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28/03/2024. 10:43:37

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Navas & Cusí lleva a Bruselas el retraso en la trasposición de la directiva hipotecaria

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Propone que la Comisión interponga demanda ante Luxemburgo por retraso de más de tres años en la trasposición de la directiva Cifra en más de 150.000 los ejecutados afectados por este retraso Amplía la queja presentada ante la Comisión Europea en mayo de 2013

El despacho Navas & Cusí ha elevado una queja ante la Comisión Europea por el retraso en más de tres años en la trasposición de la directiva hipotecaria. Técnicamente se trata de una ampliación de la queja ya presentada en mayo de 2013 y que desde el 20 de julio de 2016 se encuentra en proceso de infracción (infigement case 2015-2200)

Una maza con la bandera de la unión europea

El despacho, especializado en derecho financiero y europeo, recuerda que la directiva 2014/17/UE de 4 de febrero de 2014 establecía en su art. 42 la fecha tope para su trasposición el 21 de marzo de 2016. "Ya el mismo mes de abril de 2016 advertimos al ministerio de Economía y a la opinión pública que se había pasado el plazo sin obtener respuesta alguna por parte del gobierno", lamenta Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí.

Finalmente, tras varias advertencias de multas por parte de Bruselas la trasposición llegó este 2019. La Ley de Crédito Hipotecario 5/2019 de 15 de marzo no entró en vigor sin embargo hasta el pasado 16 de junio de 2019, "es decir, más de tres años de retraso respecto a la fecha tope de trasposición obligatoria".

Más allá de la deslealtad institucional, señala el letrado, el retraso ha provocado daños graves a miles de afectados. En estos tres años de retraso se han instado más de 150.000 procedimientos de ejecución hipotecaria que probablemente con la directiva traspuesta no se habrían producido, lamenta Navas en su queja ante la Comisión Europea.

La Disposición Transitoria 1ª de la Ley 5/2019 permite la aplicación retroactiva del nuevo sistema de vencimiento anticipado salvo para los procesos que ya estén en marcha. Y desde luego para los procesos que ya fueron juzgados. "¿Qué culpa tienen esos 150.000 desahuciados de que el gobierno no haya hecho los deberes a tiempo?", se pregunta el socio-director de navascusi.com.

El letrado considera además que la sentencia del Supremo sobre el vencimiento anticipado del pasado 11 de septiembre arroja más incertidumbres que certezas. El Supremo sustituye las cláusulas abusivas en todos los contratos hipotecarios suscritos antes de la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria por la nueva previsión legal de vencimiento anticipado. Para los procedimientos que ya están en marcha, deben de archivar y volver a iniciar el procedimiento si incumplen el nuevo criterio de vencimiento anticipado de 12 impagos.

"En nuestra opinión, si la cláusula es abusiva, no cabe subsanar el error, sino sencillamente darla por no puesta", apunta Navas. El socio-director de navascusi.com recuerda la doctrina de Luxemburgo: sustituir una cláusula abusiva por una disposición legal vigente elimina el efecto disuasorio de darla por no puesta. Sólo hay una excepción: que el contrato no pueda subsistir sin ficha cláusula. "En nuestra opinión, el contrato sí puede subsistir sin la cláusula de vencimiento anticipado que no es sino una garantía adicional para el banco", señala Navas.

El Supremo considera -en cambio- que no puede subsistir e interpreta que el mayor interés para el consumidor es asumir la nueva disposición legal. Pero Luxemburgo acaba de resolver -señala Navas- que el consumidor debe ser escuchado, que su opinión es "determinante". "Es decir, el juez debe preguntar al consumidor si prefiere que su cláusula sea sustituida por la actual previsión legal o bien que simplemente desaparezca", apunta el letrado español.

Estos interrogantes y retrasos son los que forman parte de la ampliación de queja ante la Comisión Europea con petición de que Bruselas demande a España ante Luxemburgo en aplicación del art. 258 del Tratado de Funcionamiento de la UE. "Esperamos ser escuchados. En primer lugar para que se haga justicia sobre los 150.000 desahuciados como consecuencia del indebido retraso en la trasposición; y en segundo lugar para que se clarifique un escenario que hoy por hoy sigue siendo muy confuso", concluye el socio-director de navascusi.com

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