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28/03/2024. 13:33:56

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Los cambios necesarios por las razones equivocadas, ¿son cambios equivocados?

Analista web especialista en Administraciones Públicas

dibujo de un smartphone

Recientemente el Gobierno de España lazó una serie de medidas relacionadas con el mundo digital y los servicios públicos. Estas medidas actuaban especialmente sobre dos cuestiones de calado: por un lado, todos los servidores de Administraciones Públicas tendrán que estar en territorio europeo, y, además, se prohíben determinados mecanismos de identificación públicos basados en otros elementos que no sean el certificado digital.

¿Por qué hacer esto por real decreto en plena vorágine electoral? Pues según indica el Gobierno de España para frenar la República Digital Catalana. Tanto la existencia de servidores contratados por la Generalitat fuera de la Unión Europea en "paraísos digitales" como la creación de herramientas de identificación con mecánicas distribuidas pueden estar vincualdas con dicha iniciativa. Lógicamente, la situación política en Catalunya y el Tsunami Democratic, como el periodo electoral del momento (esto fue 10 días antes de votar) suponían un contexto en el que la acción del gobierno podía tener efectos en una esfera (limitar la acción digital en el procès) y en la otra (posicionar al gobierno en unas elecciones donde este tema ganaba centralidad).

Estas medidas, más allá de esto, son lógicas, o, al menos, consistentes con las Administraciones Públicas españolas. Por un lado, la Administración tiene la obligación de actuar definiendo sus parámetros de acción válidos. Es decir, emitir mecanismos de identificación (por modernos y atractivos que puedan ser, que nadie lo niega) sin una base legal genera problemas no sólo políticos como administrativos. Imaginemos que alguien realiza un trámite con un mecanismo de identificación que está emitido por una administración sin una base jurídica: muy posiblemente ese acto sería nulo. Así que, es lógico que se diga que, hasta que no haya una regulación, no se puedan crear estos mecanismos. En cuanto al tema de los servidores en territorio de la UE, pues no decir que, en principio la regulación más parecida es la de protección de datos que impide archivar datos en sitios donde no se pueda garantizar la privacidad de la ciudadanía europea (es decir UE y países con los que haya un tratado que lo garantice, como EEUU). Otra cosa es lo que no son datos personales, lo que no ha regulado la UE, pero no deja de tener sentido: ¿Cómo va a poner una Administración una web con un contenido en un sitio donde la justicia europea no puede actuar?

Ahora bien, ¿Eran estos problemas menos importantes hace dos meses, o hace tres? Aquí está la cuestión. Realmente, esperar a tener una situación como la que se ha dado en Catalunya y a estar a las puertas de unas elecciones para hacer esto es problemático. Como digo, ambas medidas son lógicas y son convenientes y el sistema administrativo en España (y Catalunya) es más seguro ahora que antes de esos decretos. Sin embargo, esa inseguridad existía desde hace tiempo. Por ejemplo, las páginas del referéndum del 1 de Octubre ya estaban en servidores en el extranjero y desde entonces han pasado 2 años, 2 gobiernos y 2 legislativos que no han hecho nada. Conversaciones de crear identidades digitales basadas en blockchain son bastante frecuentes, y, sin embargo, hasta ahora, el gobierno no estaba muy metido en el asunto.

Se podría decir, con buen sentido, que en gran medida esto no estaba regulado porque es difícil de concebir que una administración pública haga estas cosas. Ciertamente, se me ocurren pocos casos en los que este contexto (gobiernos alojando webs fuera de territorio con el que haya al menos tratados de colaboración judicial y crear mecanismos de identificación sin base regulada) se den. Sin embargo, como digo, han pasado dos años con este contexto y no se había hecho nada. Las autoridades han dejado que la iniciativa la lleve el calendario electoral y no la realidad tecnológica.

La cuestión, en mi opinión, está en una manera de hacer la política digital en España con una visión muy reactiva y de oportunidad. En principio, como decíamos, esta normativa es buena y consistente con el modelo administrativo español y continental. Pese a ello, sólo ha sido planteado cuando se han presentado unos problemas de cierta envergadura y con una orientación que no es tanto la regulación de un mundo confuso, dinámico y por explorar como el digital, sino la acción política off-line. Es un problema porque muestra una falta de visión, o más bien de voluntad, de hacer política digital por las necesidades o la perspectiva digital, desde la cual, estas cuestiones eran problemáticas antes de la república digital catalana.

Ahora bien, en cuanto al punto de la identidad, nos encontramos con una polémica añadida. Este bloqueo de identidades no basadas en certificados afecta a una parte importante de los mecanismos que pueden venir en el futuro de mano del blockchain. En principio, si evitar la creación de nuevas identidades sin base legal es lógico, no prever que en unos pocos años puede ser la tecnología dominante es peligroso y mezquino. Lo lógico es plantearse, desde ya, una regulación que permita albergar estas arquitecturas para que, en caso de que se acaben imponiendo, no lleguemos tarde o nos quedemos fuera de juego.

Eso es lo lógico, pero los síntomas que indica toda esta cuestión (desde un gobierno central con una agenda con un interés off-line y unos desarrollos en Catalunya posiblemente motivados al menos en parte por la creación de la República Digital Catalana) dan que pensar que el mundo digital no es una esfera de la acción pública en sí, sino una muleta para la política "convencional". Lo peor de todo ello es que el mundo digital no parece que se vaya a detener de avanzar y plantear nuevos problemas, aunque estemos así.

 

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