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29/03/2024. 00:54:28

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Blockchain, o la revolución del documento inteligente

Subdirector general del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Durante siglos el documento en papel ha sido plano, sin más elementos que la información plasmada en ese papel. Con la administración electrónica este aspecto cambia, porque los metadatos dotan al documento electrónico de información diferenciada de ese contenido, simplemente contextualizándolo. Sin embargo con la tecnología blockchain damos la bienvenida al documento inteligente, con instrucciones autoejecutables y condicionadas entre sí. Es otra dimensión, altamente disruptiva y que introducirá profundos cambios en todos los órdenes, desde las transacciones hasta la organización laboral de la sociedad.

Teclado de ordenador con la palabra Blockchain

Documentos con instrucciones autoejecutables

Comentábamos recientemente en  este mismo blog la figura del conocido como "smart contracts", o contratos inteligentes, una de las grandes evidencias del vuelco que va a protagonizar el ejercicio del Derecho con la aparición de la tecnología blockchain ("cadena de bloques" en español). Es decir, contratos inteligentes, denominados así porque incluyen una serie de instrucciones condicionadas, de manera que cuando se cumple una se pone en marcha la siguiente de forma automática.

Pero en realidad ese carácter autoejecutable de las instrucciones del contrato hay que verlo como una aplicación más del documento inteligente que nos trae la tecnología blockchain. Es decir, los documentos de la era blockchain contienen instrucciones autoejecutables que van a revolucionar nuestra vida con aplicaciones que hoy parecen cosa de brujas y que básicamente terminarán por hacer nuestra vida infinitamente más sencilla. Con la burocracia y la figura de intermediarios reducidas a la mínima expresión.

Contratos inteligentes

Aparte de su papel protagonista con las criptomonedas como el bitcoin, la tecnología blockchain ha encontrado en la figura de los "smart contracts" una de sus posibilidades más emblemáticas. Ya se sabe que en el mundo de internet lo que es fácil y útil cobra vida y velocidad propias. Esta forma de gestionar una transacción asegura, de entrada, que las partes conocen los detalles del contrato, y que son conscientes de que las acciones contractuales se implementan de manera automática a medida que se van alcanzando las condiciones establecidas en él. Gracias a la programación del contrato, todas sus condiciones, incluidas las órdenes de transferencia y pago electrónico, se producen automáticamente mediante interconexiones de los entes que tienen que cumplir los compromisos contractuales.

Pero ésta es sólo la punta de un iceberg, porque otras muchas aplicaciones del documento inteligente nos ayudan a entender su verdadero alcance. Con esta tecnología de cadena de bloques, los activos materiales pueden convertirse en activos digitales, de manera que la documentación relativa a cualquier objeto concreto se puede digitalizar y enviar a la blockchain. Es fácil ver la proyección de estas posibilidades sobre aplicaciones concretas en el terreno de los seguros, del tipo de la gestión y conservación garantizad en el entorno de los registros: títulos de propiedad, patentes, propiedad intelectual, etc. O en otros campos, como las inspecciones administrativas. Un coche no se pondría en marcha si tiene pendiente la inspección técnica ITV, multas, pagos, etc.

Un mundo sin notarios

El Catastro de Suecia, por ejemplo, está experimentando con blockchain para almacenar información relacionada a las transacciones de propiedades inmobiliarias y suelos. Los registros digitales de distinto tipo constituyen un uso claro de la tecnología blockchain, que actúa como mecanismo de almacenamiento y custodia de los registros. Una amplia proyección de este uso de registro deriva en la posibilidad de implantar la identidad digital, tal como lo utiliza Estonia.

Vemos, por tanto, como junto a la virtud que antes mencionábamos de la reducción burocrática, nos encontramos la desaparición de figuras intermediarias, entre ellas los terceros garantistas como son los notarios, registradores o los propios bancos. Realmente la garantía en este caso es la propia cadena de bloques y su peculiar funcionamiento. La blockchain funciona como una gran base de datos protegida critográficamente y distribuida entre diferentes participantes, que actúan como testigos haciendo innecesaria las figuras fedatarias.

Una consecuencia que sin duda se presenta como esperanzadora para la tremenda sobrecarga de causas judiciales en España, viene representada por el hecho de que la figura del documento inteligente con condiciones autoejecutables supone que previamente se ha pactado esa ejecución. Una vez puesta en marcha, se automatizan sus consecuencias encadenadas, evitando la amplia gama de interpretaciones que distorsiona la marcha de los contratos y acuerdos y termina por llevarlos a los juzgados en cantidades de difícil digestión.  La blockchain, por el contrario, garantiza acuerdos y transacciones que no se pueden manipular, porque se registran en bloques que se van encadenando de modo descentralizado.

La hoja de ruta del documento

Sin duda queda mucho camino por delante. Cuando aún estamos dando los primeros pasos de la transformación digital, una nueva tecnología pone a nuestro alcance algo tan disruptivo como un documento con hoja de ruta propia, autoejecutable a medida que se producen una serie de condiciones encadenadas. La maraña burocrática que no terminamos de reducir con la administración electrónica, sin duda va a reducirse drásticamente con un documento inteligente que no precisa de la mayoría de recorridos burocráticos que hemos consagrado durante siglos.

 

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