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19/03/2024. 11:53:12

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La Externalización de los Procesos Legales: ¿hacia una Iberoamérica Jurídica?

Si no puedes competir con los abogados extranjeros, ¡contrátalos!

analista del Gertrude Ryan Law Observatory

Aparicio Caicedo
colaborador de Legal Today

Para las firmas españolas, la posibilidad de delegar sus prestaciones en el extranjero cuenta con un potencial excepcional A medida que se gana confianza y se perfeccionan los canales de comunicación, varias firmas han empezado a delegar el trabajo de mayor complejidad La Externalización de Procesos Legales incluye cualquier servicio de apoyo a la labor de departamentos legales corporativos, de firmas de abogados o incluso de profesionales individuales en distintas partes del mundo. La transmisión de datos de alta velocidad y el fácil acceso a la información han movido a muchas firmas y departamentos legales corporativos del Reino Unido y Estados Unidos a externalizar en el extranjero o internacionalizar su actividad para satisfacer las necesidades de sus clientes y así mantener su competitividad. Los despachos ibéricos tienen una singular oportunidad de reproducir este modelo en América Latina.

El principal enemigo de la internacionalización de los despachos de abogados es el proteccionismo. Como en cualquier otra rama productiva, los operadores locales muchas veces disfrazan sus temores ante la competencia extranjera con el prurito de la “seguridad nacionales” o “intereses de orden público”. La concepción localista de profesión jurídica se encuentra muy enraizada en diversos países.

competir abogados extranjeros

Una pregunta muy común cuando un abogado o estudiantes de Derecho salen a formarse al exterior es: ¿Y de qué te sirve aprender sobre leyes de otros países? Para el público en general, la labor del jurista debe ceñirse a las barreras estatales. Sin embargo, la inventiva de los profesionales del Derecho está superando todos los estereotipos. Un nuevo lema se impone en el mundo de la universalización de la profesión legal: si no puedes entrar a competir con los abogados extranjeros, mejor contrátalos. Imaginemos despachos donde sus abogados dedican su tiempo a actividades verdaderamente productivas: planear estrategias, redactar alegatos, estudiar el caso. De esta manera, las firmas intentan no perder horas con mero papeleo: informes, recolectar información, llenar formularios, redactar cartas, etc. Una firma donde esas tareas son asumidas por profesionales de otros países, por un coste/hora mucho menor, prioriza en su actividad y gana en eficacia. Lejos de ser una lejana quimera, el escenario descrito es real para muchos bufetes del mundo. Como señala el  profesor indio, Kishu Daswani, la transmisión de datos de alta velocidad y el fácil acceso a la información han movido a muchas firmas y departamentos legales corporativos del Reino Unido y Estados Unidos a externalizar en el extranjero o internacionalizar su actividad para satisfacer las necesidades de sus clientes y así mantener su competitividad. Un fenómeno que empezó con la Externalización de Procesos Empresariales (Bussines Process Outsourcing) y los Call Centers en los noventas, y que resultó luego en la Externalización de Procesos de Conocimiento Especializado (Knowledge Process Outsourcing), ahora deriva en la Externalización de los Procesos de Conocimiento legal  (Legal Process Outsourcing-LPO).

La Externalización de Procesos Legales, añade Daswani, definida en sentido amplio, incluye cualquier servicio de apoyo a la labor de departamentos legales corporativos, de firmas de abogados o incluso de profesionales individuales en distintas partes del mundo mediante la facilitación de prestaciones que van desde funciones de asistencia administrativa hasta la propia prestación de servicios jurídicos profesionales. Las labores externalizadas inicialmente consistían en transcripciones o la mera elaboración de formularios, actualmente se trata de actividades con un alto grado de especialización tales como: redacción de solicitudes de registro de patentes, investigaciones jurídicas, recopilación de documentación previa a litigios, asesoría, elaboración de informes, redacción de acuerdos de uso de software y la ejecución de las diligencias requeridas para tales fines.

