SJP Sevilla, de 24 abril 2013 (ARP 2013, 374) Delitos contra la seguridad vial; Tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial; Presunción de inocencia; Homicidio.
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Supuesto de hecho
El Juzgado citado condena a famoso ex – torero como autor de un delito de homicidio por imprudencia, al conducir temerariamente y causar la muerte de otro conductor, y eso teniendo en cuenta que le absuelve del delito de conducción bajo la influencia del alcohol, pese a los indicios existentes, los cuales incluyen medición médica realizada en urgencias, que no se considera válida por no garantizar adecuadamente la cadena de custodia.
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Criterio o «ratio decidendi»
La Sentencia considera que no obra en lo actuado documentación suficiente para considerar que todos los intervinientes en la cadena de custodia de la extracción de sangre, desde el servicio de urgencias, pasando por el banco de sangre y hasta el Instituto Toxicológico, actuando de acuerdo con los protocolos médicos, son conformes con las exigencias que se derivan de un proceso penal.
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Documentos relacionados
- art. 379. 2 CP (RCL 19953170)
Normativa aplicada
- «Intervención corporal en el proceso penal. Especial referencia a la extracción y análisis de sangre», de Jesús Arilla Platero (BIB 20022198)
- «Resultado de etanol 2,70 gramos de alcohol por litro de sangre ¡y le absuelven del delito de conducir bajo la influencia del alcohol!», de Juan Iribarren Oscáriz (BIB 20091925).
Bibliografía relacionada