¿De qué hablamos cuando a los abogados nos hablan del Ebitda o del Ebit?

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Una calculadora y billetes de euro

A los abogados y a los médicos, por lo general, no nos incomoda usar jerga incomprensible para el resto de los que no son profesionales en esta materia. Nos da por lo general ese plus de confianza que necesitamos transmitir.

Calculadora

Pero no es solo cosa de médicos y abogados. A los economistas también les encanta usar acrónimos y no es eso lo peor, sino que la mayoría, son acrónimos en inglés: EBITDA, EBIT, CAPEX, OPEX, PYG, LTV, NPS, …

Todo se complica cuando mezclamos jergas y un cliente, por su formación financiera, nos solicita que incorporemos una cláusula donde la referencia esencial es una de esos acrónimos, o magnitudes financieras.

¿De qué hablamos cuando hablamos de EBITDA? ¿Y de EBIT?

Para quien no quiera seguir perdiendo mucho tiempo en avanzar en la lectura, le ofrecemos por adelantado la conclusión y así puede, apartarse del escrito:

  • EBITDA es la capacidad de generación futura en una empresa
  • EBIT es capacidad de generación de cash flow, caja.

Para quien quiera entender algo más, encantados de seguir con ellos.

Lo que procedemos a analizar a continuación son dos ratios o indicadores esenciales dentro de los estados contables y financieros de una compañía. Si bien es cierto que ninguna de ellas se incluye dentro de las Normas Internacionales de Información Financiera (NiiF), así como tampoco dentro del Plan General de Contabilidad, su incidencia en la praxis empresarial es incuestionable. Ello precisamente porque el objeto de ambos se circunscribe a medir la salud económica de un determinado negocio.

De las dos ratios, EBITDA es la que mayor controversia práctica ha suscitado. Estamos ante un parámetro complejo, que resulta de excluir del resultado del ejercicio todo gasto financiero derivado de la actividad empresarial. Así se infiere de su acrónimo inglés, que lo identifica precisamente con el beneficio obtenido antes de deducir los intereses, los impuestos, la depreciación y la amortización (Earnings Before Interests, Taxes, Depreciation and Amortization).

La complejidad a la que aludimos se deriva precisamente de concretar qué gastos han de detraerse. Aunque la propia denominación se acoja a una operación matemática en apariencia sencilla, lo cierto es que la realidad es harto distinta. En la medida en la que no existen normas contables específicas al respecto, las empresas gozan de cierta discrecionalidad no en su cálculo, pero sí en su apreciación. Así, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMC) viene advirtiendo que las entidades tienden a falsear este indicador para mostrar una rentabilidad económica que en ocasiones no se ajusta a la situación real.

No existe, por tanto, una fórmula homogeneizada. La más aceptada, y la que en consecuencia vamos a analizar aquí, es la siguiente:

EBITDA = Ingresos – costes de los bienes vendidos – costes generales de administración

La deducción de las partidas que se señalan obedece a un motivo muy concreto. Y es que, la información que interesa obtener a través de la ratio, no es otra que la del resultado bruto de la explotación. Dicho en otras palabras, el observador financiero quiere conocer qué capacidad tiene una determinada compañía para generar beneficios, y el EBITDA le facilitará una clave para hacerlo: le hará saber el valor limpio de lo que produce.

Ciertamente, lo que "ensucia" el valor de la producción ante los ojos de un potencial inversor es lo deducido en la presente ratio. ¿En qué puede influir que una compañía tribute a un 25% por el Impuesto sobre Sociedades en España, si lo haría por un tipo diferente en la mayoría del resto de países? ¿En qué afecta la amortización del activo intangible a la actividad productiva? El inversor quiere saber cuánto vales para él, y lo que vales es a su vez cuánto produces, y en lo que respecta a la producción querrá excluir todas las variables que él mismo podrá gestionar con independencia de la administración actual de la compañía.

Sin embargo, y tal y como hemos antecedido, el EBITDA es controvertido. Ello precisamente porque detrae para su valoración gastos que, si bien no suponen una salida de efectivo, pueden resultar imprescindibles para el estado financiero. Imaginemos el supuesto de un fotógrafo profesional que invierte 500 euros en una cámara, y en todo el año únicamente consigue vender unas fotografías por valor de 100 euros. Pues bien, su EBITDA ascendería a 100 euros, pero la realidad es que su beneficio contable sería de 400 euros a pérdida. 

En este contexto se encuadra el EBIT (cuyo homólogo nacional se identifica con el BAII), acrónimo que se corresponde con los beneficios obtenidos antes de los impuestos y las tasas (en inglés, Earnings Before Interests and Taxes). Se trata de un indicador que mide el beneficio operativo de una determinada empresa, y permite una comparativa más idónea entre compañías encuadradas dentro del mismo sector. Así, y a través de excluir ambas partidas, podemos ver que dos empresas, una sita en España y otra sita en  Belice, si bien pueden tener los mismos beneficios finales, su operatividad no será la misma, precisamente porque los tipos fiscales son más altos en el primer país que en el segundo. En consecuencia, nos permitirá concluir cuál es más rentable a efectos prácticos, y qué director financiero lo está haciendo mejor.

Pese a que tampoco existe una única fórmula para proceder al cálculo del EBIT, podríamos emplear las siguientes, dependiendo de los datos de partida con los que contemos:

EBIT = EBITDA + Gastos de depreciación + Gastos de amortización

EBIT = Beneficio neto + Intereses + Tasas

La información susceptible de extraerse a través del EBIT puede ser más interesante para el inversor que la extraída por el EBITDA. Previamente lanzábamos unas preguntas retóricas respecto a la atención que merecía, a efectos de rentabilidad productiva, la consideración de los impuestos o de la depreciación. Pues bien, si la detracción de los tipos impositivos tiene, como hemos visto, especial relevancia en términos comparativos, lo cierto es que la inclusión de la depreciación y la amortización es importante. De hecho, nos permite un estudio de la inversión más óptimo. Por mucho que se excluyan éstos últimos conceptos, si nuestra idea es invertir en una empresa cuya carga productiva recae en activos tangibles o intangibles, tanto el empresario actual como el inversor van a tener que hacer frente a los gastos de depreciación y/o amortización, que tendrán carácter de recurrentes.

En definitiva, parece razonable sostener que el EBIT o BAII permiten una valoración económico-financiera más aproximada a la rentabilidad empresarial que el EBITDA. No debe ignorarse en cualquier caso que lo trascendente de las ratios es precisamente su yuxtaposición con otras. Difícilmente podrá prosperar cualquier interacción económica con otra compañía en base únicamente a dos parámetros.

¿Qué les debe preocupar a los abogados cuando incluyen una definición de EBITDA en los contratos?

Que cada elemento que desglosa la fórmula de la magnitud esté correctamente definido y que en el entorno del contrato y el contexto de la operación que se pretende regular, esos elementos, no puedan llegar a generar ambigüedades

    1. Que quede claro, por ejemplo, si el EBITDA incorpora las líneas de financiación de factoring con/sin recurso

    2. Que quede claro, por ejemplo, si el EBITDA es recurrente o no recurrente, esto es, incorpore todo tipo de operaciones (incluidas por ejemplo la venta de la sede social) (EBITDA NO RECURRENTE) o solo operaciones habituales relacionadas estrictamente con el objeto del negocio (EBITDA RECURRENTE)

Hay más… solo ponemos estos dos ejemplos para entender que el EBITDA, más allá de lo que digan, es un concepto, una magnitud, llena de matices.

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