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29 de Julio de 2008
BLOG DE QUINCENA FISCAL

Las CCAA al rescate en la crisis inmobiliaria, ¿y la tomadura de pelo del IAJD?

Amancio L. Plaza

Es cierto, lo reconozco y tengo que hacérmelo mirar: no consigo quitarle el tono de guasa a las cosas que escribo últimamente. Y es que estas cosas de los impuestos, si te las tomas en serio, sólo se soportan con medicación.

En prensa regional leía esta última semana que el Ilmo. Sr. Presidente de una Comunidad Autónoma (seguro que vale para cualquiera) se aliaba con los empresarios del sector inmobiliario para echar una mano (y no al cuello); lo primero "un observatorio" para.... bueno, para por lo menos salir en el periódico con buenas intenciones.

Pero la memoria es algo cruel, tanto la que se tiene -lo digo por nosotros- como la que no se tiene -algo quizás aplicable a más de un responsable tributario-.

¿Sabes que cuando firmas una hipoteca hay una pasta que se va en impuestos, en concreto un 1 por 100 en el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados? Ojo, si compras a promotor es un doble 1 por 100 (uno por la escritura de compraventa y otro por la escritura de hipoteca).

Tradicionalmente el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados tenía un tipo impositivo del 0,5 por 100, hasta donde mi memoria -limitada- recuerda. El impuesto en un "residuo histórico", no sé si también un residuo radiactivo, o algo parecido, o incluso peor. Se estudie por donde se estudie, es imposible justificarlo con base constitucional admisible: ¡que se lo digan hoy a cualquiera que no llega a pagar su hipoteca! ¿Cuál era la manifestación de riqueza -capacidad económica en términos constitucionales- que exteriorizaba cuando la firmó? ¿Qué signo de riqueza hay en decir que no tienes dinero para comprar una casa, y tener que pedirlo prestado? La "bobada" de la "seguridad del tráfico jurídico", como justificación del impuesto, creo que ya ni los "antiguos" se atreven a seguir sosteniéndola.

Y ¿saben Ustedes qué han hecho las Comunidades Autónomas una detrás de otra con este impuesto? ¿Suprimirlo por anacrónico?

Pues sí, eso es, exactamente lo contrario. Una detrás de otra, mire usted, ha sido tener competencia normativa y "magia potagia": allí donde un impuesto anacrónico y manifiestamente injustificable -yo diría inconstitucional- suponía un 0,5 por ciento en una hipoteca... ¡¡pues ahora un 1 por 100!!

¿Ha escuchado alguien al Presidente de su Comunidad Autónoma anunciar que para proteger "a los ciudadanos" ante la crisis inmobiliaria va a "rebajar la factura fiscal monstruosa" que, en su estricta competencia, recae sobre el tráfico inmobiliario?

Yo no.

Seguro que ni se acuerdan de que "ellos" inventaron esto del IAJD duplicado. Pues eso, ¿tomadura de pelo les parece suave? Pues califiquen ustedes.

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[ 3 Comentarios ] Pagina 1 de 1

  • 3 FISCO 2008-08-11 13:29:01
    Tan cutre bque ni siquiera es robo de guante blanco. Por cierto ¿qué opina el autor sobre el tipo impositivo de la hostelería-sea cual sea su categoría-?.
  • 2 BEA 2008-08-06 11:47:37
    La verdad que más que un impuesto opera como una tasa pero porcentual y no me queda claro el servicio que por su pago me da la Administración...ah!, sí, qué torpe, me da "seguridad jurídica" que el piso que te has comprado te va a costar más de lo esperabas
  • 1 Marco 2008-08-06 11:44:32
    Como ya comenté a otro jugoso post, las medidas contra la "crisis" que las adopte la Administración central, que está lejos y Ayuntamientos y gobiernos autonómicos siguen como si no pasara nada.

[ 3 Comentarios ] Pagina 1 de 1

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