 

El sendero recorrido

La India se presenta como un singular prospecto para el desarrollo de la LPO. Su sistema legal se basa en el common law (similar al del Reino Unido y Estados Unidos) y el inglés es el idioma de las altas instancias de la organización judicial. Daswani apunta, además, que no es posible ignorar el potencial del acceso al conocimiento legal de alta calidad a menor costo. De acuerdo a una investigación realizada por Forrester, se espera que más de doce mil puestos profesionales relacionados con el derecho sean desplazados a países con menores costes, principalmente a la India. Se calcula que el número alcance hasta ochenta mil para 2015. El mercado actual de la abogacía en Estados Unidos mueve más de 200.000 millones de dólares. De acuerdo con Hildebrandt International, el gasto en externalización de servicios jurídicos alcanzó los 6.500 millones de dólares a finales del 2006.

Sin duda, este fenómeno se ha desarrollado más intensamente en La India. Integreon es una de las empresas más prósperas en el mundo de la externalización legal. Hace pocos días esta compañía ha anunciado el inicio de actividades en Filipinas. La líder a nivel mundial en materia de externalización de procesos legales es, sin lugar a dudas, Computer Patent Annuities, entidad británica con presencia en el mundo entero. Esta empresa se especializa en brindar prestaciones a despachos de abogados dedicados a la propiedad intelectual.

Este modelo empresarial coge fuerza, y se propaga en el mundo entero. Hace apenas unas semanas, Harvey Werblowsky, abogado neoyorquino, anunció la apertura de una nueva empresa, PowerLegal Support Inc. Se trata, nada menos, que de una compañía de outsourcing jurídico que ofrece delegar trabajo a abogados israelitas formados en Estados Unidos. Esta firma es la primera de su clase en la nación hebrea. Ofrece actividades como recolección, organización y revisión de documentos y pruebas para litigios, investigación de archivos públicos, preparación de acciones anti-trust, así como otros servicios que demanden una gran cantidad de labor física y de documentación.

En abril pasado se celebró la Conferencia "The International Outsourcing of the Legal Profession", en la Universidad de California en Berkeley. La cita contó con la participación de diversas autoridades del mundo académico, profesional e incluso del ámbito informático. En dicho evento se discutió acerca de la experiencia de los despachos, los principales inconvenientes a los que se han enfrentado en los procesos, así como las dimensiones legales, éticas y económicas del asunto. Particularmente, se refirieron a las perspectivas a futuro. Todos los presentes estuvieron de acuerdo en una cosa: la externalización de los servicios legales es una práctica que ha llegado para quedarse.

 

Posibilidades para España: externalizar en América Latina

Para las firmas españolas, la posibilidad de delegar sus prestaciones en el extranjero cuenta con un potencial excepcional. Los despachos ibéricos tienen una singular oportunidad en América Latina.

En primer lugar, al igual que sucede en la relación entre India y el bloque anglosajón, los sistemas jurídicos tienen una base muy similar, pertenecen a la esfera del civil law. Tanto es así que, en algunos ámbitos, como el del Derecho Constitucional, por citar un ejemplo, es común que algunos tribunales constitucionales latinoamericanos citen jurisprudencia del TC español. En el panorama administrativo, o tributario, incluso en el civil y mercantil, la similitud de regímenes es también impresionante. No en vano, muchos jóvenes abogados latinoamericanos vienen a realizar cursos de postgrado en instituciones educativas españolas en todos los ámbitos del Derecho.

En segundo lugar, también como sucede en la órbita indo-anglosajona, una de las ventajas del cosmos iberoamericano es la diferencia del valor del dinero en la zona euro y los países latinos. Con excepción de los despachos de gran nivel, los honorarios cobrados en América Latina son más bajos que en España, más ahora que se ha robustecido tanto la divisa europea. La proporción de la diferencia de tarifas cobradas variará, eso sí, según el país.

En tercer lugar se encuentra el factor tiempo. Aunque no lo parezca, este es un elemento muy importante. Ecuador, Colombia y Perú, por ejemplo, se encuentran seis horas por detrás del uso horario de España continental. Esta situación puede ser aprovechada por los abogados españoles para ganar tiempo y eficacia en su trabajo. Cuando la jornada termina en Madrid, en Lima o Bogotá apenas empieza. Con esta diferencia temporal es posible adelantar trabajo a bajo coste. Cuando el abogado llegue a su despacho la mañana siguiente, puede tener en su casillero de email los informes y/o documentos que de otra manera le hubieran quitado media jornada.

