LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/04/2024. 21:58:25

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

La juez acuerda diligencias para recuperar el dinero de los ERE de la Sierra Norte, cuyos delitos han prescrito.

Auto Juzgado de Instrucción Provincia de Sevilla num. 174/2011 15-03-2016

La juez acuerda diligencias para recuperar el dinero de los ERE de la Sierra Norte, cuyos delitos han prescrito

 MARGINAL: PROV201661942
 TRIBUNAL: Juzgado de Instrucción nº6, Provincia de Sevilla, Sevilla Sala 6
 FECHA: 2016-03-15 10:39
 JURISDICCIÓN: Penal
 PROCEDIMIENTO: Recurso núm. 174/2011
 PONENTE: María Núñez Bolaños

JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 6 DE SEVILLA

 

Procedimiento: DILIGS.PREVIAS 174/2011. Negociado: CH

Nº Rg.: 252/2011

N.I.G.: 4109143P20116000008.

 

 

A U T O

        

En Sevilla, a 15 de marzo de 2016

 

HECHOS

 

ÚNICO.- Por auto de 6 de febrero de 2015 se acordó llamar al procedimiento en calidad de imputados, instruyéndoles del art. 118 de LEcrm a una serie de personas en virtud del atestado 300/2014, instruido para el estudio de las ayudas concedidas a beneficiarios vinculados con la Comarca de la Sierra Norte de Sevilla.

 

          Dicho auto fue objeto de recurso por la representación del Sr D. L.G.G. y D. J.M.P.G. habiéndose dictado auto por la Ilma. Audiencia Provincial de fecha 9 de marzo de 2016 estimatorio del recurso declarando prescriptos los delitos de prevaricación y malversación imputados a los recurrentes.

 

          Por el Ministerio Fiscal, escrito de 19 de marzo de 2015, se solicitaba la declaración de prescripción de los delitos de prevaricación y malversación imputados, además de a los dos recurrentes (D. L.G.G. por su participación en la ayuda concedida a S.C.A. VIRGEN DE BELÉN.- [Almazara de aceite sita en Las Navas de la Concepción] y D. J.M.P.G. por su intervención como presidente de "Asnadis" (Asociación Sierra Norte para la Atención del Disminuido Psíquico) en la tramitación y cobro de una subvención de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía por importe de 180.303,63) a los siguientes investigados que se hallaban en la misma situación:

 

D. A.D.E., ayuda de 60.000€ pagada el 30 de julio de 2004

 

D. A.F.S., ayuda de 60.000€ a Coflosur, pagada el 18 de enero de 2005

 

D. J.R.E., ayuda de 300.000€ a empresa Eustaquio Reina S.A., pagada el 18 de enero de 2005

 

D. E.R.F., ayuda de 300.000€ a empresa Eustaquio Reina S.A., pagada el 18 de enero de 2005. Fallecido el día 25 de enero de 2014

 

D. J.G.M., ayuda de 90.151,81€ pagada el 2 de julio de 2003.

 

D. J.B.A., ayuda empresa Gestión Turística del Sur S.L. de 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

 Doña M.R.R.B., ayuda empresa Gestión Turística del Sur S.L. de 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

Don M.S.F., ayuda empresa El Olivar de los Infantes S.L. de 150.252€ pagada el 9 de marzo de 2003

 

 Don J.Ll.H. ayuda empresa Refractarios y derivados S.L. de 150.253,03€ pagada el 5 de diciembre de 2001

 

 Doña B.P.M., exclusivamente por su participación en la ayuda concedida a a su empresa Producciones Barataria por importe de 210.354,24 € efectuándose los pagos entre el 14 de abril y el 7 de julio de 2004.

 

Del anterior escrito se dio traslado a las partes para alegaciones y verificado pasa a SSª para resolver.

 

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

 

          PRIMERO.- La petición realizada por el Ministerio Público, debe ser estimada, atendiendo a los razonamientos expuestos por la Ilma Audiencia Provincial en el auto de 9 de marzo de 2016, puesto que, al igual que en los supuestos analizados por la Ilma. Audiencia Provincial, en el resto de los casos cuya prescripción solicita el Ministerio Público no existe otras resoluciones, previas a la del auto de 6 de febrero de 2015, que reunan la condición de "actos de interposición o de dirección Judicial contra persona determinada o determinable, de los que pudiera deducirse la voluntad judicial de no renunciar a la persecución y castigo del ilícito".

