, al mismo tiempo, existan otros vídeos de contenido similar que no se encuentren con esta limitación. Asimismo, le hecho de que un vídeo infrinja derechos de terceros es algo objetivo, pero que incluya o no un vocabulario "vulgar" o elementos de "humor verde" es algo que podría ser ciertamente subjetivo, especialmente en un ámbito internacional (donde en cada país encontramos unos usos sociales diferentes). Si se tiene esto en cuenta, un usuario que considerase que se le está impidiendo monetizar sus vídeos sin una causa justificada para ello, podría reclamar a Youtube por los daños y perjuicios causados.

Ahora bien, esto último tampoco sería sencillo debido a la limitación de responsabilidad tan amplia que Youtube incluye en sus condiciones (véase el punto 13 de los Términos y Condiciones del Servicio). Esta limitación no sería aplicable en caso de contratación de una empresa con consumidores, sin embargo, muchos usuarios de Youtube se dedican profesionalmente a la creación y monetización de vídeos, por lo que difícilmente serán calificados como meros consumidores o usuarios a efectos de lo dispuesto en la normativa en la materia (no viéndose beneficiados, como consecuencia, de las disposiciones que podrían ser favorables a estos efectos).

Esto significa que, además de demostrar que Youtube les ha hecho perder ingresos de manera injustificada, tendrían que esgrimir argumentos para invalidar las cláusulas de exoneración de responsabilidad que ellos mismos habrían aceptado al utilizar el servicio, lo cual, sin duda, comporta importantes obstáculos que impedirán que muchos de los afectados verdaderamente se planteen reclamar en la práctica.

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