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28/03/2024. 22:19:49

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Primer paso: leyes y contenido mínimo legal de las webs

Abogado. Director del Departamento de Nuevas Tecnologías en MCT Abogados

Hasta ahora, los clientes nos presuponían antes de venir a vernos, experiencia y conocimientos jurídicos. Sin embargo, de unos años a esta parte, también se nos presuponen conocimientos en materias digitales. Y no les falta razón: usamos lexnet (no sin ciertas dificultades), utilizamos el correo electrónico y buro-emails, y tenemos una espléndida página web. Sin embargo, dichos clientes desconocen que están cuestiones las suelen desarrollar la secretaria o el informático.

Muñequito con un mazo tocando un smartphone

Todos sabemos cómo avanzan las nuevas tecnologías, por eso, es conveniente que vayamos haciéndonos a algunas cuestiones digitales y a las leyes que las regulan. Pues, ¿qué vas a hacer cuando tú cliente te pregunte…

  • Tengo que tener aviso legal en mi web?
  • Qué es esto de las cookies?
  • Puedo poner cualquier foto en mi web?
  • Qué puedo o no puedo hacer para coger datos personales a través de la web?
  • Y si quiero vender por internet?

No son preguntas tan descabelladas ¿verdad? Probablemente alguna ya te las hayan hecho. Vamos a ver algunas cuestiones básicas: el contenido mínimo legal que debe tener toda web, y las leyes que regulan internet y las páginas webs.

1.- LSSI y CE, Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, o Ley 34/2002. Esta ley dispone la base y los mínimos que debe tener toda web, lo que se conoce como "Aviso legal".  Cuya información debe estar accesible de manera fácil, directa y gratuita. Veamos que debe informar:

  • Identificación del titular de la web: Nombre (no es suficiente con el nombre comercial) y DNI o CIF.
  • Datos de contacto: correo electrónico y dirección postal, teléfono y/o fax.
  • Si la empresa está registrada en algún registro mercantil o público.
  • Si se trata de una actividad que requiera autorización administrativa previa. Por ejemplo, los psicólogos o médicos deben estar colegiados para su ejercicio, en dicho caso, tenemos que indicar el número de colegiado y el colegio. Pero no confundamos, esto será sólo en el caso de que la web sea titularidad de uno o varios profesionales, si fuera de una empresa, no tenemos que indicar estos detalles.

2.- Protección de datos. La Ley Orgánica de Protección de Datos, y su reglamento de desarrollo (así como el Reglamento Europeo). También cuestión delicada. Son muchas cuestiones:

  • La web debe incluir la política de privacidad y uso y destino de los datos que se recojan a través de la web (ej. formularios de contacto o compras on-line).
  • Se debe haber notificado los ficheros correspondientes a la Agencia Española de Protección de Datos.
  • La web debe indicar el número de fichero, como pueden ejercitar sus derechos ARCO el usuario de la web y ante quien (el responsable o encargado del fichero).
  • Política y aviso de cookies: ¿qué son? ¿tipos que utilizas? ¿propias y de terceros? revocación del consentimiento dado.

3.- Propiedad intelectual de textos, imágenes y demás contenido de las webs. Regulado tanto en la LSSI como en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Las imágenes que se utilizan para una web, no pueden cogerse libremente de google, ni copiarlas de otras webs, pues están protegidas por propiedad intelectual. Hay soluciones, utilizar tus propias fotografías, siempre que respetemos la imagen e intimidad de las personas que en ellas aparecen. Conseguir imágenes libres de derechos de autor, o comprarlas en internet con la cesión de derechos de autor.

En relación con los textos que se usan en la web, es muy peligroso "el copia y pega" de otra web. Se puede estar infringiendo derechos de propiedad intelectual, y provocar una reclamación por daños y perjuicios.

4.- Consumidores y usuarios. Regulado por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La ley del Comercio Minorista en su caso. Y todas las leyes autonómicas en materia de consumo, que imponen obligaciones a los vendedores.

5.- Política de Uso de la web. Para prevenir que se haga un uso indebido, especifiquemos entre otras cosas: en qué condiciones pueden enlazar nuestro contenido, la propiedad intelectual sobre fotos, textos, artículos, la prohibición o no de uso de nuestra marca o logo, etc.

¿Qué riesgos se corren de no disponer estos mínimos en la web?

1.- Posibles sanciones.

  • Por incumplimientos de la LSSI y CE (artículos 37 y ss), por la Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital. Las sanciones son infrecuentes, pero a veces, llegan.
  • En materia de protección de datos, también sanciona y con más frecuencia, la Agencia Española de Protección de datos, artículos 43 y ss de la LOPD.
  • Oficinas de Consumo. Esta es la situación más grave, por lo difícil de controlar. Si la web, no especifica que no ofrece sus productos o servicios en una CCAA determinada, deberá respetar las leyes autonómicas de consumo de todas y cada una de las Comunidades Autónomas, además de la estatal, el Texto Refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios. Mucho cuidado con esto.

2.- La web, forma parte de nuestra imagen corporativa. Si nuestra oficina está presentable, también debe estarlo nuestra web, donde los requisitos legales son lo mínimo. Si un cliente visita nuestra web, y por ejemplo, no identifica quién es el titular de la web, o no sabe qué se van a hacer con sus datos, es probable que ya no nos llame para una primera cita.

3.- Un cliente insatisfecho o despechado, que visite nuestra web y vea algún error o requisito legal incumplido, puede hacernos sufrir mucho, con las posibilidades de difusión que hoy día tiene un blog o las redes sociales (especialmente twitter).

Espero, compañero, que tras leer este artículo, puedas decir orgulloso que eres un poco más digital.

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