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20/04/2024. 14:11:52

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La inteligencia artificial y el futuro del Derecho

Doctor en ciencias jurídicas y sociales por la URJC

El mundo cada día avanza a un ritmo asimétrico en sus diferentes campos. Uno de estos campos corresponde a la Inteligencia Artificial – Artificial Intelligence – o “AI” por sus siglas en inglés, la cual ha sido el producto del desarrollo humano en el campo técnico de las ciencias exactas, pero sobre todo la robótica.

Inteligencia artificial

No es descabellado pensar que la realidad que proponen las películas "Artificial Intelligence" del director Steven Spielberg, "I, Robot" dirigida por Alex Proyas, "Bicetennial Man" de Chris Columbus y la ganadora del Oscar del año 2014 "Her" de Spike Jonze, sean realidades muy alejadas de la actualidad. Lo complicado de estas producciones pertenecientes a la ciencia ficción es el constante dilema moral, ético, social, cultural y legal que enfrenta la especie humana con la inteligencia artificial – aunque su desarrollo aun no conlleve a una autonomía plena -, y que en la actualidad empezamos a cuestionarnos sobre los diferentes efectos que produce la AI en nosotros como individuos y como sociedades organizadas mediante ordenamientos jurídicos.

A lo largo de la historia por varios procesos sociales, económicos y culturales ha ido cambiando la calidad respecto a lo que considerábamos entes invisibles y objetos, no son más de 200 años desde que las campañas abolicionistas terminaron con la esclavitud del pueblo afroamericano en Estados Unidos, mediante la Proclamación de Emancipación de 1863, en el que se consideraba al propio ser humano como objeto. Y siguiendo una corriente similar en varías Constituciones latinoamericanas como en las de Ecuador (2008) y Bolivia (2009) han reconocido que la naturaleza ya no es un objeto para los efectos constitucionales y legales, pasando a ser un sujeto con derechos que se deben precautelar, según las nuevas corrientes del neoconstitucionalismo. Más allá de las discusiones doctrinarias sobre aquel reconocimiento, ha sido una constante el establecimiento de nuevos sujetos de derecho por algunas características como su necesidad en el contexto social, su capacidad de raciocinio, sentir dolor, poseer vida, entre otras más, que fundamentan que sea un centro de imputación ideal de derechos y deberes.

Es la mezcla interdisciplinaria entre las ciencias informativas, matemática, cibernética y control, robótica, psicología, filosofía, neurociencias, lingüística y demás ciencias relacionadas con la capacidad mental del ser humano, que ha formado esta relativa nueva ciencia – formalmente desde 1956 – que tiene como finalidad según lo establecido por los autores Stuart Russell y Peter Norvig, en su obra Inteligencia Artificial, un enfoque moderno, que "…los esfuerzos de la IA están encaminados tanto a la construcción de entidades inteligentes como a su compresión…", por lo tanto, existe una clara determinación a emular nuestra capacidad más sobresaliente dentro del reino animal, como es nuestro nivel sofisticado de inteligencia y razonamiento.

Existen diferentes connotaciones que se le otorga a la "AI" dependiendo de sus principales investigadores como McCarthy, M. Miniky, N. Rochester y E. Shannon, quienes han establecido ciertos criterios centrales dentro esta rama como el actuar como personas, en el que se evalúa al programa desde el punto de vista del comportamiento humano; también se ha profundizado desde la perspectiva del razonamiento como personas, en el que se fundamenta con fuerza en las ciencias cognitivas y se busca que el programa razone como un ser humano; dentro de esta misma rama existe la perspectiva del razonar racionalmente, es decir que en ese ejercicio del razonamiento exista lógica y formalidad para cumplir un objetivo; y por último existe el actuar racionalmente, siendo lo importante valorar los resultados objetivos que realiza el programa, entre otras perspectivas.

En la actualidad convivimos con diferentes sistemas de IA, desde los buscadores en línea y demás aplicaciones como los pertenecientes a Google y el programa SIRI que se encuentra en nuestros IPhone, hasta los más diversos sistemas de defensa nacional  y aplicaciones gubernamentales de los Estados. Siendo inclusive más compleja la vinculación entre la robótica y la IA – o los  robots humanoides – en nuestras relaciones humanas que ya se vienen desarrollando desde finales del Siglo XX en muchas sociedades del mundo.

Para prevenir y reglamentar este tipo de relaciones entre humanos e IA, se han propuesto una serie de leyes en sentido de lex artis, siendo una de las primeras propuestas la de Isaac Asimov que determinó que "1. Un robot no hará daño a un ser humano o, por inacción permitirá que un ser humano sufra daño, 2. Un robot debe obedecer las órdenes dadas por los seres humanos excepto si estas órdenes entrasen en conflicto con la 1ra ley. 3. Un robot debe proteger su propia existencia en la medida en que esta protección no entre en conflicto con la 1ra y 2da Ley.". La Unión Europea se ha preocupado sobre esta realidad, un ejemplo de esto es la resolución del parlamento destinada a normar el derecho civil sobre robótica (2015/2013 (INL)), en conjunto con el Europena Civil Law Rules in Robotics, en los que se recogen nueve leyes fundamentales como el "1. Proteger a los seres humanos de los daños causados por robots. 2. Respetar el rechazo de la atención por parte de un robot. 3. Proteger la libertad humana frente a los robots. 4. Proteger a la humanidad contra las violaciones de la privacidad cometidas por un robot. 5. Gestión de datos personales procesados por robots. 6. Proteger a la humanidad contra el riesgo de manipulación por robots. 7. Evitar la disolución de los vínculos sociales. 8. Igualdad de acceso al progreso en robótica. 9. Restringir el acceso humano a las tecnologías de mejora.". Cuestiones importantes que se deben prever desde el punto de vista del derecho, incluyendo las vinculaciones emocionales y dependientes entre humanos e IA, las cuales pueden terminar siendo perjudiciales.

En la actualidad, en el Ecuador y en las organizaciones intergubernamentales de la región no se ha expresado dentro del aspecto normativo sobre este tema, el cual tarde o temprano deberá ser reglado dentro del contexto globalizado en el que nos desenvolvemos, más allá de la normativa general correspondiente a propiedad intelectual que se encuentra vigente. Se han celebrado conferencias y eventos como el IBM Innovation Summit Ecuador 2017, buscando promocionar esta disciplina dentro de las aulas universitarias y proyectos de investigación en el sector privado y público, sin embargo no ha existido un pronunciamiento formal en materia jurídica.

Este interesante y dinámico tema no deberá escaparse en mucho tiempo de ser parte del debate jurídico nacional y regional,  en el que su complejidad nos involucrará de manera directa más de lo que ya forma parte, acercándonos en todo o en algo a las obras literarias y cinematográficas pertenecientes a la ciencia ficción, y que nos invitan a soñar en las posibilidades de un futuro parcialmente incierto.

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