           

             No es sino con el auto de 6 de febrero de 2015 cuando se colma la exigencia del art. 132 del Código Penal respecto de las personas para las cuales pide el Ministerio Público la declaración de prescripción de los delitos de prevaricación y malversación.

 

            En todos los supuestos solicitados por el Ministerio Público se trata de ayudas en cuantía inferiores a 450.000€, en las cuales podemos considerar no resulta de aplicación el subtipo agravado acogiendo el criterio meramente objetivo sostenido por el ministerio Público y estableciendo como límite la cuantía para la cual la normativa reguladora de la agencia IDEA, antes IFA, exigía pasar por la ratificación /aprobación del Consejo Rector, signo evidente de que la Administración pública concedente las consideraba de especial relevancia por su cuantía. Así mismo en todos los supuestos solicitados por el Ministerio Público las ayudas han sido abonadas con más de 10 años de antelación a la fecha del auto de 6 de febrero de 2015.

 

SEGUNDO.- Declarados prescritos los delitos de prevaricación y malversación procede conforme al art. 771,1,1º, en relación con el art. 641,2º de la L.E.Crim. Decretar el sobreseimiento provisional con respecto a:

 

D. L.G.G. por su participación en la ayuda concedida a S.C.A. VIRGEN DE BELÉN.- (Almazara de aceite sita en Las Navas de la Concepción)

D. J.M.P.G. por su intervención como presidente de "Asnadis" (Asociación Sierra Norte para la Atención del Disminuido Psíquico) en la tramitación y cobro de una subvención de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía por importe de 180.303,63

 

D. A.D.E., ayuda de 60.000€ pagada el 30 de julio de 2004

 

D. A.F.S., ayuda de 60.000€ a Coflosur, pagada el 18 de enero de 2005

 

D. J.R.E., ayuda de 300.000€ a empresa Eustaquio Reina S.A., pagada el 18 de enero de 2005

 

D.J.G.M., ayuda de 90.151,81€ pagada el 2 de julio de 2003.

 

D. J.B.A., ayuda empresa Gestión Turística del Sur S.L. de 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

 Doña M.R.R.B., ayuda empresa Gestión Turística del Sur S.L. de 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

Don M.S.F., ayuda empresa El Olivar de los Infantes S.L. de 150.252€ pagada el 9 de marzo de 2003

 

 Don J.Ll.H. ayuda empresa Refractarios y derivados S.L. de 150.253,03€ pagada el 5 de diciembre de 2001

 

 Doña B.P.M., exclusivamente por su participación en la ayuda concedida a a su empresa Producciones Barataria por importe de 210.354,24 € efectuándose los pagos entre el 14 de abril y el 7 de julio de 2004.

 

Así mismo deberá sobreseerse la causa con respecto D. E.R.F., por defunción.

 

TERCERO.- De conformidad con lo establecido en el Art. 122 Código Penal procede traer al proceso como responsables civiles directos en su condición de partícipes a titulo lucrativo a :

 

La entidad S.C.A. VIRGEN DE BELÉN.- (Almazara de aceite sita en Las Navas de la Concepción) por una ayudad de 270.455,44 €, abonada el 27 de noviembre de 2003 y el 13 de enero de 2004.

 

 "Asnadis" (Asociación Sierra Norte para la Atención del Disminuido Psíquico) por el cobro de una subvención de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía por importe de 180.303,63

 

 D. A.D.E. por la cuantía de la ayuda de 60.000€ pagada el 30 de julio de 2004.

 

A la entidad Coflosur por la ayuda de 60.000€ pagada el 18 de enero de 2005

 

A la entidad Eustaquio Reina S.A. por la ayuda de 300.000€ pagada el 18 de enero de 2005

 

A D. J.G.M., por la ayuda de 90.151,81€ pagada el 2 de julio de 2003.

 

A la entidad Gestión Turística del Sur S.L. por la ayuda 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

A la entidad El Olivar de los Infantes S.L. lpor la ayuda 150.252 € pagada el 9 de marzo de 2003

 

A la entidad Refractarios y derivados S.L. por la ayuda de 150.253,03€ pagada el 5 de diciembre de 2001

 

A la entidad Producciones Barataria por la ayuda por importe de 210.354,24 € abonadas entre el 14 de abril y el 7 de julio de 2004.