Claro está que el negocio no debe ser enfocado nunca desde la perspectiva simplista de la diferencia de coste de personal. Si bien esta sería una importante ventaja, no es la única, ni la principal. El sólo hecho de que los abogados de planta puedan dedicarse a actividades más productivas sin perder tiempo en "papeleo" constituye una ganancia invalorable. Hay países que ofrecen atractivos distintos, como Uruguay, con altos índices de seguridad jurídica, un sistema educativo de buen nivel, y un marco legislativo muy favorable a la inversión extranjera.

En India, la industria del LPO ya es una mina de oro en constante expansión. Una realidad que reporta grandes ingresos. Sin embargo, la experiencia demuestra que no es del todo fácil encontrar el grado de sintonía adecuada entre los despachos y las empresas. Por ello, grandes firmas se encuentra invirtiendo en capacitación y apoyo tecnológico. Todo ello revierte en un servicio de mayor calidad. Incluso es posible crear un pool de talentos que trabajen para nosotros en una primera fase y luego se incorporen a nuestra firma. Los despachos pueden invertir en la formación de los abogados extranjeros que realizan sus actividades. Ello no sólo beneficiaría a la firma, al asegurar un servicio de mayor calidad, sino que incluso puede constituir una importante labor social. Proyectos como éste pueden contar con la participación de instituciones académicas locales, como universidades y otros centros de estudio de nivel superior.

 

Tendencias del negocio

De acuerdo con la experiencia reciente de la esfera anglosajona, el criterio más importante para los despachos que delegan sus funciones en el extranjero es la calidad, no el coste, al contrario de lo que sucede en otras áreas empresariales susceptibles de externalización. El mayor desafío es encontrar socios fiables, capaces de proveer un buen servicio, con un equipo capacitado. La confianza es fundamental. Se debe asegurar una transferencia segura de la información de los clientes controlando que ésta no sea usada para fines impropios. Existe, además, una creciente tendencia hacia la diversificación de proveedores externos. Siguiendo este sendero, algunos despachos han optado por asignar distintas tareas a diferentes socios en el extranjero, según los requerimientos de cada área. Así, un determinado proveedor puede ofrecer una mejor calidad en informes sobre propiedad intelectual, debido a las características concretas de régimen legal del país donde se lleva a cabo la labor. Sin embargo, puede ser que para otras tareas sea más adecuado contratar con una compañía de un país distinto que ofrezca otro tipo de ventajas. No obstante, algunas empresas están prestando los servicios multifuncionales que algunos despachos requieren.

En principio, la actividad externalizada debe ser muy básica, acaso actividades mecánicas de poco valor añadido. De esta forma, el personal local podría concentrarse en actividades más especializadas que demanden mayor cualificación. Sin embargo, a medida que se gana confianza y se perfeccionan los canales de comunicación, varias firmas han empezado a delegar trabajo de mayor complejidad. Por ejemplo, Clifford Chance ha contratado una empresa india para encargar aspectos muy relevantes de sus servicios financieros. Otros, como la americana Schwegman, Lundberg, Woessner & Kluth (SLWK), han establecido sus propias firmas de externalización en territorio indio desde 1999.

Se vienen tiempos difíciles para la economía. Puede que el alarmismo desatado sobre el horizonte empresarial sea exagerado, pero los datos hasta el momento confirman un cierto estancamiento para los que viven del negocio de la ley. Muchas son las fórmulas recomendadas para renovarse ante la adversidad. Dentro de este abanico de posibilidades, la externalización del servicio legal se presenta como una alternativa muy prometedora, que ya se probado de manera muy fructífera en Estados Unidos y el Reino Unido. Quizá sea hora de que los abogados españoles lo piensen en serio. El viento corre a favor, particularmente si se considera el enorme potencial de una Iberoamérica jurídica. Pocos años antes, cualquier abogado neoyorquino se hubiese reído ante la mera insinuación de que un profesional indio haga su trabajo desde Mumbai. Era simplemente inimaginable. Y ya vemos cómo han cambiado las cosas. Quizás tenemos una mina de oro brillando ante nuestras propias narices, y no nos hemos dado cuenta.

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