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29/03/2024. 16:24:35

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LEGALTECH TOUR: TOUR 1 – SMART CONTRACT

¿Qué suponen para el profesional jurídico ‘Blockchain’ y ‘smart contracts’?

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Blockchain

LA CARA

Luis Fernando Guerra
Diputado del ICAM

Blockchain y los smart contracts representan una gran oportunidad para el profesional jurídico. En muchos foros he escuchado que la profesión jurídica es de las que menos ha sentido el impacto de las revoluciones industriales y que será diferente en esta ocasión por el uso de las nuevas tecnologías. En mi opinión, la profesión jurídica evolucionará de la misma forma que lo ha hecho en el pasado. Hoy es impensable que una firma de abogados o un departamento jurídico, no utilice tecnología para brindar un mejor servicio a sus clientes. Para lograrlo han tenido que transformarse, desarrollar e incorporar dentro de su acervo de conocimientos habilidades técnicas propias de nuestra era digital. El mismo fenómeno sucederá con blockchain y los smart contracts, que no son otra cosa que herramientas tecnológicas para agilizar y descentralizar transacciones que tienen lugar en un entorno digital.

Por un lado, los smart contracts ofrecen ciertas ventajas como la eliminación de gran parte de los costes de transacción al permitir la ejecución automatizada del contrato y la descentralización. Por otro lado, la transparencia propia del blockchain aumenta la fiabilidad, lo que favorece la integridad, seguridad y trazabilidad de las transacciones. Adicionalmente, las limitaciones actuales a las que se enfrentan estas tecnologías presentan un nuevo campo de exploración y desarrollo para los juristas. Para simplificar, uno de los efectos de las blockchains es descentralizar funciones que tradicionalmente se concentraban en uno o más operadores, siendo el caso más común el de las transacciones bancarias y las funciones que realizan las instituciones financieras. En blockchain una transacción iniciada por un ordenador (por ej., la compra de una criptomoneda) es consensuada por los nodos que la integran, que pueden llegar a ser miles, mientras que los smart contracts, al funcionar como programas ejecutables en el entorno de blockchain, agilizan ciertas operaciones. Por ejemplo, si se cumple la condición a, b, c -todas ellas verificables en la blockchain- entonces se derivan las consecuencias x, y, z.  Normalmente, el pago de una contraprestación en moneda virtual, bajo el marco de un smart contract, supone que cada participante en el proceso puede ver el estado de aprobación de la transacción a lo largo del ciclo y trabajar sobre una versión única de la verdad, de modo que se simplifican enormemente los procesos y se minimizan duplicidades y errores.

El principio es sencillo, sin embargo, la complejidad aflora al analizar las consecuencias jurídicas derivadas del cumplimiento o incumplimiento en el mundo físico (frente al virtual) de los smart contracts o los mecanismos de consenso de los nodos de las blockchains. En esta área en particular, algunos notarios han dado pasos importantes en el aprovechamiento de estas herramientas. En resumen, considero que no tiene sentido resistirse al uso de esta tecnología. En este campo queda todo por aprender. Actualmente, existe una amplia gama de herramientas y plataformas -unas más fiables que otras- que están al alcance de cualquier profesional jurídico con conocimientos de cloud computing. Un ejemplo es Blockchain as a Service (BaaS), lanzada por Microsoft, una solución completa de lógica modular para construir consorcios empresariales basados en blockchain y que utiliza Azure como plataforma cloud.

 

LA CRUZ

Gabriel López Serrano
Director de Asuntos Regulatorios de Microsoft Ibérica

Superados con holgura los 20 años de profesión (entiendo a Gardel cuando decía que 20 años no es nada), añoro aquellas noches de encierro entre elegantes volúmenes de Aranzadi en busca de jurisprudencia. Recuerdo también el esfuerzo, físico, no solo intelectual que implicaba el manejo de toneladas de documentación en los procesos de due dilligence. Y conservo, como si de primeras ediciones de obras maestras se tratara, algunos ejemplares ya amarillentos de aquellos formularios administrativos en papel autocopiable en cuya cumplimentación puse atención, esmero y buena letra.

Me sacudo la nostalgia para acceder a una aplicación informática que me permitirá de forma intuitiva y rápida acceder a toda la jurisprudencia desde la comodidad de mi despacho. Reviso un informe de due diligence en la que hemos confiado la revisión de miles de contratos a una herramienta. Compruebo que los robots instalados ejecutan con precisión y sin fatiga las tareas puramente administrativas que tanto tiempo nos consumieron en el pasado. Y sigo manteniendo un cierto escepticismo, fruto sin duda de la edad, respecto al ejercicio predictivo que desarrollos basados en inteligencia artificial y machine learning nos ofrecen sobre el potencial resultado de un procedimiento judicial.

La transformación digital, lejos de aminorar su marcha, toma impulso con la llegada de la tecnología blockchain al mundo jurídico. Así, por ejemplo, las transacciones automáticas sin intermediarios, firmadas con criptografía de clave pública, a través de un algoritmo de consenso y a ejecutar por los nodos mineros que reciben una recompensa en forma de criptomonedas.  Dicho de otro modo, contratos inteligentes (smart contracts) que permiten que se eliminen terceros (descentralización), total transparencia y plena seguridad en la transacción.

Llegados a ese punto, las dudas aparecen. ¿Quién necesita un abogado en una transacción en la que no hay intermediarios, es transparente y 100% segura? ¿Habrá llegado ya ese fin de los abogados que algunos pronosticaron hace ya dos décadas?

Me inclino por seguir creyendo que el apocalipsis no ha llegado. Muy al contrario, estoy firmemente convencido de que la tecnología representa una gran oportunidad para los abogados. Me resulta difícil imaginar que la validación inicial de las condiciones de un smart contract, no exija la intervención de un abogado. Igualmente, seguirá correspondiendo a un abogado valorar las consecuencias de un potencial incumplimiento de las obligaciones adquiridas o de un potencial error en el algoritmo de consenso.

Estas y otras cuestiones hacen imprescindible la regulación de estas transacciones, establecer unas reglas de juego que nos den seguridad jurídica y arbitrar los mecanismos de discrepancia. Y la existencia de regulación exige profesionales que la conozcan, la entiendan y asesoren a quienes quieren formar parte de ella. Exige abogados.

Por ello, en mi opinión, la tecnología blockchain y los smart contracts no suponen un peligro para la figura del asesor jurídico, sino una oportunidad. Ahora bien, guste o no, los abogados tendrán que adaptarse a la transformación digital y tecnológica. La tecnología deberá jugar un papel relevante en la formación jurídica y la propia tecnología será fuente del desarrollo de nuevas áreas de especialidad o práctica.

Y, quién sabe, tal vez en muy breve tiempo tendremos que retribuir a los abogados junior en bitcoins.

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