 

De conformidad con lo expuesto.

 

PARTE DISPOSITIVA

          ACUERDO :

 

           DECLARAR PRESCRITOS los delitos de prevaricación y malversación imputados a:

 

 D. A.D.E., ayuda de 60.000€ pagada el 30 de julio de 2004

 

D. A.F.S., ayuda de 60.000€ a Coflosur, pagada el 18 de enero de 2005

 

D. J.R.E., ayuda de 300.000€ a empresa Eustaquio Reina S.A., pagada el 18 de enero de 2005

 

D.J.G.M., ayuda de 90.151,81€ pagada el 2 de julio de 2003.

 

D. J.B.A., ayuda empresa Gestión Turística del Sur S.L. de 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

 Doña M.R.R.B., ayuda empresa Gestión Turística del Sur S.L. de 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

Don M.S.F., ayuda empresa El Olivar de los Infantes S.L. de 150.252€ pagada el 9 de marzo de 2003

 

 Don J.Ll.H. ayuda empresa Refractarios y derivados S.L. de 150.253,03€ pagada el 5 de diciembre de 2001

 

 Doña B.P.M., exclusivamente por su participación en la ayuda concedida a a su empresa Producciones Barataria por importe de 210.354,24 € efectuándose los pagos entre el 14 de abril y el 7 de julio de 2004.

 

          DECLARAR EL SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO de las actuaciones penales respecto a:

 

D. L.G.G. por su participación en la ayuda concedida a S.C.A. VIRGEN DE BELÉN.- (Almazara de aceite sita en Las Navas de la Concepción)

 

D. J.M.P.G. por su intervención como presidente de "Asnadis" (Asociación Sierra Norte para la Atención del Disminuido Psíquico) en la tramitación y cobro de una subvención de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía por importe de 180.303,63

 

D. A.D.E., ayuda de 60.000€ pagada el 30 de julio de 2004

 

D. A.F.S., ayuda de 60.000€ a Coflosur, pagada el 18 de enero de 2005

 

D. J.R.E., ayuda de 300.000€ a empresa Eustaquio Reina S.A., pagada el 18 de enero de 2005

 

D. E.R.F. por defunción

 

D.J.G.M., ayuda de 90.151,81€ pagada el 2 de julio de 2003.

 

D. J.B.A., ayuda empresa Gestión Turística del Sur S.L. de 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

 Doña M.R.R.B., ayuda empresa Gestión Turística del Sur S.L. de 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

Don M.S.F., ayuda empresa El Olivar de los Infantes S.L. de 150.252€ pagada el 9 de marzo de 2003

 

 Don J.Ll.H. ayuda empresa Refractarios y derivados S.L. de 150.253,03€ pagada el 5 de diciembre de 2001

 

 Doña B.P.M., exclusivamente por su participación en la ayuda concedida a a su empresa Producciones Barataria por importe de 210.354,24 € efectuándose los pagos entre el 14 de abril y el 7 de julio de 2004.

 

 

 TRAER AL PROCESO como responsables civiles directos en su condición de partícipes a titulo lucrativo a :

 

La entidad S.C.A. VIRGEN DE BELÉN.- (Almazara de aceite sita en Las Navas de la Concepción) por una ayudad de 270.455,44 €, abonada el 27 de noviembre de 2003 y el 13 de enero de 2004.

 

 "Asnadis" (Asociación Sierra Norte para la Atención del Disminuido Psíquico) por el cobro de una subvención de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía por importe de 180.303,63

 

 D. A.D.E. por la cuantía de la ayuda de 60.000€ pagada el 30 de julio de 2004.

 

A la entidad Coflosur por la ayuda de 60.000€ pagada el 18 de enero de 2005

 

A la entidad Eustaquio Reina S.A. por la ayuda de 300.000€ pagada el 18 de enero de 2005

 

 A D. J.G.M., por la ayuda de 90.151,81€ pagada el 2 de julio de 2003.

 

 A la entidad Gestión Turística del Sur S.L. por la ayuda 390.657,44€ pagada el 18 de enero de 2005

 

A la entidad El Olivar de los Infantes S.L. lpor la ayuda 150.252€ pagada el 9 de marzo de 2003

 

A la entidad Refractarios y derivados S.L. por la ayuda de 150.253,03€ pagada el 5 de diciembre de 2001

 

A la entidad Producciones Barataria por la ayuda por importe de 210.354,24 € abonadas entre el 14 de abril y el 7 de julio de 2004.

 

Recibir declaración en calidad de testigo, a D. A.D.E., D. A.F.S., D. J.R.E., D. E.R.F., D.J.G.M., D. J.B.A., Doña M.R.R.B., Don M.S.F., Don J.Ll.H. , Doña B.P.M. a cuyo efecto se cítese para tomar declaración en las fechas que se indican:

 

TESTIGO

FECHA DECLARACIÓN

HORA

A.D.E.

JUEVES 5 DE MAYO DE 2016

11:30

A.F.S.

JUEVES 5 DE MAYO DE 2016

12:00

J.R.E.

MARTES 10 DE MAYO DE 2016

11:30

J.G. M.

JUEVES 12 DE MAYO DE 2016

11:30

J.B.Á.

JUEVES 12 DE MAYO DE 2016

12:00

Mª R.R.B.

MARTES 17 DE MAYO DE 2016

11:30

M.S.F.

MARTES 17 DE MAYO DE 2016

12:00

J.L.H.

MARTES 24 DE MAYO DE 2016

10:00

B.P.M.

MARTES 24 DE MAYO DE 2016

10:30

 

 

          Instrúyase del contenido del art. 118 de la L.E.Crim. a las personas que se relacionan a continuación, llamándolos al procedimiento en calidad de investigados, pudiendo personarse en las actuaciones mediante Abogado y Procurador, dándoles traslado de lo actuado cuando así lo verifiquen. Se citará a los mismos de comparecencia ante este Juzgado para recibirles declaración en las fechas que se indican:

 

V.G.V. como receptora de pagos por importe de 60.000 hechos a modo de ayuda directa a empresa en fecha 12 de diciembre de 2006 y 23 de enero de 2007 por Estudios Jurídicos Villasís.

 

L.C.L. (folio 52004) y B.P.C. (folio 52009) por su participación en la obtención de ayudas a la empresa Venero de Móstoles S:L: por importe de 430.000 y 139.500€ cuyo último pago fue el 2 de noviembre de 2004

 

R.B.M. (folio 92407) en relación a su participación en la obtención de ayudas para las empresas Cortansa, corchos de Cazalla, Servicios y mantenimientos de Cazalla de la Sierra y Enoword.

 

 S.M.M.B. (folio 92409) en relación a su participación en la obtención de ayudas para las empresas Cortansa, corchos de Cazalla, Servicios y mantenimientos de Cazalla de la Sierra y Enoword.

 

F.P.M.O.A. (folio 92412) en relación a su participación en la obtención de ayudas para las empresas Cortansa, corchos de Cazalla, Servicios y mantenimientos de Cazalla de la Sierra y Enoword.

 

INVESTIGADO/A

FECHA DECLARACIÓN

HORA

 

VERONICA GALLOSO VILLALBA

( Estudios Jurídicos Villasís)

MARTES 24 DE MAYO DE 2016

11:00

L.C.L.

(Venero de Móstoles S.L.)

MARTES 24 DE MAYO DE 2016

11:30

B.P.C.

(Venero de Móstoles S.L.)

 MARTES 24 DE MAYO DE 2016

12:00

R.B. M.

( Cortansa, corchos de Cazalla, Servicios y mantenimientos de Cazalla de la Sierra y Enoword)

JUEVES 26 DE MAYO DE 2016

10:00

S.M. M.B.

(Cortansa, corchos de Cazalla, Servicios y mantenimientos de Cazalla de la Sierra y Enoword)

JUEVES 26 DE MAYO DE 2016

10:30

F.P.M.O.

(Cortansa, corchos de Cazalla, Servicios y mantenimientos de Cazalla de la Sierra y Enoword)

JUEVES 26 DE MAYO DE 2016

11:00

           

 

Para el supuesto que las personas a las que se acuerda citar, figuren en el presente procedimiento, personados en autos, la indicada citación, se efectuará a través de su correspondiente representación procesal.

 

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reforma en el término de tres días, o reforma y subsidiaria apelación en el plazo de 5 días, ante este mismo Juzgado, haciéndoles saber que las acusaciones populares deberán consignar el depósito legal para recurrir.

 

Así lo acuerda, manda y firma Dª MARIA NUÑEZ BOLAÑOS, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 6 DE SEVILLA y su partido.- Doy fe.

 

 

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.